
Badajozpol
Policía Alumno
gracias paisano!!Poca gente veo que haya agradecido que este compañero comparta de forma altruista y sin que nadie se lo pida una lista hecha por él mismo.
Gracias!
Todo material de este tipo es bien recibido siempre.

gracias paisano!!Poca gente veo que haya agradecido que este compañero comparta de forma altruista y sin que nadie se lo pida una lista hecha por él mismo.
Gracias!
Todo material de este tipo es bien recibido siempre.
Un 5 y justa, pensaba que me habría salido mejor. No se que me pasa que en estos saco peor nota y en Dñ saco mejor...será que las tengo ya demasiado vistas...Chicos, ahí va otro simulacro de ortografía de instagram para el que quiera hacerlo![]()

Pues me atrevería a decir que por algo tan simple como la ausencia de examen oficial.una duda existencial.................... ¿con que fin publicáis vuestras notas en las redes sociales/foros? El examen que hay que aprobar es el oficial concretamente el del día D, no por sacar hoy un 8 o un 2 vas a aprobar o suspender el día oficial. Es una duda eh! un saludo a todos y a seguir a full con el termario y orto.
Yo te diría que sí, Acrapol junto con Acpol son las academias con test más complicados en mi opinión, así que no es una catástrofe que saques esas notas, ni mucho menos, ya que mucha más gente estará como tú seguro. No pienses en eso, tu sigue trabajando bien y ya verás como vienen los resultados el día D. Ánimo!En Acrapol ando siempre por el 4/5. Es posible aprobar el examen oficial de teoría con ese rango de notas? Gracias de antemano, buen foro.
5,2 creía que me iba a salir mejor pero bueno... seguimos trabajando compisChicos, ahí va otro simulacro de ortografía de instagram para el que quiera hacerlo![]()


yo de word sí que me las sé todas , pero de Windows me cuestan bastante y obviamente me voy a intentar acordar de las que vea “importantes”Una pregunta , alguien se sabe entero todo de memoria todos los atajos de Windows, de Microsoft Word y para navegadores??? Si es así y alguien me puede explicar cómo lo ha hecho con tantas teclas y tantas cosas![]()

6 cerrado por aquí, gracias!Chicos, ahí va otro simulacro de ortografía de instagram para el que quiera hacerlo![]()

Un compi por aquí me dijo un truco que a mi me ha venido genial. Me hice tarjetas con cada función y a modo "juego" al final me he aprendido todas. Eso sí, su tiempo me costó...Una pregunta , alguien se sabe entero todo de memoria todos los atajos de Windows, de Microsoft Word y para navegadores??? Si es así y alguien me puede explicar cómo lo ha hecho con tantas teclas y tantas cosas![]()
6,2 espero que la DFP nos ponga un orto similar. Gracias por subir el simulacro.Chicos, ahí va otro simulacro de ortografía de instagram para el que quiera hacerlo![]()
No es una errata, la opción B caducó en el 2019, ahora pueden solicitarla como especifica en la opción A.Buenas tenia una pregunta sobre los sefardíes a ver si me la podéis resolver.
Según la Ley 12/2015 en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España:
a) Cuando se acrediten circunstancias excepcionales o razones humanitarias, los sefardíes que cumplan con los requisitos en dicha Ley y acogiéndose a su procedimiento, podrán solicitar la obtención de la nacionalidad española, cuyo otorgamiento corresponderá al Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Justicia.
b) Cuando los sefardíes originarios de España prueben dicha condición y una especial vinculación con España, aun cuando no tengan residencia legal en nuestro país, podrán solicitar la nacionalidad española.
c) Ambas respuestas son correctas.
Yo respondí la opción C, pero la opción valida es la A.
Alguien podría comentarme si es una e rata, o no veo algo obvio jaja
Gracias.

Debe colocar los post en su sitio, hay un foro dedicado a esto. Tómese de aviso.Buenas tenia una pregunta sobre los sefardíes a ver si me la podéis resolver.
Según la Ley 12/2015 en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España:
a) Cuando se acrediten circunstancias excepcionales o razones humanitarias, los sefardíes que cumplan con los requisitos en dicha Ley y acogiéndose a su procedimiento, podrán solicitar la obtención de la nacionalidad española, cuyo otorgamiento corresponderá al Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Justicia.
b) Cuando los sefardíes originarios de España prueben dicha condición y una especial vinculación con España, aun cuando no tengan residencia legal en nuestro país, podrán solicitar la nacionalidad española.
c) Ambas respuestas son correctas.
Yo respondí la opción C, pero la opción valida es la A.
Alguien podría comentarme si es una e rata, o no veo algo obvio jaja
Gracias.
Yo también creo que es la C.Buenas tenia una pregunta sobre los sefardíes a ver si me la podéis resolver.
Según la Ley 12/2015 en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España:
a) Cuando se acrediten circunstancias excepcionales o razones humanitarias, los sefardíes que cumplan con los requisitos en dicha Ley y acogiéndose a su procedimiento, podrán solicitar la obtención de la nacionalidad española, cuyo otorgamiento corresponderá al Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Justicia.
b) Cuando los sefardíes originarios de España prueben dicha condición y una especial vinculación con España, aun cuando no tengan residencia legal en nuestro país, podrán solicitar la nacionalidad española.
c) Ambas respuestas son correctas.
Yo respondí la opción C, pero la opción valida es la A.
Alguien podría comentarme si es una e rata, o no veo algo obvio jaja
Gracias.

6.0Chicos, ahí va otro simulacro de ortografía de instagram para el que quiera hacerlo![]()
6.9 gracias compi!Chicos, ahí va otro simulacro de ortografía de instagram para el que quiera hacerlo![]()
La B hace referencia al código civil y no a la ley? Porque otra cosa...Yo también creo que es la C.
Según la ley 12/2015
Artículo 1. Concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a los sefardíes originarios de España.
1. A los efectos previstos en el apartado 1 del artículo 21 del Código Civil, en cuanto a las circunstancias excepcionales que se exigen para adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza, se entiende que tales circunstancias concurren en los sefardíes originarios de España que prueben dicha condición y una especial vinculación con España, aun cuando no tengan residencia legal en nuestro país.
Disposición adicional tercera. Circunstancias excepcionales y razones humanitarias.
Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado 1 de la disposición adicional primera, cuando se acrediten circunstancias excepcionales o razones humanitarias, los sefardíes que cumplan con los requisitos de la presente Ley y acogiéndose a su procedimiento, podrán solicitar la obtención de la nacionalidad española, cuyo otorgamiento corresponderá al Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Justicia
No comprendo que den buena la a).

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