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Lee el artículo siguiente:No te aseguro nada, porque hablo de memoria, pero creo que las muy graves y graves se comunicaban por escrito y las leves de forma oral. De todas formas, espera que nos ilumine un iluminado con mejor luz ahí[emoji23] [emoji23] [emoji23]
"Incurrirán en la misma responsabilidad que los autores de una falta los que induzcan a su comisión. Asimismo, incurrirán en falta de inferior grado los que encubrieran la comisión de una falta muy grave o grave, y los superiores que la toleren. Se entenderá por encubrimiento no dar cuenta al superior jerárquico competente, de forma inmediata, de los hechos constitutivos de falta muy grave o grave de los que se tenga conocimiento"
Si no dieras cuenta de una falta leve incurririas en una falta de inferior grado... Como no existe un grado inferior no chivarte de una falta leve no es falta, y por eso no se incluye en el régimen.




