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Preguntas CONSTITUCIÓN (temas 2 y 3)

Re: PREGUNTAS CONSTITUCIÓN I Y II (Temas 2 y 3)

¿Y qué tiene que ver la AGE con el Régimen Electoral General? Si acaso con las Cortes Generales.

Tú mismo si quieres apuntarlo... no te olvides también que "los Decretos de convocatoria señalan la fecha de las elecciones que habrán de celebrarse el día quincuagésimo cuarto posterior a la convocatoria" tal cual... y ya de paso un vistazo a la Ley en general para apuntar otras tantas líneas de 10 palabras, que no suponen un esfuerzo extra, pero empiezas a poner una línea aquí y otra allá no acabas nunca.

Si nos empezamos a estudiar todo lo que tiene que ver con la AGE añadimos 40 temas más y nos presentamos el año que viene a administrativo.

Entrarán 15-20 preguntas fuera de contexto que por mucho que rebusques bajo de la alfombra del Congreso no las sabrá ni el tato, y siempre te pondrán alguna como la de Aristóteles y tampoco se va a poner uno a estudiar filosofía al año siguiente.

Meter y meter contenido fuera de lugar satura y contamina... ya has visto que contestaste la b) basándote en un artículo que no tiene nada que ver y ni te fijaste en lo que se estaba preguntando, simplemente por ver eso de los 25 días, pero bueno como ya me han echado la "bronca" por aconsejar a la gente ceñirse a la programación, alla cada uno.
 
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Re: PREGUNTAS CONSTITUCIÓN I Y II (Temas 2 y 3)

Javyh dijo:
Tú mismo si quieres apuntarlo... no te olvides también que "los Decretos de convocatoria señalan la fecha de las elecciones que habrán de celebrarse el día quincuagésimo cuarto posterior a la convocatoria" tal cual... y ya de paso un vistazo a la Ley en general para apuntar otras tantas líneas de 10 palabras, que no suponen un esfuerzo extra, pero empiezas a poner una línea aquí y otra allá no acabas nunca.
Tambien lo tengo apuntado, me ha salido alguna vez en algun test.
No hace falta echarle un vistazo a esa ley, son cosas que me salen en tests, las compruebo y las apunto, no obstante, me he leido bastantes leyes y he sacado conceptos que pueden salir y no tenemos en el temario, como por ejemplo el RD de Policia judicial o el RD de Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares :D


Javyh dijo:
Meter y meter contenido fuera de lugar satura y contamina...
Te saturará a ti, por mi parte repito, que anotar una linea en un margen del libro, ni me satura ni me contamina. Por cierto, estudio con la mitad de contenido que tiene el temario de MAD o el de ADAMS, no creo que pase de las 400 paginas.

Javyh dijo:
Si nos empezamos a estudiar todo lo que tiene que ver con la AGE añadimos 40 temas más y nos presentamos el año que viene a administrativo.
Igual que omito cosas que creo que no son necesarias, añado otras que considero conveniente, siempre en breves anotaciones.

Javyh dijo:
ya has visto que contestaste la b) basándote en un artículo que no tiene nada que ver y ni te fijaste en lo que se estaba preguntando, simplemente por ver eso de los 25 días, pero bueno como ya me han echado la "bronca" por aconsejar a la gente ceñirse a la programación, alla cada uno.

Aquí te has columpiado, yo no me he basado en ningún articulo, ha sido Tomas. Sabía perfectamente que eso venía en la Ley de Regimen Electoral General, porque así lo tengo anotado. :D
 
Re: PREGUNTAS CONSTITUCIÓN I Y II (Temas 2 y 3)

Uno. El Defensor del Pueblo será elegido por las Cortes Generales para un periodo de cinco años, y se dirigirá a las mismas a través de los Presidentes del Congreso y del Senado, respectivamente.

En la ley sólo pone cinco años, reelegibles será que se puede volver a presentar a la elección y volver a salir pero empezando el procedimiento desde el principio?

PD: pregunto porque siempre me lio.
 
Re: PREGUNTAS CONSTITUCIÓN I Y II (Temas 2 y 3)

Exacto, como dice Felipe no es lo mismo renovable que reelegible... da como buena la b), pero para mí es la a), ni en la Constitución, ni en la Ley Orgánica del Defensor del Pueblo ni en su Reglamento se dice que sean renovables... reelegible sí se sabe que se puede puesto que ya se ha dado el caso.
 
Re: PREGUNTAS CONSTITUCIÓN I Y II (Temas 2 y 3)

El Defensor del Pueblo cuando recibe una queja ciudadana por mal funcionamiento de la Administración de Justicia, ¿a quién debe dar cuenta?
a) Al Ministerio Fiscal.
b) Al Consejo General del Poder Judicial.
c) A las Cortes Generales.
 
Re: PREGUNTAS CONSTITUCIÓN I Y II (Temas 2 y 3)

Javyh dijo:
El Defensor del Pueblo cuando recibe una queja ciudadana por mal funcionamiento de la Administración de Justicia, ¿a quién debe dar cuenta?
a) Al Ministerio Fiscal.
b) Al Consejo General del Poder Judicial.
c) A las Cortes Generales.
A
 
Re: PREGUNTAS CONSTITUCIÓN I Y II (Temas 2 y 3)

Eso mismo puse yo pero da por buena la c), para mí podrían ser las tres dependiendo del caso y la pregunta debería ser más explícita, aun así creo que la más correcta sería la a) y la que menos la c), ya que a las Cortes Generales da cuenta de sus actuaciones sobre la actividad de la Administración (Poder ejecutivo) y no del funcionamiento de la Administración de Justicia (Poder judicial) del que dice que puede y no que debe hacer referencia al tema en su informe a las Cortes Generales.

Artículo 54 de la Constitución
Una Ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en el Título I de la Constitución, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales.

Artículo 13 de la Ley Orgánica del Defensor del Pueblo
Cuando el Defensor del Pueblo reciba quejas referidas al funcionamiento de la Administración de Justicia, deberá dirigirlas al Ministerio Fiscal para que éste investigue su realidad y adopte las medidas oportunas con arreglo a la Ley, o bien dé traslado de las mismas al Consejo General del Poder Judicial, según el tipo de reclamación de que se trate; todo ello sin perjuicio de la referencia que en su informe general a las Cortes Generales pueda hacer al tema.
 
Re: PREGUNTAS CONSTITUCIÓN I Y II (Temas 2 y 3)

Para ejercer el derecho de reunion recogido en el art.21 de nuestra CE, ¿se necesitara autorizacion previa?
a) no
b) no, siempre que sea pacifica y sin armas
C) si, cuando la reunion se realice en un lugar de transito publico se necesitara autorizacion previa de la autoridad gubernativa
 
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