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Preguntas CONSTITUCIÓN (temas 2 y 3)

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16 Jun 2015
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Buenas compañeros. Dejo una pregunta que, creo, está mal formulada, corregidme si me equivoco:

La CE se divide en una parte dogmática y otra orgánica, señale los Títulos que abarca cada una respectivamente:
a) La dogmática los Títulos Preliminar y Primero, la orgánica del Segundo al Décimo.
b) La dogmática el Título Preliminar, la orgánica todos los demás.
c) La dogmática los tres primeros, la orgánica del Cuarto al Décimo.

Ellos dan la "a" correcta, que es la que menos mal está, pero para mí están mal todas, porque el Título X no estaría encuadrado en ninguna parte, ¿no? Al igual que el Preámbulo. Creo que es así, pero a lo mejor estoy equivocado, ¿cómo lo veis?
 
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5 Dic 2015
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Parte dogmática: Título preliminar y Título primero
Parte órganica:todos los demás.
También es verdad que en algún sitio he visto que el Título X no entra pero en la inmensa mayoría es lo que he puesto antes, así que me quedo con ello.
 
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25 Nov 2015
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Parte dogmática: Título preliminar y Título primero
Parte órganica:todos los demás.
También es verdad que en algún sitio he visto que el Título X no entra pero en la inmensa mayoría es lo que he puesto antes, así que me quedo con ello.
En la universidad, en una asignatura solo de la Constitución dábamos eso mismo:
  • Parte Dogmática: Título Preliminar y Título I.
  • Parte Orgánica: Título II al X.
Así que la pregunta está bien y la respuesta también.;)
 
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1 Jun 2015
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Una cosilla, igual muy simple, pero bueno, no caigo. La inviolabilidad de los diputados y senadores por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones, ¿es indefinida o solo durante el periodo que dure su mandato? ¿Quizá sea que si no especifica, se entiende indefinida?:confused:

Artículo 71 Constitución española:

1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.

2. Durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.

ya queda poquito para el examen...:)
 
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14 Sep 2014
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Una cosilla, igual muy simple, pero bueno, no caigo. La inviolabilidad de los diputados y senadores por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones, ¿es indefinida o solo durante el periodo que dure su mandato? ¿Quizá sea que si no especifica, se entiende indefinida?:confused:

Artículo 71 Constitución española:

1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.

2. Durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.

ya queda poquito para el examen...:)
Las opiniones que hayan realizado durante su mandato, gozará de inviolabilidad permanente.

Una vez que ya no son Diputados, ya no gozan de dicha inviolabilidad, pero sí por aquellas manifestadas en su anterior cargo.
 
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17 Feb 2014
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Hola compañeros

En un test por bloques del testpolicia aparece la siguiente pregunta:

La exención de la aplicación del ordenamiento penal y procesal al rey tiene carácter...

a) absoluto
b) relativo
c) parcial
d) potestativo

¿Qué respuesta creéis que es la correcta argumentando brevemente el porqué?
 
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17 Feb 2014
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Yo pienso como tú, la exención es absoluta o tiene carácter absoluta o es total o el artificio que quieras poner que signifique lo mismo. Sin embargo, la respuesta que da como correcta es la d) potestativo; lo que puede hacerse o dejar de hacerse.

Para mí, no tiene sentido, me imagino que será la típica errata.

Un saludo.
 
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4 Jul 2014
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Pregunto, ¿puede que se refiere también al rey que hubiere abdicado? Esa situación al ser nueva, igual no lo ha especificado bien, yo también pienso como vosotros que debería ser la a, pero la única explicación para la d es la que comento anteriormente.
 
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6 Oct 2015
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Pregunto, ¿puede que se refiere también al rey que hubiere abdicado? Esa situación al ser nueva, igual no lo ha especificado bien, yo también pienso como vosotros que debería ser la a, pero la única explicación para la d es la que comento anteriormente.
Yo creo que si el Rey abdica ya no es rey, por lo que la pregunta de ser como dices estaría mal planteada, bajo mi entender.
 
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4 Jul 2014
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Sí, yo pienso también que está mal planteada, además es bastante ambigua.
 
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18 Jun 2012
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Hola compañeros

En un test por bloques del testpolicia aparece la siguiente pregunta:

La exención de la aplicación del ordenamiento penal y procesal al rey tiene carácter...

a) absoluto
b) relativo
c) parcial
d) potestativo

¿Qué respuesta creéis que es la correcta argumentando brevemente el porqué?

¿La inviolabilidad del rey en nuestra Constitución es la norma general en la norma suprema de toda monarquía?

Con esto me refiero; puede que la pregunta se refiera de manera general, y no particularmente a España.
 
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1 Jun 2015
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Hola compañeros

En un test por bloques del testpolicia aparece la siguiente pregunta:

La exención de la aplicación del ordenamiento penal y procesal al rey tiene carácter...

a) absoluto
b) relativo
c) parcial
d) potestativo

¿Qué respuesta creéis que es la correcta argumentando brevemente el porqué?
Aquí, creo que lo deja bien claro, inviolabilidad e irresponsabilidad del rey. Es la sinopsis de la Constitución que hay en la web del Congreso de los Diputados.

"Inviolabilidad, irresponsabilidad y refrendo


Como es bien sabido, la inexistencia de responsabilidad política del Jefe del Estado es una característica común de todos los regímenes políticos contemporáneos, ya sean Monarquías, ya Repúblicas. En el caso de los regímenes monárquicos, la falta de responsabilidad es absoluta, llegando a extenderse a los ámbitos civil y penal.

Siguiendo esta tradición, todas las Constituciones monárquicas tanto españolas como europeas (con alguna levísima excepción en la Constitución noruega) establecen, en unos u otros términos, la regla de la absoluta irresponsabilidad regia, fiel reflejo del viejo aforismo británico "the king can do not wrong" (el Rey no puede hacer mal) .

En esta línea, la nuestra de 1978 dispone en su artículo 56.3 que "La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el articulo 65.2".

La primera reflexión que nos suscita el precepto referido es el significado de la inviolabilidad del Rey y si es o no lo mismo -tal y como parece de la dicción constitucional- la inviolabilidad que la ausencia de responsabilidad.

La generalidad de la doctrina utiliza, en efecto, ambos términos como sinónimos, aunque, como ha subrayado P. Biglino Campos, la inviolabilidad tiene un significado más amplio que el de la irresponsabilidad, con el que se pretende subrayar la alta dignidad que corresponde al Monarca como Jefe del Estado. Como tal, se proyecta en otras normas, de carácter penal o internacional, que atribuyen una especial protección a la persona del Rey. A lo que se añade un status especial de inmunidad en virtud del cual el Rey se sitúa por encima del debate político y al margen de los Tribunales de Justicia.

En este sentido, ambos términos significan que no se puede perseguir criminalmente al Monarca y que, en cuanto se refiere a la responsabilidad civil, no se le puede demandar ante la jurisdicción ordinaria; no se da, en cambio, la imposibilidad de someter a juicio a la Familia Real.

La irresponsabilidad del Rey, en el aspecto penal, fue uno de los aspectos criticados en el iter parlamentario del artículo 56 de la Constitución, llegándose incluso a plantear, por algún sector, la hipótesis del Rey asesino o violador. A nuestro juicio, acierta O. Alzaga cuando afirma que el texto constitucional es correcto y que si el Rey delinquiese, "nos encontraríamos ante el desprestigio y, por ende, ante el ocaso de la institución monárquica".

Por otro lado, la irresponsabilidad del Rey también significa que se exonera al Monarca de toda responsabilidad, no ya jurídica, sino política, por los actos que como tal Rey lleva a cabo. El Rey es irresponsable de sus actos porque nunca puede actuar solo ("the king cannot act alone", decían los británicos) y, en su lugar, responden quienes, mediante el refrendo en sus diversas formas, asumiendo los actos regios, los posibilitan.

Así entendidos los términos de inviolabilidad e irresponsabilidad, la primera protege la conducta del Rey como persona; la segunda, sus actos como institución del Estado".
 
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17 Feb 2014
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En vista a las argumentaciones que habéis dado y de la sinopsis que se hace de este tema desde el Congreso, parece claro que: "La exención de la aplicación del ordenamiento penal y procesal al rey tiene carácter...absoluto", como lógicamente no podía ser de otra manera.

Gracias por vuestros comentarios.
 
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9 Jul 2013
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Artículo 55 bis L.O.P.J. :Además de las competencias atribuidas a las Salas de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Supremo en los artículos 56 y 57, dichas Salas conocerán de la tramitación y enjuiciamiento de las acciones civiles y penales, respectivamente, dirigidas contra la Reina consorte o el consorte de la Reina, la Princesa o Príncipe de Asturias y su consorte, así como contra el Rey o Reina que hubiere abdicado y su consorte.
Por lo tanto, si el Rey abdica, es responsable de los actos que cometa a partir de la abdicación.
 
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16 Jun 2015
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¿Puede el Gobierno declarar el Estado de Emergencia?

a) El Estado de Emergencia se encuentra contemplado por la Constitución y habilita al Gobierno para enfrentarse a situaciones de crisis, por medio de determinadas legislaciones.
b) No, solo puede declarar el estado de alarma y de excepción.
c) No, no lo contempla la Constitución.
 
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12 Mayo 2015
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¿Puede el Gobierno declarar el Estado de Emergencia?

a) El Estado de Emergencia se encuentra contemplado por la Constitución y habilita al Gobierno para enfrentarse a situaciones de crisis, por medio de determinadas legislaciones.
b) No, solo puede declarar el estado de alarma y de excepción.
c) No, no lo contempla la Constitución.

Yo diría la C, pues no hay un Estado de Emergencia en sí. Hay tres tipos de estados de emergencia y cada uno se declara de una forma. No sé si estaré en los cierto con respecto a la respuesta de la pregunta jajaja.
Saludos.
 
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15 Jun 2015
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Yo diría la C, pues no hay un Estado de Emergencia en sí. Hay tres tipos de estados de emergencia y cada uno se declara de una forma. No sé si estaré en los cierto con respecto a la respuesta de la pregunta jajaja.
Saludos.
Pienso igual que chicapol, el estado de emergencia como sí mismo no existe
 
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