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Preguntas ARMAS (tema 35)

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11 Nov 2008
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Una duda que me ha surgido:
Las armas antiguas a las que se refiere la categoría 6.1 del reglamento de armas,se refiere a las de guerra no?
porque en el 6.2 también hace mención a armas antiguas,ya que en dicho apartado,aunque no mencione arma antigua es la definición de "arma antigua"
Estaría la diferencia en que en el punto uno se refiere a armas de fuego antiguas de guerra?¿y en el punto dos a las armas de fuego antiguas civiles,por llamarlas de algún modo?

Lo mismo pasaría con el punto tres referente a las históricas no?En el punto uno:de históricas de guerra y en el tres todas las históricas restantes.A ver si estiba ahí sus diferencias
 
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14 Dic 2011
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blanka_ig dijo:
Una duda que me ha surgido:
Las armas antiguas a las que se refiere la categoría 6.1 del reglamento de armas,se refiere a las de guerra no?
porque en el 6.2 también hace mención a armas antiguas,ya que en dicho apartado,aunque no mencione arma antigua es la definición de "arma antigua"
Estaría la diferencia en que en el punto uno se refiere a armas de fuego antiguas de guerra?¿y en el punto dos a las armas de fuego antiguas civiles,por llamarlas de algún modo?

Lo mismo pasaría con el punto tres referente a las históricas no?En el punto uno:de históricas de guerra y en el tres todas las históricas restantes.A ver si estiba ahí sus diferencias

Yo entiendo más bien que la 6.1 hace referencia a las armas (antiguas e históricas) conservadas en museos autorizados por el Ministerio de Defensa o de Interior, según del que dependan dichas armas.

La 6.2 hace referencia a las armas antiguas en general, con las excepciones que indica el reglamento.

La 6.3 armas de caracter histórico o artístico que no se engloben en los 2 puntos anteriores.

Así lo entiendo yo vamos...
 
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11 Nov 2008
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Gracias Angel,me quedaré con eso que comentas :wink: .Para qué interiorizar más
Alguien sabe algo de las armas ludicodeportivas?
Dónde se encuadran?(tarjeta de armas,4ªcategoría,etc.)
 
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22 Feb 2012
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Re: Re: Preguntas ARMAS (tema 28)

blanka_ig dijo:
Gracias Angel,me quedaré con eso que comentas :wink: .Para qué interiorizar más
Alguien sabe algo de las armas ludicodeportivas?
Dónde se encuadran?(tarjeta de armas,4ªcategoría,etc.)
Las automáticas de paintball o airsoft 4.1 y el resto 4.2
Tarjeta A y B respectivamente.

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11 Nov 2008
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Re: Re: Preguntas ARMAS (tema 28)

sergiomuñoz dijo:
blanka_ig dijo:
Gracias Angel,me quedaré con eso que comentas :wink: .Para qué interiorizar más
Alguien sabe algo de las armas ludicodeportivas?
Dónde se encuadran?(tarjeta de armas,4ªcategoría,etc.)
Las automáticas de paintball o airsoft 4.1 y el resto 4.2
Tarjeta A y B respectivamente.

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Gracias Sergio,sabía algo de ellas,pero en el reglamento de armas y su modificación no he encontrado nada al respecto.Gracias!!
 
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17 Mayo 2010
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morató dijo:
Duda absurda que me ha surgido.
En la 6 categoría,el año es 1870 ó 1890,referente a la antigüedad.

La reforma del reglamento 976/2011 ha cambiado la fecha por la que se regulaban las armas amparadas con la licencia AE del 1 de enero de 1870 al 1 de enero de 1890, a partir de ahora se podrá guiar con la AE algunos modelos que no son necesariamente de avancarga sino de cartucho metálico y que fueron diseñados en esa época
 
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gonzalo_ct

XXXI
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13 Abr 2011
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aibo23 dijo:
La presidencia, secretariado y elaboración de documentación de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos queda adscrita a la Dirección General de la Guardia Civil. Transitoriamente, hasta tanto se modifique la Orden PRE/631/2002, de 15 de marzo, continuará adscrita a la Secretaría General Técnica. ( YA MODIFICADO)

Hay una Intervención CENTRAL de armas y explosivos en Madrid pero hay muchas otras Intervenciones de Armas en las distintas comunidades Autónomas, incluso en el aeropuerto


Cuando dices lo de "(YA MODIFICADO)" es que ha vuelto a quedar adscrita a la Dirección Gral. de la Guardia Civil ?? es que no encuentro ningún sitio donde diga que se ha vuelto a adscribir a la DGGC

Gracías !
 
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11 Nov 2008
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Referente a las armas de las categorías 2.2 y 3.2,semiautomáticas.¿Qué capacidad de carga debe superar para que no pueda ser utilizada por un particular?¿tres o cinco cartuchos?
 
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21 Oct 2012
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Capacidad de carga cinco cartuchos, incluido el de la recámara.
Para cazería queda limitado a tres.
Imagina un cazador con una escopeta de más capacidad tirando a las perdices...chungo
 
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14 Dic 2011
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blanka_ig dijo:
Referente a las armas de las categorías 2.2 y 3.2,semiautomáticas.¿Qué capacidad de carga debe superar para que no pueda ser utilizada por un particular?¿tres o cinco cartuchos?

Son 5, pero vamos, que no cuesta nada echarle un vistacito al reglamento para salir de dudas (Art. 5).
 
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11 Nov 2008
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aNGel7 dijo:
blanka_ig dijo:
Referente a las armas de las categorías 2.2 y 3.2,semiautomáticas.¿Qué capacidad de carga debe superar para que no pueda ser utilizada por un particular?¿tres o cinco cartuchos?

Son 5, pero vamos, que no cuesta nada echarle un vistacito al reglamento para salir de dudas (Art. 5).
Y Crees que no se lo he echado? Tengo abierto el reglamento y las modificaciones
Decuma actualizado tiene que son tres cartuchos a secas,de ahí mi duda
Gracias pelucatos!!
 
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21 Oct 2012
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Berdan: dos oídos, yunque en la vaina.
Boxer: un oído, yunque en la cápsula iniciadora.
 
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26 Sep 2013
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Re: Re: Preguntas ARMAS (tema 28)

blanka_ig dijo:
aNGel7 dijo:
blanka_ig dijo:
Referente a las armas de las categorías 2.2 y 3.2,semiautomáticas.¿Qué capacidad de carga debe superar para que no pueda ser utilizada por un particular?¿tres o cinco cartuchos?

Son 5, pero vamos, que no cuesta nada echarle un vistacito al reglamento para salir de dudas (Art. 5).
Y Crees que no se lo he echado? Tengo abierto el reglamento y las modificaciones
Decuma actualizado tiene que son tres cartuchos a secas,de ahí mi duda
Gracias pelucatos!!

Viene mal en el temario de decuma, yo lo corregí mirándolo en el reglamento que pone que son 5.

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