Mira, último mensaje sobre esto. No es suponer, o estás ciego o no te has mirado la LO 4/10 de Régimen Disciplinario del
CNP o te estás riendo de mí.
En la CE se dice que la pena de muerte está permitida en función a lo que digan las leyes militares para tiempos de guerra. Pero de hecho, la pena de muerte está abolida para todos, incluidos militares.
Si hubieran preguntado el Art 15 de la CE y hubieran puesto literal
Artículo 15
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o a tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
Me imagino que tú habrías impugnado porque la pena de muerte está abolida.
Es el mismo caso. Una ley que hace referencia a otra que está derogada, pero la ley que preguntan no lo está.