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Preguntas EXTRANJERÍA Y PROTECCIÓN INTERNACIONAL (Temas 10, 11 y 12)

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Alastair

POLICÍA
Unido
26 Jul 2012
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Más que dudas o preguntas, es ponernos ya en materia. Así que, por si sirve de ayuda mientras diversas academias y editoriales preparan estos temas, aquí os dejo una avance para quien quiera empezar ya a ver de qué va el asunto:
·Tema 10: Los primeros epígrafes vienen recogidos en el RD 240/2007 (y modificaciones posteriores), "sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo", la LO 4/2000 "sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social" y su desarrollo en el RD 557/2011 que aprueba la reforma posterior de la LO.
·Tema 11: es básicamente el Título III de la LO 4/2000.
·Tema 12: Ley 12/2009 "reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria"

Ale, pasadlo bien :p
 
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5 Dic 2015
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El Estatuto del ACNUR de 1950 dice que su mandato es de 3 años, en el 2003 la Asamblea General ONU lo extendió ¨hasta que se resuelva el problema de los refugiados¨.
Desde el 1 de enero de 2016 Filippo Grandi se convirtió en el 11º Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. Fue elegido por la Asamblea General de la ONU por un periodo de cinco años, hasta diciembre de 2020.
 
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23 Jun 2015
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Alguno sabe a qué se refiere el término: persona nacional no comunitaria.

"Las personas nacionales no comunitarias y las apátridas presentes en territorio español tienen derecho a solicitar protección internacional en España".
Tenía entendido que si alguien era español, lo era por ende comunitario (UE).
Gracias.
 
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zoricnp

POLICÍA
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23 Dic 2013
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Alguno sabe a qué se refiere el término: persona nacional no comunitaria.

"Las personas nacionales no comunitarias y las apátridas presentes en territorio español tienen derecho a solicitar protección internacional en España".
Tenía entendido que si alguien era español, lo era por ende comunitario (UE).
Gracias.
Supongo que se refiere a nacional de un país no comunitario pero si alguien lo tiene más claro que nos saque de dudas a los dos
 
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15 Jun 2016
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Temas muy repetitivos, no soy capaz de leer mas de 9 paginas seguidas [emoji24]


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
 
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23 Feb 2016
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Muy buenas, me han surgido un par de dudas respecto a la estancia (art. 30 LO 4/2000).

Primera cuestión: ¿La prórroga a la que hace refrerencia el art. 30.2 (para permanecer en España será preciso obtener o una prórroga de estancia), ¿es de otros 90 días?.

Segunda cuestión: En las estancias CON visado recogidas en el 30.3 se establece: (cuando la duración de éste sea inferior a tres meses, se podrá prorrogar la estancia, que en ningún caso podrá ser superior a tres meses, en un período de seis meses), mi duda aquí radica en que no sé si entender que en total como máximo las entradas con visado podrán durar 3 meses (ej: estar solo 1 mes y pedir una prórroga para estar 2 meses más (sin sobrepasar el límite de 3 meses)) o por el contrario que la duración total podrá ser de 6 meses al incluir la prórroga (ej: estar 3 meses y pedir una prórroga para poder estar 3 meses más, (dentro del período de 6 meses máximo que se exige)). Espero haberme explicado bien, desde luego que estos temas son algo tediosos...¡¡Gracias, un saludo!!
 
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1 Mayo 2013
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Muy buenas, me han surgido un par de dudas respecto a la estancia (art. 30 LO 4/2000).

Primera cuestión: ¿La prórroga a la que hace refrerencia el art. 30.2 (para permanecer en España será preciso obtener o una prórroga de estancia), ¿es de otros 90 días?.

Segunda cuestión: En las estancias CON visado recogidas en el 30.3 se establece: (cuando la duración de éste sea inferior a tres meses, se podrá prorrogar la estancia, que en ningún caso podrá ser superior a tres meses, en un período de seis meses), mi duda aquí radica en que no sé si entender que en total como máximo las entradas con visado podrán durar 3 meses (ej: estar solo 1 mes y pedir una prórroga para estar 2 meses más (sin sobrepasar el límite de 3 meses)) o por el contrario que la duración total podrá ser de 6 meses al incluir la prórroga (ej: estar 3 meses y pedir una prórroga para poder estar 3 meses más, (dentro del período de 6 meses máximo que se exige)). Espero haberme explicado bien, desde luego que estos temas son algo tediosos...¡¡Gracias, un saludo!!

Sí, la prórroga a la que hace referencia el artículo 30.2 es de otros 90 días. En las estancias con visado (artículo 30.3) pueden durar solo 3 meses en un período de 6 meses, es decir, en un período de 6 meses solo pueden durar 3 meses, así es como lo entiendo yo, el primer ejemplo que pones sería correcto (Ej: estar solo 1 mes y pedir una prórroga para estar 2 meses más sin sobrepasar el límite de 3 meses). Además por poner otro ejemplo, imagínate que has entrado con visado y agotas los 3 meses, te vas del país, y luego vuelves a entrar inmediatamente, tendrías que esperar otros 3 meses para volver al país. No sé si me he explicado bien.
 
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27 Abr 2016
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Hola, compañeros,

Una pregunta respecto al tema 10 y al RD 240/2007: la tarjeta familiar de ciudadano de la Unión, la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión y la tarjeta de residencia permanente para miembros de la familia que no tengan la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión, son cosas totalmente diferentes, ¿verdad? Se debe solicitar cada una en función de la duración de la estancia.
 
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1 Mayo 2013
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Hola, compañeros,

Una pregunta respecto al tema 10 y al RD 240/2007: la tarjeta familiar de ciudadano de la Unión, la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión y la tarjeta de residencia permanente para miembros de la familia que no tengan la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión, son cosas totalmente diferentes, ¿verdad? Se debe solicitar cada una en función de la duración de la estancia.

Son cosas diferentes, y se diferencian principalmente por el período de estancia, una se pide cuando la duración vaya a ser más de 3 meses, la cual tendrá una vigencia de 5 años y antes de que acabe esta, si se va a seguir residiendo en España, se tiene que pedir la permanente, es decir, la tarjeta permanente no la puedes pedir directamente porque para eso tienes que llevar un mínimo de 5 años en España.
 
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27 Abr 2016
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He tardado nada menos que 4 días en leerme (sí, sólo leerme) el tema 10 y tengo la impresión de que entre tipos de visados, de estancias, de permanencias, de autorizaciones, de excepciones, de duración de las mismas y demás parafernalia no me he enterado de absolutamente nada.

¿Algún consejo para no dar por imposible este tema? ¿Esquemas?, ¿releerlo 1000 veces?, ¿estudiarlo de memorieta?

¡Saludos!
 
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8 Ago 2015
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He tardado nada menos que 4 días en leerme (sí, sólo leerme) el tema 10 y tengo la impresión de que entre tipos de visados, de estancias, de permanencias, de autorizaciones, de excepciones, de duración de las mismas y demás parafernalia no me he enterado de absolutamente nada.

¿Algún consejo para no dar por imposible este tema? ¿Esquemas?, ¿releerlo 1000 veces?, ¿estudiarlo de memorieta?

¡Saludos!

Releerlo 1000 veces, pero sólo lo importante y de forma pausada.
 
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oskilla

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6 Sep 2014
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¿A quién corresponderá en aquellas CCAA que tengan atribuidas competencias en materia de autorización inicial de trabajo de extranjeros, la imposición de sanciones establecidas en la LO 4/2000 en los supuestos calificados como infracción leve del artículo 52.C?
A- Al Subdelegado del Gobierno o al Delegado del Gobierno en aquellas CCAA uniprovinciales
B- Al MIR
C- A la CCAA y se ejercerá por la autoridad que la misma determine.
 
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8 Ago 2015
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¿A quién corresponderá en aquellas CCAA que tengan atribuidas competencias en materia de autorización inicial de trabajo de extranjeros, la imposición de sanciones establecidas en la LO 4/2000 en los supuestos calificados como infracción leve del artículo 52.C?
A- Al Subdelegado del Gobierno o al Delegado del Gobierno en aquellas CCAA uniprovinciales
B- Al MIR
C- A la CCAA y se ejercerá por la autoridad que la misma determine.

C
 
Superior