• Acreditación Policías Alumnos

    Los usuarios que han resultado APTO ya pueden solicitar el alta como Policías Alumnos dentro del foro.

    No se empezarán a dar las altas hasta que el BOE no esté publicado, teniendo preferencia las Altas rápidas sobre el resto.

    SOLICITAR ACCESO COMO POLICÍA ALUMNO

Preguntas LEY ORGÁNICA 2/86 (tema 9)

{xen:phrase moderator}

Raulmateos_

Policía Alumno
Unido
13 Jun 2020
Mensajes
570
Felicitaciones
405
Puntos
4
Buenos días repasando la LO 2/1986 me surge una duda que me imagino que es algo casi imposible que caiga pero cuantos más datos se conozcan creo que mejor..
Mi duda es la siguiente , en la ley se indica que si los agentes tienen que cumplir una pena privativa de libertad lo harán en módulos distintos al resto de personas privadas de libertad , pero me entra la duda de si ello se da solo para actos cometidos en el desempeño de la labor policial o si también se aplica a cualquier otro delito que puedan cometer en su vida cotidiana por el hecho de ser agente de un cuerpo policial o no
Muchas gracias y perdonad la parrafada
 
{xen:phrase moderator}
Unido
29 Sep 2020
Mensajes
39
Felicitaciones
31
Puntos
1
Buenos días repasando la LO 2/1986 me surge una duda que me imagino que es algo casi imposible que caiga pero cuantos más datos se conozcan creo que mejor..
Mi duda es la siguiente , en la ley se indica que si los agentes tienen que cumplir una pena privativa de libertad lo harán en módulos distintos al resto de personas privadas de libertad , pero me entra la duda de si ello se da solo para actos cometidos en el desempeño de la labor policial o si también se aplica a cualquier otro delito que puedan cometer en su vida cotidiana por el hecho de ser agente de un cuerpo policial o no
Muchas gracias y perdonad la parrafada

Buenos días compi. Tengo entendido que por cualquier delito estarán en módulo distinto al de reos ordinarios.
 
{xen:phrase moderator}

Sirio_XXXV

Miembro Staff
POLICÍA
Unido
27 Mayo 2019
Mensajes
884
Felicitaciones
1.470
Puntos
3
Buenos días repasando la LO 2/1986 me surge una duda que me imagino que es algo casi imposible que caiga pero cuantos más datos se conozcan creo que mejor..
Mi duda es la siguiente , en la ley se indica que si los agentes tienen que cumplir una pena privativa de libertad lo harán en módulos distintos al resto de personas privadas de libertad , pero me entra la duda de si ello se da solo para actos cometidos en el desempeño de la labor policial o si también se aplica a cualquier otro delito que puedan cometer en su vida cotidiana por el hecho de ser agente de un cuerpo policial o no
Muchas gracias y perdonad la parrafada

Un F.I.E.S cuatro se asigna a cualquier miembro de las FFCCS e IIPP para proteger su integridad física, con independencia del delito cometido.
 
{xen:phrase moderator}

Raulmateos_

Policía Alumno
Unido
13 Jun 2020
Mensajes
570
Felicitaciones
405
Puntos
4
Buenas tardes , alguien sabría decirme con que periocidad se reune el consejo de politica de seguridad y cada cuanto lo hace la junta de seguridad ?? Muchas gracias
 
{xen:phrase moderator}
Unido
26 Oct 2016
Mensajes
579
Felicitaciones
323
Puntos
3
Cuando en la prestacion de un servicio policial , concurran simultaneamente FCSE y policia de la comunidad autonoma, la direccion del servicio correspondera:
A) Siempre a las del Estado
B) Al que designe el Delegado de gobierno
C) Siempre dependera del caracter de la actuacion

Me da como buena la C, pero no lo comprendo por que en el art.46 de la Ley Organica 2/1986 comenta lo siguiente:

En el resto de los casos, cuando en la prestación de un determinado servicio o en la realización de una actuación concreta concurran, simultáneamente, miembros o Unidades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de la Policía de la Comunidad Autónoma, serán los Mandos de los primeros los que asuman la dirección de la operación.

Entiendo que es una errata o que no estoy entendiendo bien la pregunta.

Gracias.
 
Superior