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Dudas sobre antecedentes penales

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8 Dic 2017
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Porque dependiendo de lo que haya pasado y de cómo se haya actuado es más o menos probable que se tenga constancia de ello o no. Las bases de datos son muy particulares, y un pequeño detalle puede llevar a cambiar el resultado de una consulta.
Yo, desde mi ignorancia, pensaba que tendrían conocimiento de los delitos, pero no de las infracciones administrativas
 
Yo, desde mi ignorancia, pensaba que tendrían conocimiento de los delitos, pero no de las infracciones administrativas
En el caso del que hablamos dio 0,60 y fue condenado por un delito (el mismo lo dice), no por una infracción administrativa. En este caso concreto, es difícil que se sepa porque no fue detenido, pero no le aseguró que no lo vayan a saber al 100% porque aunque quiero pensar que conozco mejor que la mayoría el funcionamiento de las bases de datos, es posible que realizando ciertas consultas sí se tenga constancia de que se le impuso dicha condena penal, aún cancelando los antecedentes.
 
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2 Jul 2018
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Como ya he comentado en otro tema similar, las bases dicen: No haber sido condenado por delito doloso. De lo cual se deduce:

- No haber sido condenado: NUNCA. No dice carecer de antecedentes o haberlos cancela, dice no haber sido condenado, jamás.

- Condenado: Incluso con juicio por delito doloso, si se ha sido absuelto, no se es condenado por delito doloso.

- Delito: No sanciones administrativas, delito. Por tanto, no cuenta ni multas de tráfico, por botellón, etc.

- Doloso: No imprudente, ni alcoholemia. Una condena por alcoholemia o incluso por homicidio imprudente no contaría como exclusión ya que no hay dolo en el delito.

Otro cantar es que nos pidan explicaciones y les convenzan o no, pero a priori si no se ha sido condenado nunca por delito doloso, no se está excluido.
 
Como ya he comentado en otro tema similar, las bases dicen: No haber sido condenado por delito doloso. De lo cual se deduce:

- No haber sido condenado: NUNCA. No dice carecer de antecedentes o haberlos cancela, dice no haber sido condenado, jamás.

- Condenado: Incluso con juicio por delito doloso, si se ha sido absuelto, no se es condenado por delito doloso.

- Delito: No sanciones administrativas, delito. Por tanto, no cuenta ni multas de tráfico, por botellón, etc.

- Doloso: No imprudente, ni alcoholemia. Una condena por alcoholemia o incluso por homicidio imprudente no contaría como exclusión ya que no hay dolo en el delito.

Otro cantar es que nos pidan explicaciones y les convenzan o no, pero a priori si no se ha sido condenado nunca por delito doloso, no se está excluido.
He leído tu mensaje del otro post y me ha surgido la duda de si conducir bajo los efectos del alcohol es un delito doloso o imprudente, he preguntado por ahí y me dicen que es doloso, y comprobado el CP, no veo que concretamente la conducción bajo los efectos de alcohol o drogas esté expresamente penada como imprudente (que es condición indispensable para que un delito sea considerado tal). No sé si podrías citarme las fuentes donde te basas para manifestarlo, porque si es una sentencia o similar me interesaría mucho leerla.
 
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2 Jul 2018
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He leído tu mensaje del otro post y me ha surgido la duda de si conducir bajo los efectos del alcohol es un delito doloso o imprudente, he preguntado por ahí y me dicen que es doloso, y comprobado el CP, no veo que concretamente la conducción bajo los efectos de alcohol o drogas esté expresamente penada como imprudente (que es condición indispensable para que un delito sea considerado tal). No sé si podrías citarme las fuentes donde te basas para manifestarlo, porque si es una sentencia o similar me interesaría mucho leerla.

Mi madre es abogada especializada tráfico desde hace más de 25 años y según me dijo, por lo general la alcoholemia no es doloso, pero si te interesa que le pregunte algún caso concreto puedes contactarme por chat (aún no puedo enviar privados)
 
Mi madre es abogada especializada tráfico desde hace más de 25 años y según me dijo, por lo general la alcoholemia no es doloso, pero si te interesa que le pregunte algún caso concreto puedes contactarme por chat (aún no puedo enviar privados)
Lo que me deja un tanto preocupado es ese “en general”, porque los casos que yo conozco sí se han considerado dolosos (cuando hablamos sólo de alcoholemia), si no te importa te pongo un privado a ver si me pudieras indicar cuáles son esas excepciones a la generalidad, Gracias adelantadas.
 
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2 Jul 2018
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Lo que me deja un tanto preocupado es ese “en general”, porque los casos que yo conozco sí se han considerado dolosos (cuando hablamos sólo de alcoholemia), si no te importa te pongo un privado a ver si me pudieras indicar cuáles son esas excepciones a la generalidad, Gracias adelantadas.

Vale, veo que estamos hablando de un delito por alcoholemia, entonces en la sentencia se indica si el delito es doloso o imprudente, depende de lo que haya estimado el juez. Lo único que cabría es recurso respecto al estado del etilómetro y demás variables. Con alcoholemia me quería referir a sanciones, no a superar los 0,60.

Error mío al expresarlo en el post.
 
Vale, veo que estamos hablando de un delito por alcoholemia, entonces en la sentencia se indica si el delito es doloso o imprudente, depende de lo que haya estimado el juez. Lo único que cabría es recurso respecto al estado del etilómetro y demás variables. Con alcoholemia me quería referir a sanciones, no a superar los 0,60.

Error mío al expresarlo en el post.
Claro entonces, me sonaba raro.
 
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2 Jul 2018
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Claro entonces, me sonaba raro.

Sí, disculpa, error mío. De todas maneras, aunque lo que te excluye directamente es la condena de delito doloso, cualquier otro percance legal pueden saberlo y sacarlo en la entrevista, a excepción creo de las sanciones administrativas (cinturón de seguridad, una multa por botellón y demás).
 
Sí, disculpa, error mío. De todas maneras, aunque lo que te excluye directamente es la condena de delito doloso, cualquier otro percance legal pueden saberlo y sacarlo en la entrevista, a excepción creo de las sanciones administrativas (cinturón de seguridad, una multa por botellón y demás).
La condena por delito doloso te excluye como tal siempre y cuando no hayas cancelado los antecedentes, lo he explicado alguna vez por ahí, es una ironía legal que siempre me ha hecho mucha gracia. En cuanto al resto de “percances legales”, en los casos penales es relativamente sencillo que sepan de la existencia de dicho problema (No siempre, depende de múltiples factores) y en casos administrativos, sobre todo aquellos que tienen que ver con la 4/15, también es relativamente sencillo. El resto de problemas administrativos, especialmente los que tienen que ver con tráfico no son nada fáciles de conocer fuera del ámbito de la autoridad competente.
Este es un tema apasionante, personalmente me gusta mucho.
 
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2 Jul 2018
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La condena por delito doloso te excluye como tal siempre y cuando no hayas cancelado los antecedentes, lo he explicado alguna vez por ahí, es una ironía legal que siempre me ha hecho mucha gracia. En cuanto al resto de “percances legales”, en los casos penales es relativamente sencillo que sepan de la existencia de dicho problema (No siempre, depende de múltiples factores) y en casos administrativos, sobre todo aquellos que tienen que ver con la 4/15, también es relativamente sencillo. El resto de problemas administrativos, especialmente los que tienen que ver con tráfico no son nada fáciles de conocer fuera del ámbito de la autoridad competente.
Este es un tema apasionante, personalmente me gusta mucho.

Evidentemente saben bastante sobre nuestros actos, percances, multas y demás. Pero te aseguro que quien más sabe de ti no es la policía, es el banco. Algún día contaré la anécdota, pero el banco sabe todo. Si los bancos hiciesen la entrevista del CNP pasaría la mitad de la gente que pasa ahora.
 
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18 Oct 2017
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En definitiva,positivo en alcoholemia más de 0,60 es falta grave con su juicio rapido + multa +retirada+trabajos en favor de la sociedad ,esto me pasó a mí en 2011. con lo cual es delito ,pero entiendo que no es doloso.
Solicite,este año, el certificado de antecedentes y pone delito por alcoholemia o sustancias ..etc + trabajos sociales. . Etc ; todo esto cumplido. Solicite la anulación en el expediente. Más que nada por quitarlo pero sé que ellos lo sabrán y que si me preguntan en la entrevista pues tendré que apechugar .
El kit de la cuestión es ;delito no te excluyen,delito doloso si te excluyen .?
 
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8 Dic 2017
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Yo estoy casi seguro de que un delito por alcoholemia si es doloso, eres consciente de que estás bajo los efectos del alcohol y decides conducir.
Es interesante este tema la verdad, a que pueden tener acceso, dependiendo de si son delitos, infracciones administrativas y la naturaleza de cada una
 
En definitiva,positivo en alcoholemia más de 0,60 es falta grave con su juicio rapido + multa +retirada+trabajos en favor de la sociedad ,esto me pasó a mí en 2011. con lo cual es delito ,pero entiendo que no es doloso.
Solicite,este año, el certificado de antecedentes y pone delito por alcoholemia o sustancias ..etc + trabajos sociales. . Etc ; todo esto cumplido. Solicite la anulación en el expediente. Más que nada por quitarlo pero sé que ellos lo sabrán y que si me preguntan en la entrevista pues tendré que apechugar .
El kit de la cuestión es ;delito no te excluyen,delito doloso si te excluyen .?
Sólo son delitos imprudentes aquellos que el código penal considera como tales de forma expresa, la conducción bajo los efectos del alcohol no entra dentro de esa consideración, ergo es doloso. No obstante, como te han dicho, yo el primero, tu problema no es el delito en sí, si no explicarlo, porque es posible que tengan conocimiento del hecho. Por mucho que el delito sea doloso, si los antecedentes están cancelados, aún teniendo conocimiento del hecho, no pueden “agarrase” a nada para excluirte... Salvo a tus propias respuestas en la entrevista.
 
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18 Oct 2017
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POSITIVA
Hola, querría aclarar a los que tienen dudas entre si es o nó, delito doloso el conducir bajo los efectos del alcohol.
Sí que es delito, pero imprudente. Por ejemplo superar mas de 0.60 mg/l en aire espirado es delito, pero para que haya dolo debe existir una voluntad deliberada en sobrepasar el límite. El conductor no quiere rebasar esa tasa, pero no sabe que ya la ha superado. No hay voluntad de sobrepasarla por lo que NO HAY DOLO, es una imprudencia como un castillo.
Otra cosa es saber que hay montado un control en "X" y media hora antes dirigirte a ese punto habiéndote bebido antes una botella de whisky. Reirte del guardia y si no das mas de 0.60 en la primera prueba beberte el resto que tienes en el coche apropósito porque en la segunda quieres superarla, entonce sí hay dolo!!
Ha quedado bastante claro?
Copiado y pegado
 
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29 Oct 2011
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Hola, querría aclarar a los que tienen dudas entre si es o nó, delito doloso el conducir bajo los efectos del alcohol.
Sí que es delito, pero imprudente. Por ejemplo superar mas de 0.60 mg/l en aire espirado es delito, pero para que haya dolo debe existir una voluntad deliberada en sobrepasar el límite. El conductor no quiere rebasar esa tasa, pero no sabe que ya la ha superado. No hay voluntad de sobrepasarla por lo que NO HAY DOLO, es una imprudencia como un castillo.
Otra cosa es saber que hay montado un control en "X" y media hora antes dirigirte a ese punto habiéndote bebido antes una botella de whisky. Reirte del guardia y si no das mas de 0.60 en la primera prueba beberte el resto que tienes en el coche apropósito porque en la segunda quieres superarla, entonce sí hay dolo!!
Ha quedado bastante claro?
Copiado y pegado

¿Eh?
El dolo o imprudencia se aplica a la conducta, que en este caso es conducir, no beber.
No se trata de querer sobrepasar o no la tasa de alcohol sino del hecho de querer o no conducir el vehículo habiendo bebido. Ahí está el dolo.
 
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7 Sep 2013
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Depende de en qué estado de embriaguez estés ;)
Pues yo opino que sí es doloso. Tú sabes que conducir bajo los efectos del alcohol está penado y aún así decides conducir. Otra cosa sería que te llevases por delante a un peatón en cuyo caso entiendo que tenga la consideración de homicidio imprudente.
 
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