
CLAMP dijo:es decir, que abogados, procuradores y curas no tienen obligación de denunciar en virtud del secreto profesional.


portigoles dijo:Tengo una duda con el tema del abogado de oficio...
En caso de no acudir el abogado de oficio... el detenido tiene la obligación de declarar, o el autoridad judicial tienen que insistir cuantas veces sean acta que no acuda uno??

pezon85 dijo:portigoles dijo:Tengo una duda con el tema del abogado de oficio...
En caso de no acudir el abogado de oficio... el detenido tiene la obligación de declarar, o el autoridad judicial tienen que insistir cuantas veces sean acta que no acuda uno??
La autoridad le preguntara al detenido si desea seguir sin el abogado de oficio


eforrin dijo:Buenas compis haber si me podeis aclarar una pregunta
15-LA ALEVOSIA SE APRECIARÁ EN LOS DELITOS:
A) En todos los delitos contra el patrimonio
B) En algunos delitos contra la libertad sexual
C) Exclusivamente en los delitos contra las personas
D) Siempre que en la ejecución del hecho se empleen medios, modos o formas que tienda a asegurar el delito, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido
¿Cual seria la solucion yo creo que la D pero lo que no entiendo es que cuando me encuentro esta misma pregunta en los test por temas se me dice que la C y estoy en un lio :?
Esperando el 28 N que nervios :fumar: :fumar: :fumar:

portigoles dijo:Tengo una duda con el tema del abogado de oficio...
En caso de no acudir el abogado de oficio... el detenido tiene la obligación de declarar, o el autoridad judicial tienen que insistir cuantas veces sean acta que no acuda uno??


Existir una respuesta:cadicop dijo:Haber una duda:
La CE prevé la exoneración del deber de declarar respecto de:
a)Parientes del inculpado y este mismo
b)Amparados por secreto profesional
c)Las dos respuestas son correctas
Un saludo
FOX40 dijo:Existir una respuesta:cadicop dijo:Haber una duda:
La CE prevé la exoneración del deber de declarar respecto de:
a)Parientes del inculpado y este mismo
b)Amparados por secreto profesional
c)Las dos respuestas son correctas
Un saludo
C, las dos son correctas


Art. 24.2 CEAthenea dijo:En qué artículo de la CE viene recogido eso FOX40??
Porque que yo recuerde esto en la CE española no aparece, es decir, en la CE la única mención que hace es que la persona detenida no puede ser obligaga a declarar.
Luego el art. 520 de la LEC también recoge el derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable, y lo de los parientes o los amparados por secreto profesional también viene recogido en la LEC, pero en la Constitución no viene nada de esto, o yo por lo menos no lo recuerdo. Por lo tanto la pregunta estría mal formulada no?

cadicop dijo:Y otra dudilla que he estado haciendo un test perraco para mi...
¿Cuál de las siguientes es una forma de obtener la nacionalidad española de origen?
a)Por residencia
b)Por derivación (solución)
c)Solamente por filiación ius sanguinis o lugar de nacimiento ius solis.
¿Por derivación se puede tener la nacionalidad de origen? porque por adopción si que se que se puede pero ¿por derivación?
Saludos
Athenea dijo:En qué artículo de la CE viene recogido eso FOX40??
Porque que yo recuerde esto en la CE española no aparece, es decir, en la CE la única mención que hace es que la persona detenida no puede ser obligaga a declarar.
Luego el art. 520 de la LEC también recoge el derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable, y lo de los parientes o los amparados por secreto profesional también viene recogido en la LEC, pero en la Constitución no viene nada de esto, o yo por lo menos no lo recuerdo. Por lo tanto la pregunta estría mal formulada no?

En ese caso un médico no puede acogerse al secreto profesional. Solo cabe para los sacerdotes respecto al secreto de confesión (pero si quieren pueden declarar) y para los abogados respecto de los datos que conozcan con motivo de su actividad profesional.cadicop dijo:FOX40 dijo:Existir una respuesta:cadicop dijo:Haber una duda:
La CE prevé la exoneración del deber de declarar respecto de:
a)Parientes del inculpado y este mismo
b)Amparados por secreto profesional
c)Las dos respuestas son correctas
Un saludo
C, las dos son correctas
Entonces un médico ¿podría ampararse en el secreto profesional para no declarar sobre maltrato de violencia de género por ejemplo? Por cierto Fox esa era la que me marcaba.
Gracias

FOX40 dijo:Art. 24.2 CEAthenea dijo:En qué artículo de la CE viene recogido eso FOX40??
Porque que yo recuerde esto en la CE española no aparece, es decir, en la CE la única mención que hace es que la persona detenida no puede ser obligaga a declarar.
Luego el art. 520 de la LEC también recoge el derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable, y lo de los parientes o los amparados por secreto profesional también viene recogido en la LEC, pero en la Constitución no viene nada de esto, o yo por lo menos no lo recuerdo. Por lo tanto la pregunta estría mal formulada no?