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24 Mayo 2016
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Buenas noches.

Sobre la corrección del test yo veo impugnables dos preguntas que son la 7 y la 58 de la plantilla publicada.

La número 7:
7. En relación con los sistemas recogidos en la Constitución española para acceder a la
autonomía, es cierto que:
a) El sistema general recogido en el artículo 143 de la Constitución española y Disposición
Transitoria Primera (vía lenta) por el que accedieron todas las Comunidades Autónomas,
excepto aquellas con características históricas, culturales y económicas a su
autogobierno como fue el caso del País Vasco, Cataluña y Galicia.
b) En el sistema especial no es necesario referéndum en aquellos territorios que contaran
con regímenes provisionales de Autonomía. X
c) La Constitución española recoge tres sistemas: el sistema general (vía lenta), el sistema
especial y el sistema especial con referéndum.

Considero que la correcta es la c) y no la b). Se pueden distinguir 3 tipos de CCAA según las vías de acceso que tuvieron y el nivel competencial que obtuvieron en un inicio:
- Las de vía rápida o especial del art 151 CE que en virtud de la DT 2 de la CE se aplicó a las CCAA que gozaron de autonomía previamente, éstas fueron Cataluña, País Vasco y Galicia.
-Las de vía rápida o especial del art 151 a la que podían optar cualquier región siempre que cumplieran uno requisitos reforzados en la iniciativa autonómica entre los que está celebrar un referéndum de incitativa en cada una de las provincias. Este fue el caso de Andalucía.
-Por último están las de la vía ordinaria o lenta que fueron el resto de CCAA que ejercieron su derecho ala autonomía en virtud de los requisitos del art 143 CE.

De ello se deriva que la respuesta c) es correcta. Además la b) que dan como correcta no lo es porque el hecho de que cualquier región disfrutara de un régimen de preatunomía no influye en nada a la necesidad de realizar o no un referéndum para ejercer la iniciativa autonómica.


Respecto a la pregunta 58:

58. El Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes del Comité Contra la Tortura estará compuesto por diez miembros. Una vez que
se haya registrado la quincuagésima ratificación del Protocolo o adhesión a él:
a) El número de miembros del Subcomité para la Prevención aumentará a veinticinco.
b) Los miembros del Subcomité para la Prevención serán elegidos entre personas de gran
integridad moral y reconocida competencia en la administración de justicia.
c) a) y b) son ciertas, y además, en el Subcomité para la Prevención no podrá haber dos
miembros de la misma nacionalidad. X

Dan por correcta la respuesta c) y considero que no lo es no por su contenido, ya que efectivamente lo que dicen las tres opciones es cierto, sino por el sentido de la pregunta. La pregunta dice qué es lo que ocurre una vez producida la quincuagésima ratificación del protocolo, y una vez producida esa quincuagésima ratificación sólo ocurre lo que pone la opción a) ya que lo que pone en las opciones b) y c) ocurre independientemente de que haya quincuagésima ratificación o no y lo que se pregunta es qué ocurre "Una vez que se haya registrado la quincaugesma ratificación del protocolo o su adhesión a él".
Discrepo contigo en la primera pregunta.
Hay 3 vías es cierto, pero no se llaman así, no se llaman "sistema especial" y "especial sin referéndum".
Las dos son una sola vía, la especial, y como afirman en la opción de respuesta b, los que prebiscitaron Estatuto de autonomía que no necesitaban realizar referéndum, pero las dos son vía especial.
La tercera vía y ahí está tu error es la excepcional, caso por ejemplo del artículo 144 CE que siguió Madrid.

La segunda pregunta la dejé en blanco al igual que otros compañeros al considerarla de dudosa redacción. Y sí coincido contigo en que es recurrible.
 
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9 Ene 2016
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Buenas noches.

Sobre la corrección del test yo veo impugnables dos preguntas que son la 7 y la 58 de la plantilla publicada.

La número 7:
7. En relación con los sistemas recogidos en la Constitución española para acceder a la
autonomía, es cierto que:
a) El sistema general recogido en el artículo 143 de la Constitución española y Disposición
Transitoria Primera (vía lenta) por el que accedieron todas las Comunidades Autónomas,
excepto aquellas con características históricas, culturales y económicas a su
autogobierno como fue el caso del País Vasco, Cataluña y Galicia.
b) En el sistema especial no es necesario referéndum en aquellos territorios que contaran
con regímenes provisionales de Autonomía. X
c) La Constitución española recoge tres sistemas: el sistema general (vía lenta), el sistema
especial y el sistema especial con referéndum.

Considero que la correcta es la c) y no la b). Se pueden distinguir 3 tipos de CCAA según las vías de acceso que tuvieron y el nivel competencial que obtuvieron en un inicio:
- Las de vía rápida o especial del art 151 CE que en virtud de la DT 2 de la CE se aplicó a las CCAA que gozaron de autonomía previamente, éstas fueron Cataluña, País Vasco y Galicia.
-Las de vía rápida o especial del art 151 a la que podían optar cualquier región siempre que cumplieran uno requisitos reforzados en la iniciativa autonómica entre los que está celebrar un referéndum de incitativa en cada una de las provincias. Este fue el caso de Andalucía.
-Por último están las de la vía ordinaria o lenta que fueron el resto de CCAA que ejercieron su derecho ala autonomía en virtud de los requisitos del art 143 CE.

De ello se deriva que la respuesta c) es correcta. Además la b) que dan como correcta no lo es porque el hecho de que cualquier región disfrutara de un régimen de preatunomía no influye en nada a la necesidad de realizar o no un referéndum para ejercer la iniciativa autonómica.


Respecto a la pregunta 58:

58. El Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes del Comité Contra la Tortura estará compuesto por diez miembros. Una vez que
se haya registrado la quincuagésima ratificación del Protocolo o adhesión a él:
a) El número de miembros del Subcomité para la Prevención aumentará a veinticinco.
b) Los miembros del Subcomité para la Prevención serán elegidos entre personas de gran
integridad moral y reconocida competencia en la administración de justicia.
c) a) y b) son ciertas, y además, en el Subcomité para la Prevención no podrá haber dos
miembros de la misma nacionalidad. X

Dan por correcta la respuesta c) y considero que no lo es no por su contenido, ya que efectivamente lo que dicen las tres opciones es cierto, sino por el sentido de la pregunta. La pregunta dice qué es lo que ocurre una vez producida la quincuagésima ratificación del protocolo, y una vez producida esa quincuagésima ratificación sólo ocurre lo que pone la opción a) ya que lo que pone en las opciones b) y c) ocurre independientemente de que haya quincuagésima ratificación o no y lo que se pregunta es qué ocurre "Una vez que se haya registrado la quincaugesma ratificación del protocolo o su adhesión a él".
Por no enrollarme mucho con la primera, que sí está bien corregida, te paso el enlace donde analizan el artículo. Existen como bien escribes dos procesos para acceder a la autonomía: El ordinario del art. 143, y el especial del art. 151. Dentro de este último encontramos el caso de Andalucía, en la cual si hubo que realizar referéndum por no existir previamente regímenes provisionales de autonomía. Sin más: http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=151&tipo=2

En la pregunta 58, es verdad que lo correspondiente a las respuestas B) y C) no son consecuencias acordadas en la 50ª ratificación del Protocolo, pero no te están preguntando eso directamente. Te pregunta por qué es lo que queda una vez que se registre dicha ratificación, y ahí sí que entran las condiciones de ambas respuestas, por lo que la respuesta C) es la más completa de las tres y, por tanto, la correcta.

Pd: Es para intentar aclarar, hay algunas preguntas que sí deberían de impugnarse porque inducen a error del opositor, pero estas dos no creo que tengan problemas de redacción o comprensión (Quitando los nervios del momento y la falta de tiempo en el examen, que es comprensible)
 
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30 Nov 2015
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Discrepo, sobre la pregunta 7: En Andalucía hubo que realizar el referéndum de incitativa porque no es una autonomía de la de la DT 2 CE (que se refiere a las CCAA autónomas que refrendaron estatuto de autonomía durante la II Repúblcia, Cataluña, Euskadi y Galicia, llamadas por eso actualmente "históricas"), no porque no tuviera régimen provisional de autonomía, que sí lo tuvo: La Junta Preautonómica de Andalucía que fue el organismo administrativo de Andalucía entre 1978 y 1982 que fue cuando se constituyó en Comunidad Autónoma.

Y sobre la 58 que la pregunta se refiera a "qué es lo que queda una vez se registra la 50ª ratificiación" como comentas es una interpretación tuya, tan defendible como la mía porque lo que dice literalmente es " 58. El Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes del Comité Contra la Tortura estará compuesto por diez miembros. Una vez que se haya registrado la quincuagésima ratificación del Protocolo o adhesión a él:". Ese "Una vez que se haya registrado la quincuagésima ratificación del Protocolo o adhesión a él" se pude interpretar como dices tú o como digo yo, y por esa razón la deje en blanco porque no sabía qué contestar, razón de más para ser pregunta impugnable.
 
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9 Ene 2016
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Discrepo, sobre la pregunta 7: En Andalucía hubo que realizar el referéndum de incitativa porque no es una autonomía de la de la DT 2 CE (que se refiere a las CCAA autónomas que refrendaron estatuto de autonomía durante la II Repúblcia, Cataluña, Euskadi y Galicia, llamadas por eso actualmente "históricas"), no porque no tuviera régimen provisional de autonomía, que sí lo tuvo: La Junta Preautonómica de Andalucía que fue el organismo administrativo de Andalucía entre 1978 y 1982 que fue cuando se constituyó en Comunidad Autónoma.

Y sobre la 58 que la pregunta se refiera a "qué es lo que queda una vez se registra la 50ª ratificiación" como comentas es una interpretación tuya, tan defendible como la mía porque lo que dice literalmente es " 58. El Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes del Comité Contra la Tortura estará compuesto por diez miembros. Una vez que se haya registrado la quincuagésima ratificación del Protocolo o adhesión a él:". Ese "Una vez que se haya registrado la quincuagésima ratificación del Protocolo o adhesión a él" se pude interpretar como dices tú o como digo yo, y por esa razón la deje en blanco porque no sabía qué contestar, razón de más para ser pregunta impugnable.
A ver, pero la Junta Preautonómica es un órgano administrativo para gestionar el acceso a la autonomía, que se realizó a su vez accediendo a más competencias desde primera hora que en el resto de CCAA. El Estatuto es del 1981 y la Junta preautonómica no decidió cómo iba a acceder a la autonomía hasta el 79, es decir, que la DT 2 no se aplica porque no existía esta regulación legislativa, sólo administrativa y con bastantes problemas (Querían formar Andalucía Oriental y Occidental separadas...). De lo que sí estoy seguro es de que los métodos de acceso son esos dos.

Para la 58 tú mismo, pero si como tú dices las dos interpretaciones son válidas no creo que sea un motivo de impugnación. Se impugna algo que tenga errores o esté mal directamente. Los que defienden un error así te van a decir que es lo que les sonaba o directamente no pueden explicarlo, que es muy típico.
 
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30 Nov 2015
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La argumentación de que está mal contestada la pregunta 7 es mucho más sencilla de la que he hecho anteriormente. Analicemos todo paso a paso.
1º ¿ Cuál es la pregunta?
7. En relación con los sistemas recogidos en la Constitución española para acceder a la
autonomía, es cierto que:

2º ¿Cuál es la respuesta que dan por cierta?
b) En el sistema especial no es necesario referéndum en aquellos territorios que contaran
con regímenes provisionales de Autonomía. X

3º Analicemos si esta respuesta es cierta o no, para ello iremos donde se encuentra regulado que es la DT 2ª CE.
DT 2ª CE: "Los territorios que en el pasado hubiesen plebiscitado afirmativamente proyectos de Estatuto de autonomía y cuenten, al tiempo de promulgarse esta Constitución, con regímenes provisionales de autonomía podrán proceder inmediatamente en la forma que se prevé en el apartado 2 del artículo 148, cuando así lo acordaren, por mayoría absoluta, sus órganos preautonómicos colegiados superiores, comunicándolo al Gobierno. El proyecto de Estatuto será elaborado de acuerdo con lo establecido en el artículo 151, número 2, a convocatoria del órgano colegiado preautonómico.".
4º ¿Qué exige la DT 2ª para poder acceder a la autonomía por el sistema especial del art. 151 sin necesidad de realizar referéndum?
Dos requisitos acumulativos: uno, "que en el pasado hubiesen plebiscitado afirmativamente proyectos de Estatuto de autonomía", y dos, que "cuenten, al tiempo de promulgarse esta Constitución, con regímenes provisionales de autonomía".
5º ¿Una región con régimen provisional de autonomía puede acceder a la autonomía por el sistema especial sin referéndum por el mero hecho de contar con régimen provisional de autonomía, que es la afirmación que se da correcta en el examen?
NO, es uno de los requisitos pero no el único. Es condición necesaria pero no suficiente. Se tiene que reunir los dos requisitos comentados y no sólo uno como dice la opción b), por lo que esa respuesta es incorrecta por ser incompleta. Se necesita ese requisito pero también otro: el haber plebiscitado afirmativamente proyectos de Estatuto de autonomía.

Y esta argumentación la completo con hechos. Por el sistema especial del art. 151 CE accedieron 4 CCAA: Cataluña, Euskadi, Galicia y Andalucía. Todas estas regiones contaron con regímenes provisionales de autonomía como muchas otras desde poco después de reinstaurarse la democracia a través de los denominados entes preautonómicos. Si estas 4 CCAA tuvieron regimenes provisonales de autonomía, ¿cómo es que las 3 primeras accedieron por el 151 sin referéndum inicial, y Andalucía necesitó referéndun? Pues porque se aplicaron los 2 requisitos de la DT 2ª y Andalucía sólo cumplía uno, puesto que Andalucía no llegó a plebiscitar nunca historicamente un Estatuto de Autonomía cosa que sí hicieron las otras 3 en la II República.

Y sobre la pregunta 58, es obvio, aunque defiendas lo contrario, que en el momento que una pregunta según como se interprete pueda ser correcta la opción a) o la opción c), es una pregunta que debería anularse porque una pregunta en un examen tipo test, por su propia naturaleza, sólo puede tener una respuesta correcta, y no una u otra según como se interprete, que es el caso. O dicho de otra forma, las preguntas no deben poderse interpretar de 2 o más maneras. Para ser válida una pregunta en un test no tiene que ser susceptible de interpretación, y ésta, en mi opinión, lo es.
 
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EE opo

EB opo
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19 Nov 2016
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Que opináis de la 5? Tanto la CE como Reglamento del Congreso dice que podrán delegar la aprobación de proyectos o proposiciones de ley, no de leyes. Ya se que las leyes que provienen del gob son proyectos y de las cámaras proposiciones pero en ningún texto se recoge que las comisiones legislativas permanentes puedan aprobar leyes sino sólo las proposiciones o proyectos que luego se convierten en leyes propiamente dichas. No sé si lo estoy entendiendo mal...
 
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30 Nov 2015
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Que opináis de la de Broca?

Por mi parte no la contesté por varios motivos, el primero por la duda en el propio apellido en mi temario y en los sitios donde la vi es Broca y no Brocca y sobre todo por que para mí el área de Broca, o centro del lenguaje articulado, está ubicada en la parte posterior de la circunvolución frontal inferior del lóbulo frontal, en una zona que abarca ambos lados de la rama ascendente de la cisura de Silvio, en el hemisferio cerebral izquierdo (en la mayoría de las personas; en algunas en el hemisferio cerebral derecho. El área o zona de Broca es un componente esencial de los mecanismos motores que regulan el lenguaje articulado.

Para concluir y dejando al margen el tema "apellido", no es lo mismo el área que la circunvolución, otra cosa bien distinta es que el área motora del lenguaje de Broca se corresponda con la circunvolución, pero no debemos citar en neuroanatomía la circunvolución de Broca.

Que opináis de la de Sedición?

Este delito está en inmediata conexión con el de rebelión. La sedición propiamente dicha es el alzamiento público o tumultuario no comprendidos en el delito de rebelión, es decir el delito de rebelión, también presenta el carácter tumultuario de alzamiento público si bien se puede considerar que la sedición es un alzamiento publico de categoría inferior al de rebelión.

Según lo anterior entiendo que la característica principal que diferencia a ambas no es el carácter tumultuario del alzamiento público sino su intensidad o magnitud.

En fin compañeros, esta es una oposición.

Os deseo a todos y cada uno de vosotros, mucha suerte, creo que de sobra estamos preparados para conseguir este sueño y no desanimaros cuando comprobéis que no admiten ninguna aclaración ni impugnación basándose en su interpretación sobre las diferentes respuestas.
 
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9 Ene 2016
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Que opináis de la de Broca?

Por mi parte no la contesté por varios motivos, el primero por la duda en el propio apellido en mi temario y en los sitios donde la vi es Broca y no Brocca y sobre todo por que para mí el área de Broca, o centro del lenguaje articulado, está ubicada en la parte posterior de la circunvolución frontal inferior del lóbulo frontal, en una zona que abarca ambos lados de la rama ascendente de la cisura de Silvio, en el hemisferio cerebral izquierdo (en la mayoría de las personas; en algunas en el hemisferio cerebral derecho. El área o zona de Broca es un componente esencial de los mecanismos motores que regulan el lenguaje articulado.

Para concluir y dejando al margen el tema "apellido", no es lo mismo el área que la circunvolución, otra cosa bien distinta es que el área motora del lenguaje de Broca se corresponda con la circunvolución, pero no debemos citar en neuroanatomía la circunvolución de Broca.

Que opináis de la de Sedición?

Este delito está en inmediata conexión con el de rebelión. La sedición propiamente dicha es el alzamiento público o tumultuario no comprendidos en el delito de rebelión, es decir el delito de rebelión, también presenta el carácter tumultuario de alzamiento público si bien se puede considerar que la sedición es un alzamiento publico de categoría inferior al de rebelión.

Según lo anterior entiendo que la característica principal que diferencia a ambas no es el carácter tumultuario del alzamiento público sino su intensidad o magnitud.

En fin compañeros, esta es una oposición.

Os deseo a todos y cada uno de vosotros, mucha suerte, creo que de sobra estamos preparados para conseguir este sueño y no desanimaros cuando comprobéis que no admiten ninguna aclaración ni impugnación basándose en su interpretación sobre las diferentes respuestas.
Con la primera pregunta estoy completamente de acuerdo y ya he comentado en algún otro apartado algo similar. Precisamente estaba leyendo ahora en busca de la "circunvolución límbica de Broca" por buscarle algún sentido, pero no he localizado la estructura unida al apellido en su nomenclatura.

Sin embargo, en la segunda cuestión la respuesta está en la redacción de los arts. 472 y 544CP respectivamente. Se observan dos diferencias fundamentales: Una es la finalidad del alzamiento, y la otra es el modo. En la rebelión el alzamiento se realiza de un modo violento y público, mientras que en la sedición se realiza pública y tumultuariamente. Las otras dos respuestas son incorrectas siguiendo los artículos.

La diferencia es la misma que si te preguntan, por ejemplo, sobre el art. 22 CE si las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delitos so:
A) ilegales
B) ilícitas
C) prohibidas
(Gracias a los compañeros de básica por preguntar de este modo en los simulacros, me dio un +1 jejeje).

La respuesta sería ilegales porque es como viene redactado, lo cual no elimina la sinonimia con el concepto de ilícitas

Suerte a ti también compañero
 
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EE opo

EB opo
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19 Nov 2016
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La de sedición la veo correcta.
Rebelión: violenta y públicamente.
Sedicion: pública y tumultuariamente.
Es decir, la rebelión no tiene por que ser tumultuaria ( basta que sea pública y violentamente) mientras que en el delito de sedición es condición necesaria.
 
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13 Ene 2016
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El plazo para impugnar según el BOE es dos días naturales desde el día siguiente de su publicación. Se publicó el mismo sábado, no? Así que tendríamos hasta mañana martes? Correcto?
 
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9 Ene 2016
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El plazo para impugnar según el BOE es dos días naturales desde el día siguiente de su publicación. Se publicó el mismo sábado, no? Así que tendríamos hasta mañana martes? Correcto?
El domingo es día natural (son los 365 del año), de modo que el plazo sería hasta el final de hoy lunes
 
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13 Ene 2016
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Pues habrá que hacerlo hoy. La duda era que como dice contados desde el día siguiente a la publicación, no sabía si ese día siguiente a la publicación cuenta o no, es decir, si son dos siguientes al domingo sería el martes. Pero vamos, por asegurar mejor hacerlo hoy
 
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JD08

POLICÍA
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9 Dic 2008
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Con la primera pregunta estoy completamente de acuerdo y ya he comentado en algún otro apartado algo similar. Precisamente estaba leyendo ahora en busca de la "circunvolución límbica de Broca" por buscarle algún sentido, pero no he localizado la estructura unida al apellido en su nomenclatura.

La del Área de Broca está mal, una cosa son las áreas de Broca y Wernicke que existen y otras las cisuras o circunvoluciones que no es lo mismo.

Al menos eso es lo que se estudia en Neuropsicología...
 
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9 Ene 2016
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Pues habrá que hacerlo hoy. La duda era que como dice contados desde el día siguiente a la publicación, no sabía si ese día siguiente a la publicación cuenta o no, es decir, si son dos siguientes al domingo sería el martes. Pero vamos, por asegurar mejor hacerlo hoy
Eso me pasó a mí con la pregunta del permiso de maternidad. Pensé: 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo... Entonces, el segundo contaría, sí no?? Mejor la dejo en blanco no vaya a cagarla... Y así me va... Jajaja
 
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18 Abr 2016
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Pues nada, veo que en algunas coincidimos bastantes en otras hay cierta duda. Veremos como se soluciona al final todo. Por cierto, alguno sabe exactamente como impugnarla, mas alla de enviar el correo a la direccion que se indica. Si quisiera impugnar por ejemplo la de las directivas, deberia explicarsela, adjuntar algo, o simplemente informar de que es incorrecta.... La verdad estoy perdido, asi que si alguno impugna la de las dierctivas, Brocca o lo que sea, y quiere compartir por aqui como lo ha realizado para podernos hacer a la idea, seria genial.

Y otra pregunta, ¿Como de facil es que los de la division de formacion acepten las impugnaciones? ¿El año pasado se impugno alguna verdad?
 
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9 Ene 2016
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Pues nada, veo que en algunas coincidimos bastantes en otras hay cierta duda. Veremos como se soluciona al final todo. Por cierto, alguno sabe exactamente como impugnarla, mas alla de enviar el correo a la direccion que se indica. Si quisiera impugnar por ejemplo la de las directivas, deberia explicarsela, adjuntar algo, o simplemente informar de que es incorrecta.... La verdad estoy perdido, asi que si alguno impugna la de las dierctivas, Brocca o lo que sea, y quiere compartir por aqui como lo ha realizado para podernos hacer a la idea, seria genial.

Y otra pregunta, ¿Como de facil es que los de la division de formacion acepten las impugnaciones? ¿El año pasado se impugno alguna verdad?
Fácil no es que acepten nada, y la presión que tienen para estos casos es nula...
El escrito no es algo derterminado, pero más o menos: debe ser formal y donde se explique la pregunta que se quiere impugnar, el motivo de la impugnación, y la respuesta que se considera correcta fundamentándola con el texto legislativo, artículo o documento donde aparezca. Y si no hay respuesta correctas entre las disponibles solicitar su eliminación y si quieres la alternativa que debería aparecer como correcta. Luego tu nombre, DNI, fecha y firma (Creo que son todos los datos)
 
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13 Ene 2016
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Os pego directamente un escrito que compartió algún compañero del foro para el examen del año pasado. Está referido a algunas de las preguntas del año pasado y con la fecha del año pasado. Pero el tema es ver la forma en que se ha redactado.

Al titular de la Secretaría de Procesos de la División de Formación y Perfeccionamiento del Cuerpo Nacional de Policía.


Yo, XXXXXXXXXXXXX, con DNI número XXXXXXX y número de opositor XXXXX, habiendo realizado la prueba de conocimientos de acceso a la Escala Ejecutiva del Cuerpo Nacional de Policía en fecha 28 de noviembre de 2015 y, a la vista de la publicación del cuestionario de preguntas en fecha 30 de noviembre de 2015, EXPONGO:

PRIMERO.- Que considero errónea la respuesta dada por válida en la pregunta nº4 del cuestionario publicado en fecha 30 de noviembre de 2015. Dicha pregunta es la siguiente, marcada con un “X” la respuesta dada por correcta:

“4. La imposición de la pena de “pérdida de la nacionalidad española”, afectaría:

a) A los que la hayan obtenido originariamente.

b) A los que la hayan obtenido derivadamente.

c) Tanto a los que la hayan obtenido originariamente como a los que la hayan obtenido de forma derivada, siempre que la pena haya sido impuesta por Autoridad Judicial competente.” X

Considero errónea dicha alternativa C), ya que va en contra del artículo 11.2 de la Constitución española, que dice que “ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad”. Además, el Código Civil señala en su artículo 25 que “los españoles que no lo sean de origen perderán su nacionalidad…”, admitiendo la posibilidad de que sólo los españoles que hayan obtenido de forma derivada la nacionalidad podrán ser privados de ella, pero no los de origen. Un español de origen podrá perder la nacionalidad española por los motivos expresados en el artículo 24 del Código Civil, que nunca serán penas.

En definitiva, la pregunta se refiere a la imposición de una pena y, dado que un español de origen nunca podrá ser privado de su nacionalidad, se entiende, por mandato de la Constitución y el Código Civil, que la respuesta correcta debería ser la B) y no la C).


SEGUNDO.- Que considero errónea la respuesta dada por válida en la pregunta nº 57 del citado cuestionario. Dicha pregunta es la siguiente, marcada con una “X” la respuesta dada por correcta:

“57. El primer texto donde se contempla la creación de Unidades Orgánicas de Policía Judicial, con dependencia funcional de las autoridades judiciales y del Ministerio Fiscal es:

a) La Ley de Enjuiciamiento Criminal.

b) La Ley Orgánica de Policía Judicial. X

c) La Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.”

Considero errónea dicha alternativa B), ya que no existe tal Ley Orgánica. La Policía Judicial se regula por Real Decreto 769/1987 de 19 de junio. De tratarse de un error tipográfico y querer decir en su lugar “Ley Orgánica del Poder Judicial”, sería igualmente incorrecta. Esto se debe a que la LOPJ (LO 6/1985, de 1 de julio) se refiere a la policía judicial, a los funcionarios de policía judicial e incluso llega a mencionar "unidades de policía judicial", pero nunca habla de “Unidades orgánicas de policía judicial". El primer texto en el que se les da tal categoría y mención de ORGÁNICAS es en la LO de FF y CC de Seguridad. Después vendrá el desarrollo a través del Real Decreto 769/1987 de 19 de junio.

El primer texto en el que se contempla la creación de dichas Unidades Orgánicas es en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que en su artículo 29.1 establece lo siguiente: “Las funciones de Policía Judicial que se mencionan en el artículo 126 de la Constitución serán ejercidas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a través de las Unidades que se regulan en el presente capítulo”. Matiza después, en el artículo 30.2 de la misma norma: “Las referidas Unidades orgánicas de Policía Judicial podrán adscribirse, en todo o en parte, por el Ministerio del Interior, oído el Consejo General del Poder Judicial, a determinados Juzgados y Tribunales. De igual manera podrán adscribirse al Ministerio Fiscal, oído el Fiscal general del Estado.”

En definitiva, y dado que no existe tal Ley Orgánica, y aun en el caso de que la opción fuese “Ley Orgánica del Poder Judicial”, la primera norma donde se contempla la creación de dichas unidades orgánicas es la Ley Orgánica 2/1986 de FF y CC de Seguridad. Por ello, la respuesta correcta debería ser la C), y no la B).


Por los motivos expuestos, SOLICITO:

PRIMERO.- Tengan por presentado este escrito y las alegaciones que a él lo acompañan.

SEGUNDO.- SEAN CONSIDERADAS COMO CORRECTAS LA RESPUESTA B) A LA PREGUNTA Nº4 Y LA RESPUESTA C) A LA Nº57.

En XXXXXXX, a 1 de diciembre de 2015.

FDO. XXXXXXXXXXX
 
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18 Abr 2016
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Muchas gracias Lucky!

Ya estoy redactando todo, ahora me ha salido la duda respecto a la pregunta 42. Esta claro que el articulo 183 quater deja bien claro que :

"El consentimiento libre del menor de dieciséis años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este Capítulo, cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez".

Pero aun asi, en un delito de agresion sexual en el que existe violencia o intimidacion (si bien existe un consentimiento libre) no entendia que excluyera la responsabilidad, al igual que en un delito de lesiones, por mucho que estas sean aceptadas, si son graves no quedarian excluidas. Estoy venga a darle vueltas por que ademas en ese capitulo del CP tambien se incluye el child grooming, asi que estoy dandole mas vueltas que un tonto.

¿Alguna noticia de la Comisión de Seguridad y Salud Laboral Policial? Yo sigo sin encontrar donde se dice algo de la Division de Cooperacion Internacional.....


Edito: https://www.fiscal.es/fiscal/PA_Web...o?idFile=6bbee9d6-be5e-4e5b-9847-c4d0bd81bd61

Pagina 18, tercer parrafo, ahi he encontrado una circular de la fiscalia que dice que solo se aplicara ante los abusos y no las agresiones.
 
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Unido
9 Ene 2016
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Muchas gracias Lucky!

Ya estoy redactando todo, ahora me ha salido la duda respecto a la pregunta 42. Esta claro que el articulo 183 quater deja bien claro que :

"El consentimiento libre del menor de dieciséis años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este Capítulo, cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez".

Pero aun asi, en un delito de agresion sexual en el que existe violencia o intimidacion (si bien existe un consentimiento libre) no entendia que excluyera la responsabilidad, al igual que en un delito de lesiones, por mucho que estas sean aceptadas, si son graves no quedarian excluidas. Estoy venga a darle vueltas por que ademas en ese capitulo del CP tambien se incluye el child grooming, asi que estoy dandole mas vueltas que un tonto.

¿Alguna noticia de la Comisión de Seguridad y Salud Laboral Policial? Yo sigo sin encontrar donde se dice algo de la Division de Cooperacion Internacional.....
La del 183 quater yo ni la vi... Leí la parte de no excluye nunca la responsabilidad y no llegué al apartado C)... Un fallo gordo ya que por la redacción del artículo se excluyen sin hacer alusión a ningún tipo concreto. Imagino que si quisieran limitarlo a los abusos habrían puesto un apartado 2. Pero es raro porque no da opción al juez competente a valorar los hechos, directamente excluye...
 
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Unido
18 Abr 2016
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La del 183 quater yo ni la vi... Leí la parte de no excluye nunca la responsabilidad y no llegué al apartado C)... Un fallo gordo ya que por la redacción del artículo se excluyen sin hacer alusión a ningún tipo concreto. Imagino que si quisieran limitarlo a los abusos habrían puesto un apartado 2. Pero es raro porque no da opción al juez competente a valorar los hechos, directamente excluye...

Echa un vistazo a mi EDIT, me paso exactamente lo mismo que a ti.
 
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