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Promoción XXXVII, Pandemiers

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9 Mayo 2019
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Compañero, sin acritud, pero llevas un cacao de la hostia ... Robar, hurtar, matar siempre es delito, siempre.

Otra cosa es que hayan errores de hecho y derecho, excusas absolutorias, estados de necesidad, legítima defensa... Pero esas acciones están tipificadas, todas, como delitos.
te faltó miedo insuperable 😅😅😅
 
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Sirio_XXXV

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27 Mayo 2019
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te faltó miedo insuperable 😅😅😅
Hombre, deliberadamente he omitido miedo insuperable, obrar en cumplimiento de un deber, alteraciones psíquicas, etc... No iba a poner la lista entera, de ahí los puntos suspensivos, los que había puesto eran suficientes para captar lo que quería decir.
 
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Polillos

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8 Nov 2018
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Creéis que este año seguirán con 100 palabras? O cambiarán? Corte de 5...🙄
 
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6 Sep 2018
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Correr insensatos! Telepizza es vuestro peor enemigo 🤣

A nosotros nos están haciendo el test rápido para entrar en la escuela. No se que precio tiene la prueba pero si es sobre 5€ como comenta algún compañero no vería mal hacerla antes de las pruebas. El problema es si uno da positivo, estará excluido? Se pospone su prueba física? Hasta cuándo si sigue dando positivo? Eso va a ser el gran dilema...

A ver si se pronuncian pronto y hay algo de luz en vuestro proceso selectivo.

Mucha suerte y a darle duro 💪

En GC al menos ya han dado respuesta... Si eres positivo estás fuera:

– Prohibición de asistencia a los exámenes de cualquier persona con síntomas o signos compatibles con el COVID-19, así como de aquellas que se encuentren en aislamiento preventivo por diagnóstico de COVID-19 o en período de cuarentena por contacto estrecho con un caso de COVID-19, salvo que presente informe o certificación médica, que acredite, sin lugar a dudas, mediante el test o prueba similar, que no se encuentra en fase aguda de contagio, todo ello valorado por personal facultativo que habrá en cada sede. En caso de que se detecte que cualquiera de los asistentes presente alguno de los síntomas o signos referidos, se dispondrá el aislamiento de dicha persona y se pondrá en conocimiento del servicio de salud competente.
 
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12 Dic 2019
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Eso no lo haría un opositor de tu talla... eres aquí un veterano de guerra, como el Sargento de artilleria Highway...
esta promoción y la anterior a ti y a mi entre otros muchos de aquí, nos ha dado un palazo en la boca que vamos a cagar dientes hasta jurar bandera... pero también nos ha hecho aun mas duros, si es que se puede ya...
deja que te muestre una foto, que resulta que llego a mi el mismo día que suspendí los psicos, osea, el mismo que tu, y créeme que no se me olvida
Me lo guardo!!! Tremenda imagen
 
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19 Jun 2018
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Compañero, sin acritud, pero llevas un cacao de la hostia ... Robar, hurtar, matar siempre es delito, siempre.

Otra cosa es que hayan errores de hecho y derecho, excusas absolutorias, estados de necesidad, legítima defensa... Pero esas acciones están tipificadas, todas, como delitos.

Sin acritud, un delito es un acto u omisión típico, antijurídico, culpable y punible.

Ergo si hay una causa absolutoria de cualquier clase NO ES DELITO, que esté en el código penal significa que es típico, solo una de las 4 condiciones para que sea un delito
 
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29 Mayo 2019
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En GC al menos ya han dado respuesta... Si eres positivo estás fuera:

– Prohibición de asistencia a los exámenes de cualquier persona con síntomas o signos compatibles con el COVID-19, así como de aquellas que se encuentren en aislamiento preventivo por diagnóstico de COVID-19 o en período de cuarentena por contacto estrecho con un caso de COVID-19, salvo que presente informe o certificación médica, que acredite, sin lugar a dudas, mediante el test o prueba similar, que no se encuentra en fase aguda de contagio, todo ello valorado por personal facultativo que habrá en cada sede. En caso de que se detecte que cualquiera de los asistentes presente alguno de los síntomas o signos referidos, se dispondrá el aislamiento de dicha persona y se pondrá en conocimiento del servicio de salud competente.
el que lleve estudiando un año, y no tengan que llevar PCR se va a quedar en su casa. no se lo cree nadie.
 
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18 Mar 2017
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En GC al menos ya han dado respuesta... Si eres positivo estás fuera:

– Prohibición de asistencia a los exámenes de cualquier persona con síntomas o signos compatibles con el COVID-19, así como de aquellas que se encuentren en aislamiento preventivo por diagnóstico de COVID-19 o en período de cuarentena por contacto estrecho con un caso de COVID-19, salvo que presente informe o certificación médica, que acredite, sin lugar a dudas, mediante el test o prueba similar, que no se encuentra en fase aguda de contagio, todo ello valorado por personal facultativo que habrá en cada sede. En caso de que se detecte que cualquiera de los asistentes presente alguno de los síntomas o signos referidos, se dispondrá el aislamiento de dicha persona y se pondrá en conocimiento del servicio de salud competente.

Pues nada, más vale que no te den ganas de toser porque te hayas comido almendra como Fernando Simón, sino te echarán cual agua sucia. Recordad traer un par de caramelos de menta.

PD: dejad los frutos secos para otro día.
 
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20 Abr 2020
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Alguien entrena en el polideportivo de albolote en granada? Es que me acaban de decir que las físicas de la nacional se van a realizar allí, por si alguien de los que entrenan allí ha escuchado algo...
 
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Sirio_XXXV

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27 Mayo 2019
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Sin acritud, un delito es un acto u omisión típico, antijurídico, culpable y punible.

Ergo si hay una causa absolutoria de cualquier clase NO ES DELITO, que esté en el código penal significa que es típico, solo una de las 4 condiciones para que sea un delito
Y no es lo que he dicho en mi segundo párrafo, que esas acciones están todas tipificadas como delito, y que después entran a jugar variables que nosotros no valoramos sino un juez?

En primer lugar hablas de moralidad para hablar de si es delito o no, cuando la moralidad es un arma peligrosa pues cada persona tiene la suya (para un padre que han violado a su hija sería moral desmembrar a sus agresores y parte de la sociedad vería que no hay nada que reprochar) intento explicarte que todas esas acciones están tipificadas como delitos (que como policía es lo que nos importa) y las "justificaciones" son para otros, y en lugar de aceptar mi punto de vista, intentas subir el "nivel intelectual" de la conversación, cuando antes te limitabas a hablar de moral.
 
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22 Mayo 2014
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Alguien entrena en el polideportivo de albolote en granada? Es que me acaban de decir que las físicas de la nacional se van a realizar allí, por si alguien de los que entrenan allí ha escuchado algo...

Y ya que te han dicho que se van a realizar allí no te han dicho fechas?
 
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Granaino13

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11 Jul 2019
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Alguien entrena en el polideportivo de albolote en granada? Es que me acaban de decir que las físicas de la nacional se van a realizar allí, por si alguien de los que entrenan allí ha escuchado algo...

Pues ni idea. Si tiene pista de atletismo cerca es posible.
No se si puedes decir donde lo has oído. Gracias
 
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20 Abr 2020
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Pues ni idea. Si tiene pista de atletismo cerca es posible.
No se si puedes decir donde lo has oído. Gracias
Sí me he metido para ver si tiene pista y sí y además han realizado los exámenes lo de seguridad privada allí... Pues me ha llegado el rumor y directamente he llamado me han confirmado que sí pero nada de fechas, me han dicho que espere a que se haga oficial, vamos muy maja la chica jajajajajaja
 
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19 Jun 2018
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Y no es lo que he dicho en mi segundo párrafo, que esas acciones están todas tipificadas como delito, y que después entran a jugar variables que nosotros no valoramos sino un juez?
No, tu has dicho que todo lo que esté en el CP es delito, y no es cierto, el CP solo tipifica hechos u omisiones, que en caso de ser antijuridicas culpables y punibles son delito, en caso contrario no lo son.

Por eso hurtar para comer una barra de pan no es delito, solo conllevaría responsabilidad civil, y eso de que un Juez tiene que decir si al final no es delito es todo lo contrario... Un dubio pro reo... No es delito nada, hasta que un juez considera que se han dado las 4 condiciones, el hurto famélico no es delito antes, durante ni después del juicio
 
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19 Jun 2018
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No, tu has dicho que todo lo que esté en el CP es delito, y no es cierto, el CP solo tipifica hechos u omisiones, que en caso de ser antijuridicas culpables y punibles son delito, en caso contrario no lo son.

Por eso hurtar para comer una barra de pan no es delito, solo conllevaría responsabilidad civil, y eso de que un Juez tiene que decir si al final no es delito es todo lo contrario... Un dubio pro reo... No es delito nada, hasta que un juez considera que se han dado las 4 condiciones, el hurto famélico no es delito antes, durante ni después del juicio

En ningún caso he dicho que no se deba detener, simplemente que no es delito, pero eso no es cosa de un policía si no de un Juez, pero no es delincuente alguien por llevarse una barra de pan, de eso estábamos hablando
 
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Sirio_XXXV

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27 Mayo 2019
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No, tu has dicho que todo lo que esté en el CP es delito, y no es cierto, el CP solo tipifica hechos u omisiones, que en caso de ser antijuridicas culpables y punibles son delito, en caso contrario no lo son.

Por eso hurtar para comer una barra de pan no es delito, solo conllevaría responsabilidad civil, y eso de que un Juez tiene que decir si al final no es delito es todo lo contrario... Un dubio pro reo... No es delito nada, hasta que un juez considera que se han dado las 4 condiciones, el hurto famélico no es delito antes, durante ni después del juicio
De acuerdo compañero, tienes razón.
 
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