Ley de personal
Art 41 .3. El ascenso por promoción interna exigirá estar en posesión de la titulación del subgrupo de clasificación correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4.
17.4. Las escalas se clasifican en los siguientes grupos y subgrupos profesionales: a) Las Escalas Superior y Ejecutiva se clasifican ambas en el Grupo A, subgrupo A1. b) La Escala de Subinspección se clasifica en el Grupo A, subgrupo A2. c) La Escala Básica se clasifica en el Grupo C, subgrupo C1.
Ahora me dirán que con las formaciones en la academia , se podrá obtener el grado..etc...donde está escrito? si me encuentra una Ley o normativa que diga, que con bachillerato+ENP+formación oficial+formación sub es un grado,citenla y me daré por un desinformado del tema.
Obviamente no existe tal ley, ni tal escrito.
Que conste que no me posiciono con nadie, pero me gusta informarme y he encontrado esto que me parece interesante, pone muchas equivalencias y entre ellas está la de oficial de
policía:
http://www.mecd.gob.es/mecd/servici...encias-con-fp-fuerzas-de-seguridad/ficha.html
Oficial de Policía y Policía de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, Categoría Primera (Superior) y Categoría Segunda (Inferior).
Estas equivalencias se establecen según lo regulado en la Orden ECI/1995/2007, de 29 de junio, (BOE del 6 de julio), por la que se establece la equivalencia de las categorías de
Policía y Oficial de
Policía, de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de
Policía a los títulos de Técnico y Técnico Superior, respectivamente, correspondientes a la formación Profesional del sistema educativo.
Para quienes hayan obtenido el nombramiento de Oficial de
Policía de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de
Policía, Categoría Primera (Superior), se establece una equivalencia genérica, a efectos de acceso a empleos públicos y privados, y acceso a estudios universitarios, con el título de Técnico Superior.
Para obtener esta equivalencia, también es necesario acreditar que el interesado está en posesión del título de Bachiller derivado de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación o de una titulación o estudios equivalentes a efectos académicos con dicho título.
Para quienes hayan obtenido el nombramiento de
Policía de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de
Policía, Categoría Segunda (Inferior), se establece una equivalencia genérica, a efectos de acceso a empleos públicos y privados, con el título de Técnico.
Creo que es por lo que preguntabas, cuando asciende a oficial de
policía te dan el equivalente para subir a subí y desde aquí el equivalente a grado para inspector, está explicado e el enlace. Todo esto con bachillerato o equivalente que es lo que nos piden al acceder.