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15 Mayo 2015
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¿Quién puede convocar una sesión extraordinaria de la Cámara?

a) El Gobierno y la Diputación Permanente.
b) La a), además de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
c) El presidente de la Cámara respectiva.
Digo también B, gobierno y diputación permanente seguro, y la mayoría absoluta me suena bastante..
 
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28 Oct 2014
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Digo también B, gobierno y diputación permanente seguro, y la mayoría absoluta me suena bastante..

Sería la C, es algo puñetera la pregunta, según la respuesta, no es lo mismo "solicitar la convocatoria" (B), que "convocar", solo pudiendo esto corresponder al presidente de la cámara.
 
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15 Mayo 2015
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Sería la C, es algo puñetera la pregunta, según la respuesta, no es lo mismo "solicitar la convocatoria" (B), que "convocar", solo pudiendo esto corresponder al presidente de la cámara.
He ido al temario y ni aparece.. Lo único lo otro que remite al 73 ce, si es de ocs, me prece que rizar el rizo, como aquello de las 144h de los detenidos por terrorismo!:rolleyes:

Pd; es buena, pero si encuentras ley o algo avisa!
 
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28 Oct 2014
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28 Oct 2014
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Señale lo incorrecto con relación a la expulsión gubernativa:
  • A) Es una sanción alternativa a la multa.
  • B) Solo es aplicable a extranjeros extracomunitarios.
  • C) Requiere un procedimiento judicial sancionador previo que examine las circunstancias que determinarán la posible imposición de tal medida.

Pufff qué cañero estás...

Diría la A porque es para penas privativas de libertad superiores a un año y no he visto nada multas..., por otro lado..., no estoy seguro si es solo es para los extracomunitarios...


Edito: vale ya lo vi, mira que me salió en una pregunta de una app...
 
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2 Feb 2015
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No es la C. La respuesta está en el 55 y en el 17 CE.
Cuál es?
Señale lo incorrecto con relación a la expulsión gubernativa:
  • A) Es una sanción alternativa a la multa.
  • B) Solo es aplicable a extranjeros extracomunitarios.
  • C) Requiere un procedimiento judicial sancionador previo que examine las circunstancias que determinarán la posible imposición de tal medida.
Cuál es entonces?
 
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2 Feb 2015
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Esta mal. El Habeas corpus es el 17.4 y no se suspende en el estado de excepción.

Derechos y libertades que pueden ser suspendidos. La Constitución prevé la posibilidad de suspender los siguientes derechos y libertades:

- El derecho a la libertad y seguridad personales (art. 17). Declarado el estado de excepción, podrá procederse a la detención de cualquier persona siempre que existan fundadas sospechas de que esa persona vaya a provocar alteraciones del orden público, durante un plazo máximo de diez días, debiéndose comunicar en el plazo de veinticuatro horas dicha detención al juez, quien podrá requerir en cualquier momento información sobre la situación del detenido. No afecta al procedimiento de habeas corpus, con lo cual, toda persona detenida ilegalmente podrá ser de inmediato puesta en libertad. En el estado de sitio, se prevé también la posibilidad de suspender las garantías jurídicas del detenido (asistencia letrada, derecho a ser informado de la acusación...) previstas en el artículo 17.3.

http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=55&tipo=2
 
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