Buenas @robertomsem,
Te pego un post que escribí hace tiempo en el que explicaba por qué me parecía injusta la prueba de la vista, quizá te sirva:
- No permite la utilización de lentes correctoras para realizarla, pero la utilización de gafas o lentillas no supone ningún impedimento ni limitación a la función policial , como así demuestran los innumerables casos de miembros en activo que las utilizan a diario en su trabajo y no por ello son incapacitados o declarados en segunda actividad. Y como también demuestra que para el acceso a otros cuerpos de seguridad se permita pasar esta prueba con gafas o lentillas.
- Si el límite que se considera necesario para desempeñar correctamente la labor policial es de 2/3 de la agudeza visual normal en cada ojo, esto debe ser independiente de que esta se consiga con corrección o sin ella.
- Según la escala Wecker, utilizada en las valoraciones periciales para medir la pérdida visual global, una agudeza visual de 2/3 en cada uno de los ojos equivaldría a un 16 % de pérdida visual. Es por tanto este el criterio que se debería tener en cuenta a la hora de declarar la incapacidad para desempeñar la función policial (una pérdida visual mayor del 16%). Con el actual sistema se dan casos de opositores declarados no aptos con una visión global mejor que otros que sí son declarados aptos (como se puede ver el la tabla adjunta, en la que los cuadros resaltados en amarillo serían opositores declarados no aptos, pero con menor pérdida visual que la equivalente a la máxima exigida
- Para pasar esta prueba muchos opositores se ven obligados a someterse a operaciones que conllevan unos riesgos altos, que pueden producir graves efectos secundarios, incluso a largo plazo, y que se evitarían pudiendo realizarla con las gafas o lentillas que usan en su día a día. Es bastante ilustrativo echar un vistazo a la web de alguna de las asociaciones de afectados por la cirugía refractiva.
- Se da también la circunstancia de que los opositores se tienen que someter a la cirugía refractiva sin saber si han sido aptos en el resto de la oposición. Es posible que cuando se vuelvan a presentar se les haya modificado otra vez la graduación y ya no consigan ver la línea de 2/3 sin corrección y una segunda operación no sea posible.
- Hoy día los materiales con los que se fabrican las gafas y las lentes de contacto son totalmente seguros y permiten la práctica de cualquier actividad, incluso proporcionando mayor protección (ejemplo de ello son las gafas de policarbonato utilizadas en algunos deportes). Posiblemente esto no ocurría en 1988 cuando se aprobó el cuadro de exclusiones.
Por todo esto, por la salud visual de los futuros miembros del CNP, lo que busco es que se modifique el apartado 4.1.1 del cuadro de exclusiones médicas por este otro:
4.1.1 Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en ambos ojos con o sin corrección, según la escala de Wecker. Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán utilizar gafas o lentillas.
(Así es tal y como viene la realización de la prueba para algunas policías locales, creo recordad que por ejemplo la de Madrid es así)
En su momento escribí un correo a todos los sindicatos de
policía y también a las asociaciones de afectados por la cirugía refractiva. Solo recibí respuesta de las asociaciones de afectados. Se mostraron dispuestos a colaborar conmigo de la forma en la que creyese oportuna. Al final lo aparqué porque consigo pasar la prueba, eso sí, muy justo.
Espero que lo muevas lo suficiente para conseguir cambiarlo, eres joven y tienes tiempo para conseguirlo (yo si me hubiese tenido que meter en ello, aunque lo hubiese conseguido, me habría hecho demasiado viejo

), y sobre todo, creo que tienes razones más que suficientes para pedir que se cambie.
Si crees que te puedo ayudar en cualquier cosa me envías un privado.
Un saludo