jejejejejejjeje and the winner is.... jejejejeje
@granero y
@alvaroaam93!!!!
Es como más o menos dice Granero. El art. 10 del Reglamento de armas, cuando habla de la licencia D, solo dice
LLEVAR y
USAR hasta
5 armas de la categoría 2ª.2, es decir, largas rayadas para caza mayor. Pero en realidad puedes
POSEER las que quieras!!! o mejor dicho,
las que te autoricen (que pueden ser más de cinco y de doce, como en el caso de la licencia E), porque aquí viene lo que dijo Granero, que es cierto: al concederte la licencia D puedes tienes derecho a poseer una, necesitando para cada una de las restantes una autorización de la Intervención de Armas de la Guardia Civil. Pero como poder POSEER podrías POSEER más de cinco. Ahora bien, si por ejemplo te vas a una montería de caza mayor, solo podrías LLEVARTE y USAR en la montería hasta cinco.
Así que la correcta es la C)
Un saludo a todos y espero haber podido arrojar algo más del luz sobre esto porque a veces crea confusión.