bleiberxx dijo:Sí, estoy de acuerdo con vosotros.
Pero amí lo que me confunde en la pregunta es: y no resuelven ejecutarlo
Eso es lo que me hace dudar. Ya que la definición de conspiración finaliza diciendo que resuelven ejecutarlo...
aibo23 dijo:bleiberxx dijo:Sí, estoy de acuerdo con vosotros.
Pero amí lo que me confunde en la pregunta es: y no resuelven ejecutarlo
Eso es lo que me hace dudar. Ya que la definición de conspiración finaliza diciendo que resuelven ejecutarlo...
En el enunciado de tu pregunte no pone eso, pone y no lo efectúan
calebmds dijo:Sigue leyendo la ley.
Creo que no están obligado a denunciar si lo conocen porque lo representa,si conocen el hecho de otra persona a quién no representan están obligados a denunciar.bleiberxx dijo:La ley de enjuiciamiento criminal, perceptúa que no están obligados a denunciarel hecho del que tengan conocimiento por razón de su oficio o cargo, o bien por parentesco:
A..el abogado y procurador
B..los hijos naturales respecto del padre, en todo caso.
C..los hijos naturales respecto de la madre, en todo caso.
El corector me da la C pero creo que es la A por lo siguiente...
Artículo 261
Tampoco estarán obligados a denunciar:
1.º El cónyuge del delincuente.
2.º Los ascendientes y descendientes consanguíneos o afines del delincuente y sus colaterales consanguíneos o uterinos y afines hasta el segundo grado inclusive.
3.º Los hijos naturales respecto de la madre en todo caso, y respecto del padre cuando estuvieren reconocidos, así como la madre y el padre en iguales casos.
faltarían los abogados y procuradores; ministros de culto e impúberes...
Se me escapa algo?![]()
JMCNP dijo:Creo que no están obligado a denunciar si lo conocen porque lo representa,si conocen el hecho de otra persona a quién no representan están obligados a denunciar.bleiberxx dijo:La ley de enjuiciamiento criminal, perceptúa que no están obligados a denunciarel hecho del que tengan conocimiento por razón de su oficio o cargo, o bien por parentesco:
A..el abogado y procurador
B..los hijos naturales respecto del padre, en todo caso.
C..los hijos naturales respecto de la madre, en todo caso.
El corector me da la C pero creo que es la A por lo siguiente...
Artículo 261
Tampoco estarán obligados a denunciar:
1.º El cónyuge del delincuente.
2.º Los ascendientes y descendientes consanguíneos o afines del delincuente y sus colaterales consanguíneos o uterinos y afines hasta el segundo grado inclusive.
3.º Los hijos naturales respecto de la madre en todo caso, y respecto del padre cuando estuvieren reconocidos, así como la madre y el padre en iguales casos.
faltarían los abogados y procuradores; ministros de culto e impúberes...
Se me escapa algo?![]()

