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Preguntas DERECHO (temas 1, 15 y 16)

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2 Oct 2008
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Según un temario de gestión procesal y administrativa (administración de justicia), corresponde al TS la instrucción y el enjuiciamiento de las causas contra Magistrados del TSJ.
 
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5 Nov 2008
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xDavid dijo:
Según un temario de gestión procesal y administrativa (administración de justicia), corresponde al TS la instrucción y el enjuiciamiento de las causas contra Magistrados del TSJ.

Sí, ese es el punto nº3 de las competencias del TS. En total quedaría:

- Magistrados del TSJ
- Presidentes de los TSJ.

Todo esto corresponde al TS.

Y los jueces y miembros de los TSJ corresponde a los propios TSJ...
 
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2 Oct 2008
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G.E.O. dijo:
xDavid dijo:
Según un temario de gestión procesal y administrativa (administración de justicia), corresponde al TS la instrucción y el enjuiciamiento de las causas contra Magistrados del TSJ.

Sí, ese es el punto nº3 de las competencias del TS. En total quedaría:

- Magistrados del TSJ
- Presidentes de los TSJ.

Todo esto corresponde al TS.

Y los jueces y miembros de los TSJ corresponde a los propios TSJ...

Pudiéndome equivocar... creo que hay una pequeña confusión con lo de jueces y Magistrados. Creo que en el TSJ, TS, AP, AN... no hay jueces, sino Magistrados. Los jueces están en los Juzgados.

Lo de quien juzga a los miembros del TSJ, creo que simplemente se refiere a los Magistrados del TSJ.

Creo que la conclusión de todo, es lo último que has puesto: las causas contra el Presidente y los Magistrados del TSJ corresponde al TS.

Un saludo compañero.
 
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5 Nov 2008
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xDavid dijo:
G.E.O. dijo:
xDavid dijo:
Según un temario de gestión procesal y administrativa (administración de justicia), corresponde al TS la instrucción y el enjuiciamiento de las causas contra Magistrados del TSJ.

Sí, ese es el punto nº3 de las competencias del TS. En total quedaría:

- Magistrados del TSJ
- Presidentes de los TSJ.

Todo esto corresponde al TS.

Y los jueces y miembros de los TSJ corresponde a los propios TSJ...

Pudiéndome equivocar... creo que hay una pequeña confusión con lo de jueces y Magistrados. Creo que en el TSJ, TS, AP, AN... no hay jueces, sino Magistrados. Los jueces están en los Juzgados.

Lo de quien juzga a los miembros del TSJ, creo que simplemente se refiere a los Magistrados del TSJ.

Creo que la conclusión de todo, es lo último que has puesto: las causas contra el Presidente y los Magistrados del TSJ corresponde al TS.

Un saludo compañero.

Sí, eso sí lo pasé por alto, es verdad que sólo hay Magistrados, un lapsus jeje.

Peeeeeeeeeeeero, cito textualmente (competencias del TSJ):

- La instrucción y el fallo de las causas penales contra jueces, magistrados y miembros del Ministerio Fiscal por delitos o faltas cometidos en el ejercicio de su cargo en la comunidad autónoma, siempre que esta atribución no corresponda al Tribunal Supremo.

Con lo cual, ya tengo claro que: Todo lo que tenga que ver con el TSJ, le corresponde al TS. Y jueces y demás miembros ''por debajo del TSJ'' al propio TSJ. Jejejeje, mucho curro he tenido estos días y será de dormir poco jajajaj ;)
 
Alguien me dice donde encuentro la respuesta a esta pregunta,please..
El presidente de un Tribunal Superior de Justicia también lo es de la sala:
Edito,que ya he encontrado la respuesta..
De la 6/1985..
Artículo 72.

1. El Tribunal Superior de Justicia estará integrado por las siguientes Salas: de lo Civil y Penal, de lo Contencioso-Administratívo y de lo Social.

2. Se compondrá de un Presidente, que lo será también de su sala de lo Civil y Penal, y tendrá la consideración de Magistrado del Tribunal Supremo mientras desempeñe el cargo; de los Presidentes de Sala y de los Magistrados que determine la Ley para cada una de las Salas y, en su caso, de las secciones que puedan dentro de ellas crearse.
 
roadking dijo:
tati22 dijo:
Alguien me dice donde encuentro la respuesta a esta pregunta,please..
El presidente de un Tribunal Superior de Justicia también lo es de la sala:
A) De lo civil y penal
B) Contencioso-administrativo
C) Social

Yo diría que es la A, porque son las salas más importantes; te da esa como buena?

Vaya he acertado, jajaja; me sonaba de haberlo leido en alguna parte, pero a saber...venga Tati, que este año es el nuestro!!
 
Dr. Justice dijo:
G.O.E.S. PYC dijo:
de hecho esa pregunta creo que salio en nuestro examén...


Así es compañero.
Por eso la puse,es que en el examen se me quedo grabada en la cabeza,y en los temarios que tenía no salían,sale en la propia ley del poder judicial. :x
 
house dijo:
Pregunta que no tengo clara sobre Real Decreto-Ley.

Un Real Decreto-Ley que regule la aplicación y desarrollo de un derecho fundamental:
a) Debe ser convalidado por el congreso en plazo de 30 dias
b) no necesita convalidacion
c) es nulo de pleno derecho
d) ninguna es correcta

- Intente ponerlo en los post de dercho pero estan cerrados, por ello he habierto uno nuevo. Si el moderador lo ve conveniente que lo redireccione donde crea aportuno.
Dr. Justice dijo:
Con respecto a tu duda el propio art. 86 de la CE te responderá:

Artículo 86.

1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título Primero, al régimen de las Comunidades Autónomas, ni al derecho electoral general.

2. Los Decretos-Leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.

3. Durante el plazo establecido en el apartado anterior las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de Ley por el procedimiento de urgencia.
 
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19 Ene 2011
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tikotazo dijo:
house dijo:
Pregunta que no tengo clara sobre Real Decreto-Ley.

Un Real Decreto-Ley que regule la aplicación y desarrollo de un derecho fundamental:
a) Debe ser convalidado por el congreso en plazo de 30 dias
b) no necesita convalidacion
c) es nulo de pleno derecho
d) ninguna es correcta

- Intente ponerlo en los post de dercho pero estan cerrados, por ello he habierto uno nuevo. Si el moderador lo ve conveniente que lo redireccione donde crea aportuno.
Dr. Justice dijo:
Con respecto a tu duda el propio art. 86 de la CE te responderá:

Artículo 86.

1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título Primero, al régimen de las Comunidades Autónomas, ni al derecho electoral general.

2. Los Decretos-Leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.

3. Durante el plazo establecido en el apartado anterior las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de Ley por el procedimiento de urgencia.
Ok, como habla de los derecos humanos y estos se regulan por ley organica, di como buena la respuesta C (NULO DE PLENO DERECHO), pero el corrector da como buena la D.
 
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22 Mar 2010
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house dijo:
Pregunta que no tengo clara sobre Real Decreto-Ley.

Un Real Decreto-Ley que regule la aplicación y desarrollo de un derecho fundamental:
a) Debe ser convalidado por el congreso en plazo de 30 dias
b) no necesita convalidacion
c) es nulo de pleno derecho
d) ninguna es correcta

Como ya sabemos un Decreto-Ley no puede afectar a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título Primero por lo tanto no podrá ser convalidado por el Congreso ya que la propia CE lo impide así que las respuestas A) y B) quedan totalmente descartadas.

La respuesta C) qauedaría descartada también porque la nulidad de pleno derecho se puede declarar en los actos dictados en materia tributaria, así como de las resoluciones de los órganos económico-administrativos que hayan puesto fin a la vía administrativa o que no hayan sido recurridos en plazo, así que si se trata del desarrollo de un derecho fundamental no entraría en dichas opciones.

Por lo tanto la úncia que queda es la D) que sería la correcta.
 
En cuanto a las penas privativas de derechos del Codigo Penal..
La inhabilitación absoluta tendrá una duración máxima de 20 años,salvo excepciones
Y la inhabilitación especial?en mi temario pone 20 como máximo,pero en el código penal no pone ningún plazo máximo.
 
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2 Oct 2008
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tati22 dijo:
En cuanto a las penas privativas de derechos del Codigo Penal..
La inhabilitación absoluta tendrá una duración máxima de 20 años,salvo excepciones
Y la inhabilitación especial?en mi temario pone 20 como máximo,pero en el código penal no pone ningún plazo máximo.

Hola:

Está en el art. 40.1, CP.

Un saludo.
 
Superior