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Aportes de los foreros

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ROC

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16 Mar 2009
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

estoy repasando el tema de "derecho procesal" podriais volver a subir el zip que un compañero subió en este tema? me serviria de ayuda ya que se me atraganta este temita!!
 
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17 Jul 2009
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

Por cierto cojunudo todos los aportes, si alguien tuviera el temario de MAD en version ebook o los test de CEP lo bordabais.
 
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pezon85

Policía XXVI, Oficial XXVI
POLICÍA
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16 Abr 2009
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

Alguno podria poner el link del esquema de drogas?? No va el del primer post
 
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ROC

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16 Mar 2009
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

No se si puedo ponerlo asi, segun vean los moderadores!!

Aqui os dejo el resumen/guion del primer tema de derecho:

RESUMEN: unidad 1

EL DERECHO:

Concepto:

a) Derecho natural: inmutable, universal y objetivo
b) Derecho positivo: es cambiante
c) Derecho publico: normas que regulan el estado
d) Derecho privado: normas que regulan las relaciones de los ciudadanos entre si
e) Derecho objetivo: conjunto de normas en si mismas
f) Derecho subjetivo: poder que la norma concede a una persona

Características del derecho:

1. Función reguladora
2. exterioridad
3. imperatividad
4. generalidad
5. coercibilidad
6. estatalidad

La jerarquía normativa queda establecida por el código civil al establecer que las fuesntes del ordenamiento jurídico son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.

LA LEY

1. Constitución
2. leyes orgánicas son las leyes que desarrollan derechos fundamentales y estatutos de autonomía
3. leyes ordinarias son las leyes habituales que no afectan a los derechos expuestos para las leyes orgánicas
4. leyes delegantes, son delegaciones que las cortes hacen al gobierno para que este dicte normas con rango de ley sobre materias determinadas. Cuando el gobiernos hace uso de esta facultad la norma recibe el nombre de decreto legislativo
5. decreto-ley, son disposiciones legislativas de carácter provisional que puede dictar el gobierno en casos de extraordinaria y urgente necesidad
6. reglamentos: el poder ejecutivo dicta normas escritas que tienen como función la de desarrollar leyes.

LA COSTUMBRE

Es la segunda fuente del derecho y regirá en defecto de la ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público y resulte probada

LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO

Son las ideas fundamentales que informan las leyes y la costumbre

LA PERSONA

a) capacidad jurídica y capacidad de obrar

La capacidad jurídica es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones. De tal forma que toda persona por el mero hecho de serlo ya posee capacidad jurídica

La capacidad de obrar es, en cambio, la aptitud para realizar eficazmente actos jurídicos. Es la capacidad para adquirir y ejercitar derechos y asumir obligaciones.

b) Nacimiento de la persona en sentido jurídico:

Las formas de acceder a la emancipación son:
- por la mayor de edad
- por el matrimonio del menor
- por concesión de los que ejerzan de patria potestad
- por concesión judicial

c) Extinción de la persona en sentido jurídico

- por fallecimiento
- por declaración de fallecimiento, previo el expediente judicial de declaración del ausente.

LA NACIONALIDAD

Partiendo del hecho de que la nacionalidad no es perpetua pueden establecerse dos causas o modos de adquisición

- adquisición originaria o automática que fija a la persona una determinada nacionalidad desde el momento de su nacimiento
- la modificación o cambio de un modo sobrevenido o derivativo.

1. españoles de origen:

- los nacidos de padre o madre españoles
- los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España
- los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad
- lo nacidos en España cuya filiación no resulte determinada.

2. adquisición de la nacionalidad por adopción

- el extranjero menor de 18 años adoptado por un español adquiere, desde la adopción, la nacionalidad española de origen
- si el adoptado es mayor de 18 años podrá optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción

3. adquisición de la nacionalidad por opción

- tienen derecho a optar por la nacionalidad española:

a) las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español
b) aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español o nacido en España
c) los hijos de algún español o nacidos en España, cuya determinación se produzca después de los 18 años de edad
d) si el adoptado es mayor de 18 años podrá optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción

- nacionalidad por carta de naturaleza y por residencia
La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, ortigada discrecionalmente mediante Real decreto.

- la adquisición por residencia se establece cumpliendo las siguientes condiciones:

1) para la concesión de la nacionalidad por residencia se requiere que esta haya durado diez años. Cinco años para los que hayan obtenido al condición de refugiado y dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, filipinas, guinea ecuatorial o Portugal o de serfadies.
2) Bastara el tiempo de residencia de un año para:
a) el que haya nacido en territorio español
b) el que no hay ejercitado oportunamente la facultad de optar
c) el que haya estado sujeto legalmente a una tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos
d) el que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con un español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho
e) el viudo o viuda de española o español
f) el nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles

La pérdida de nacionalidad se produce por:
- perdida por adquisición voluntaria de otra nacionalidad
- pierden la nacionalidad española por sanción, los españoles que no lo sean de origen

EL DOMICILIO

Es la sede jurídica de la persona donde ejercita los derechos y cumple las obligaciones por tener su residencia habitual.

Clases: real o voluntario, legal o necesario, electivo o especial

LA VECINDAD CIVIL

La existencia en España de derechos forales impone la tarea ineludible de precisas que españoles están sometidos al derecho común y cuales a las normas de derecho foral o especial, lo que se realiza en base a su vecindad común, foral o especial

Las formas de adquisición de la vecindad son:

- por filiación
- por nacimiento
- por opción
- por residencia
- por el principio de unidad jurídica del matrimonio.
 
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22 Ago 2008
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

No se que le parecerá a los compañeros, pero sería bueno ir reuniendo todos estos recursos en el area docente, espero respuestas.
 
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17 Sep 2007
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

Compis, me he registrado en megaupload para dejaros los links de cosillas de teoría que pueden servirle a alguien, pero no sé cómo hacer para subir los archivos, ¿algún alma caritativa me dice cómo hacerlo, pliiiis???
 
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Loes

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19 Nov 2007
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

No te tienes que registrar cristina. Entras en www.megaupload.com y en la portada hay dos espacios en uno pones el archivo y en otro la descripción, lo subes y listo
 
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22 Jul 2008
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

cristina,supongo que las respuestas no las tienes :wink:
 
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Astilla

POLICÍA
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5 Mayo 2008
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

Repito;

Astilla dijo:
Se entiende que agradecéis las aportaciones pero al final de cuatro post productivos colapsamos el tema con 4 páginas de agradecimientos... limitemos este espacio SOLO para aportaciones.

Elimino los mensajes que solo dicen "Gracias..." para despejar el tema y acceder antes a los enlaces que aportamos.
 
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17 Sep 2007
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

morató dijo:
cristina,supongo que las respuestas no las tienes :wink:

En la última página de cada test, abajo del todo, están las respuestas, creo recordar
 
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22 Jul 2008
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

:( no vienen cristina,es una pena por que estan bien los test, :wink:
 
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17 Sep 2007
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

Pues juraría que sí venían, lo comprobaré. De todas formas, si no lo encuentro, así haces doble estudio, buscando las respuestas en el temario una por una... ¡sé positivo! jeje. Voy a ver si las tengo, ya lo siento...
 
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5 Jun 2009
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

¿sabeis cuantas preguntas entran de cada tema? mas o menos. se que un 60% son preguntas de juridicas, pero me gustaria saber cuantas preguntas dejan para el resto de los temas, o alguna referencia.
 
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22 Jul 2008
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

Cristina dijo:
Pues juraría que sí venían, lo comprobaré. De todas formas, si no lo encuentro, así haces doble estudio, buscando las respuestas en el temario una por una... ¡sé positivo! jeje. Voy a ver si las tengo, ya lo siento...
pero si las tienes vamos mas rapido :lol: y si no las tienes no pasa nada :(
 
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ROC

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16 Mar 2009
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

Aqui os dejo un mini resumen de la administracion general del estado y el gobierno...

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La administración General del estado está compuesta por una serie de órganos a nivel central y territorial que podemos clasificar de la siguiente forma:

ORGANOS A NIVEL CENTRAL

- Gobierno
- Consejo de ministros
- Comisiones delegadas del gobierno
- Presidente del gobierno
- Vicepresidente del gobierno
- Ministros

ORGANOS A NIVEL TERRITORIAL

- Delegados del gobierno en las CC.AA
- Subdelegados del gobierno en las provincias
- Directores insulares de la Administración General del Estado
- Delegados del Gobierno en Ceuta y Melilla

A parte del principio de legalidad, la Administración General del Estado se organiza y actúa de acuerdo con los siguientes principios:

1. De organización

a) jerarquía
b) descentralización funcional
c) descentralización funcional y territorial
d) economía, suficiencia y adecuación estricta de medios
e) simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos
f) coordinación

2. De Funcionamiento

a) eficacia
b) eficiencia
c) programación y desarrollo de objetivos
d) responsabilidad por la gestión publica
e) nacionalización y agilidad de gestión
f) servicio afectivo a los ciudadanos
g) objetividad y transparencia de la actuación administrativa
h) cooperación y coordinación con las otras administraciones publicas

En la organización central de la Adm. General del Estado existen dos órganos: Superiores y directivos

1. Superiores:
- Los ministros
- Los secretarios de estado

2. Los órganos directivos

- Los subsecretarios ostentan la representación ordinaria del ministerio, dirigen los servicios comunes y ejercen las competencias correspondientes a dichos servicios comunes
- Secretarios generales ejercen las competencias inherentes a su responsabilidad de dirección sobre los órganos dependientes, esto es impulsar la consecución de los objetivos y la ejecución de los proyectos de su organización, controlando su cumplimiento, surpevisando la actividad de los órganos directivos adscritos e impartiendo instrucciones a sus titulares
- Los secretarios generales técnicos tendrán las competencias sobre servicios comunes, y en todo caso, las relativas a : producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones
- Directores generales son los titulares de los órganos directivos encargados de la gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas del ministerio

Aparte de todos estos órganos directivos, en la organización territorial de la Administración General del Estado también se consideran órganos directivos tanto a los delegados del Gobierno en las CC.AA que tendrán rango de Subsecretario, como los subdelegados del Gobierno en las provincias, los cuales tendrán nivel de Subdirector General.

El Gobierno esta compuesto de:

- Presidente del Gobierno
- Vicepresidente, este cargo es optativo en su decisión de creación
- Ministros

El funcionamiento del Gobierno se basa en 3 principios:

- Principio de dirección presidencial por el Presidente del Gobierno
- La colegialidad
- El principio departamental

Los miembros del Gobierno se reúnen en consejo de ministros y en comisiones delegadas del gobierno

1. El consejo de ministros, como órgano colegiado del Gobierno, tiene en su cargo las siguientes funciones:

- aprobar los proyectos de ley
- aprobar el proyecto de ley de los presupuestos generales del estado
- aprobar los reales decretos-leyes y los reales decretos legislativos
- acordar la negocionacion y firma de los tratados internacionales
- declarar los estados de alarma y de excepción y proponer al congreso de los diputados la declaración del estado de sitio

La comisión general de secretarios de estado y subsecretarios prepara los temas a tratar en la reunión del consejo de ministros

2. Las comisiones delegadas del gobierno a las que les corresponde examinar las cuestiones de carácter general que tengan relación con varios de los departamentos ministeriales que integren la comisión

El gobierno cesa y se considera que esta en funciones por las siguientes causas

1) Celebración de elecciones generales
2) Perdida de confianza parlamentaria
3) Dimisión del presidente
4) Fallecimiento de su presidente

Para cumplir la función publica del Gabinete, el presidente del gobierno en funciones no podrá ejercer las siguientes facultades:

- proponer al rey la disolución de las cortes generales
- plantear la cuestión de confianza
- proponer al rey la convocatoria de un referéndum consultivo

Con respecto a su componente colegiado (consejo de ministros), el Gobierno en funciones no podrá ejercer las siguientes facultades:

- aprobar el proyecto de ley de presupuestos generales del estado
- presentar proyectos de ley al congreso de los diputados o en su caso, al senado.
 
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Unido
9 Feb 2009
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Re: Aportes de los foreros para la XXVI y sucesivas

Bueno, aqui os dejo un Test de mi Academia, que hacen todo los meses, es un Examen General de 100 preguntas, en mi academia los 5 mejores no pagan el mes siguiente jajaja

Hacerlo y decidme que os parece, yo le veo un nivel considerable eh?

Examen General CNP

PD: Perdonad que salga con el logo del programa de haberlo pasado a PDF pero tenia ningun otro.

Saludos
 
Superior