Muy buenas:
Te explico: la constitución tiene dos tipos de estructura, una que es la formal, que sería más o menos el índice, y otra que es la material.
La estructura material divide la constitución en una parte dogmática, en la que se presentan los principios y valores que la fundamentan y una parte orgánica que desarrolla la composición y funcionamiento del Estado.
La parte Dogmática corresponde al tít. Preliminar y título I y la parte orgánica al resto de títulos.
Según lo que yo tengo en apuntes y temarios el preámbulo y las disposiciones se quedan fuera de esta estructura, aunque en mi opinión el preámbulo estaría en la parte dogmática y las disposiciones en la orgánica.