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Preguntas DERECHO (temas 1, 15 y 16)

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19 Sep 2011
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Bruno, ese es el pase a disposición judicial o que quede en libertad, pero el Juez debe saber en las primeras 24 horas que hay un detenido, ¿sino cómo va a instar de oficio el Habeas Corpues por ejemplo?
 
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29 Abr 2010
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No es eximente en razón a causa de justificación:

A)Legítima defensa.

B)Estado de necesidad.

C)Miedo insuperable.


Me da como correcta la C, pero no entiendo el por que......
 
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1 Mar 2011
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fran1989 dijo:
No es eximente en razón a causa de justificación:

A)Legítima defensa.

B)Estado de necesidad.

C)Miedo insuperable.


Me da como correcta la C, pero no entiendo el por que......
 
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1 Mar 2011
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No se porqué no me ha salido el comentario, pero es por lo que dice Lunquer
 
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9 Sep 2011
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¿Al final alguien sabe cuál es la duracion máxima de la localización permanente?

Porque con lo de la responsabilidad personal subsidiaria pensaba que podía llegar hasta un año pero si solo se aplica en faltas sería un mes.
Aunque con la coletilla "En este caso, no regirá la limitación que en su duración establece el artículo 37.1 de este Código." da a entender que puede ser más de 6 meses.
No lo entiendo :?
 
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13 Nov 2010
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Como dice ito, si sale en el examen, a no ser que ponga algo extraño, cosa que dudo, son 6 meses. Es raro, raro, raro que se metan mas alla en ese aspecto.


Enviado desde mi GT-I9000 usando Tapatalk 2
 
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12 Nov 2011
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la pregunta del año pasado del menor detenido si hay que comunicar su detención al final era para los no residentes solamente o tanto para los residentes y los no residentes.
 
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3 Feb 2010
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La iniciación de la fase instructora en el proceso penal de menores se produce cuando el Ministerio Fiscal:
a) tiene conocimiento de una notitia criminis
b) tiene sospecha de la comisión de un delito o falta que cometa cualquier menor de 18 años
c) Las dos son correctas
 
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12 Nov 2011
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¿Cuándo es obligatorio comunicar la detención de un extranjero a la oficina consular de su país?
a) Cuando sea detenido un extranjero no residente en España
b) Cuando sea detenido un menor extranjero no residente en España
c) Cuando sea detenido un menor extranjero, residente o no en España

art17.1 de la ley del menor.

hay quienes defienden la b y otros la c.
 
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3 Feb 2010
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cabote dijo:
¿Cuándo es obligatorio comunicar la detención de un extranjero a la oficina consular de su país?
a) Cuando sea detenido un extranjero no residente en España
b) Cuando sea detenido un menor extranjero no residente en España
c) Cuando sea detenido un menor extranjero, residente o no en España

Gracias, es la b entonces no?
 
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12 Nov 2011
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monlalala dijo:
cabote dijo:
¿Cuándo es obligatorio comunicar la detención de un extranjero a la oficina consular de su país?
a) Cuando sea detenido un extranjero no residente en España
b) Cuando sea detenido un menor extranjero no residente en España
c) Cuando sea detenido un menor extranjero, residente o no en España

Gracias, es la b entonces no?

No lo tengo nada claro, la ley dice menor no residente o cuando así lo solicitara o su representante legal.
 
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3 Feb 2010
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cabote dijo:
monlalala dijo:
cabote dijo:
¿Cuándo es obligatorio comunicar la detención de un extranjero a la oficina consular de su país?
a) Cuando sea detenido un extranjero no residente en España
b) Cuando sea detenido un menor extranjero no residente en España
c) Cuando sea detenido un menor extranjero, residente o no en España

Gracias, es la b entonces no?

No lo tengo nada claro, la ley dice menor no residente o cuando así lo solicitara o su representante legal.

Entonces es la b, y sería la c también si lo solicitara su representante legal
 
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12 Nov 2011
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yo soy de los que pondría la c, porque poniendo la b estás descartando a los menores que lo solicitan por su propia cuenta o por medio de sus representantes.

Pero es una mierda enorme de pregunta, de hecho en mi academia cada profesor da una respuesta diferente. :mrgreen:
 
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29 Oct 2011
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LO 5/2000, artículo 17:

(...)

...Si el menor detenido fuera extranjero, el hecho de la detención se notificará a las correspondientes autoridades consulares cuando el menor tuviera su residencia habitual fuera de España o cuando así lo solicitaran el propio menor o sus representantes legales.


Es B.
 
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12 Abr 2012
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Acerca del Juzgado Central de Menores:
Limpiando apuntes y repasando leyes os pongo un dato que es interesante acerca del Juzgado Central de Menores.

Como todos sabemos su función es la de juzgar menores que hayan cometido delitos tipificados en los art 571-580 del CP (es decir Terrorismo).

Pero la L.O. 8/2012, de 27 de diciembre, de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia, por la que se modifica la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial («B.O.E.» 28 diciembre). Que entro en Vigencia el 29 diciembre 2012 nos trajo una sorpresa que a alguno se os puede haber pasado actualizar:

Modificó el art 2.4 de la 5/2000 añadiendo un segundo párrafo:
"Corresponderá igualmente al Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional la competencia para conocer de los delitos cometidos por menores en el extranjero cuando conforme al artículo 23 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y a los Tratados Internacionales corresponda su conocimiento a la jurisdicción española."

Así que ya sabéis, a actualizar los apuntes.

Por cierto, ni el temario de MAD, ni el de DECUMA, ni el de el foro tienen este detallito :wink:

http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/28/p ... -15648.pdf
Ver página 15 del PDF disposición adicional segunda.
 

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