Cuántos juzgados centrales hay? hice un test de todopolicia y me dice que son 5, en cambio solo encuentro 4 (de lo penal, instrucción, menores y vigilancia penitenciaria)
poderjudicial dijo:La Audiencia Nacional está integrada por:
- Seis juzgados centrales de instrucción penal
- Cuatro Salas: De Apelación, Penal, Contencioso-administrativo y Social.
- Además, están adscritos a la Audiencia Nacional doce juzgados centrales de lo contencioso, un juzgado central de lo penal y un Juzgado de Menores."

La respuesta según el autor del test es la B. Pero a mí no me convence, y argumento diciendo:
Respuesta B: Evidentemente no puede ser penado por algo que se escapaba a su voluntad, aún siendo transitoria. En cuanto al comportamiento humano que ahí describe ... ¿a qué se refiere?, ¿ a la conducta? ¿a la voluntad? La verdad es que está muy coja la respuesta.
Gracias walter, el concepto sí lo tenía claro, el de enfermedad grave que te provoca una ausencia de control. Es más bien que no me entraba en el cerebelo el concepto de antijurídico, ya que está supeditado a la tipicidad a la justificación. Es en esta última donde no me queda del todo claro, ¿la acción está justificada? o, ¿inculpada (ausente de culpabilidad)? dos conceptos distintos.Es correcta la B. Te dejo un extracto de un manual de Derecho penal acerca de la epilepsia:
"Así, por ejemplo, y aunque resulta discutido, los ataques convulsivos propios un ataque epiléptico, la narcosis o embriaguez letárgica, o la hipnosis pueden dar lugar a la ausencia de comportamiento, activo u omisivo, por encontrarse ausente en el sujeto toda voluntad".

Gracias walter, el concepto sí lo tenía claro, el de enfermedad grave que te provoca una ausencia de control. Es más bien que no me entraba en el cerebelo el concepto de antijurídico, ya que está supeditado a la tipicidad a la justificación. Es en esta última donde no me queda del todo claro, ¿la acción está justificada? o, ¿inculpada (ausente de culpabilidad)? dos conceptos distintos.
Por ejemplo, la legítima defensa es una acción justificada porque tu eres dueño de la acción. El estado de necesidad igual, pero un estado de ausencia de conocimiento, ¿es justificable? o, ¿inculpable?

Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo es el que echas de menos.
Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial (Vigente hasta el 15 de Julio de 2015).
"Artículo 1. El Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Juzgados Centrales de Instrucción, los Juzgados Centrales de lo Penal, los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, los Juzgados Centrales de Vigilancia Penitenciaria y el Juzgado Central de Menores tienen jurisdicción en toda España."
[EDITO]
Como curiosidad mira lo que dice la web oficial:
Este último supongo que se refiere al Central de Menores, pero, ¿y el de vigilancia?, ¿se lo han comido?
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es...rmacion-institucional/Composicion/Composicion

- "Los emancipados que residiendo habitualmente en el extranjero adquieran voluntariamente otra nacionalidad o utilicen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuviera atribuida antes de la emancipación perderán la nacionalidad española"
Mi duda es, ¿puede tener una nacionalidad extranjera ANTES de la emancipación?


Gracias por la respuesta, lo que no entiendo es: perder la nacionalidad extranjera que tenía ANTES de la emancipación.. eso es posible? entiendo por emancipación que la persona es española de origen y se va al extranjero... como va a perder la nacionalidad extranjera que tuviese antes de irse??


ahhh ok, es que al leer que la nacionalidad es española de ORIGEN, tenía en la cabeza que tenía que ser un español...
gracias

Bien explicado, a mi ese punto me tenia liao tambien...Se refiere a que yo soy ruso..., me nacionalizo, me pierdo a Rusia y vuelvo a usar dicha nacionalidad, perderé la española y volveré a tener la rusa de nuevo (que es la que tenía antes de nacionalizarme).

Siempre tienes derecho a no declarar.Buenas tardes, tengo la siguiente duda: Si durante el Estado de Sitio se anula completamente el artículo 17 de la CE, que ocurre con el "Derecho a no declarar" ¿Cómo se lleva a la práctica la anulación de ese derecho?



