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Preguntas ARMAS (tema 35)

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Unido
19 Ago 2014
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Tipo de culote que lleva la vaina de un revólver:
A.Ranurado
B.Pestaña
C.Boxer
 
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8 Sep 2014
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¿Se puede expedir una licencia de armas a un español residente en Francia?

a) Sí
b) No
c) Sí, por ser un país de la UE
 
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Spetsnaz

Amat Victoria Curam
POLICÍA
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28 Oct 2014
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Está rebuscada eh... Ni idea pero me voy a mojar. B
 
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8 Sep 2014
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Yo usando la lógica diría también B. Yo creo que lo de español es para confundir, y ha de tener residencia, principalmente para el control de esa arma
 
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Amat Victoria Curam
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28 Oct 2014
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Yo usando la lógica diría también B. Yo creo que lo de español es para confundir, y ha de tener residencia, principalmente para el control de ese arma

Yo lo digo porque si viajas, no hay problema con la licencia europea, pero me huele que siendo residente de un país, dicho país es el que te debe de dar la licencia. Esto son conjeturas.
 
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8 Sep 2014
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Yo lo digo porque si viajas, no hay problema con la licencia europea, pero me huele que siendo residente de un país, dicho país es el que te debe de dar la licencia. Esto son conjeturas.

Creo que estás mezclando conceptos, la pregunta va enfocada a una persona que quiere sacarse la licencia en España, por ejemplo la D, sin ser poseedor de ninguna licencia de armas en Francia.
 
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Spetsnaz

Amat Victoria Curam
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28 Oct 2014
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Pues entonces creo que C.

“1. Nadie podrá llevar ni poseer armas de fuego en territorio español sin disponer de la correspondiente autorización expedida por los órganos administrativos a quienes este Reglamento atribuye tal competencia. Si se tratara de personas residentes en un Estado miembro de la Comunidad Económica Europea distinto de España, la concesión de la autorización deberá ser comunicada a la autoridad competente de dicho Estado.”
 
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8 Sep 2014
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Pues entonces creo que C.

“1. Nadie podrá llevar ni poseer armas de fuego en territorio español sin disponer de la correspondiente autorización expedida por los órganos administrativos a quienes este Reglamento atribuye tal competencia. Si se tratara de personas residentes en un Estado miembro de la Comunidad Económica Europea distinto de España, la concesión de la autorización deberá ser comunicada a la autoridad competente de dicho Estado.”

Sí, no lo explica muy bien, pero es como sospechaba, recibe el mismo tratamiento que como si no fuese español.
 
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12 Nov 2011
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Una cosa es autorización y otra licencia. A un español residente en Francia no se le puede dar licencia alguna
 
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8 Sep 2014
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Una cosa es autorización y otra licencia. A un español residente en Francia no se le puede dar licencia alguna

Una licencia es una autorización para portar armas, igual que un permiso de conducción es una autorización para llevar un coche.

Quizá lo veas mejor en este ejemplo, del reglamento de armas:
Artículo 49

1. Para adquirir armas de fuego en España será necesario haber obtenido una autorización previa a tal efecto.

2. No se podrá conceder dicha autorización a una persona residente en otro Estado miembro de la Comunidad Económica Europea cuando éste la exija en su territorio, salvo que conste fehacientemente en el procedimiento el consentimiento de las autoridades competentes de dicho Estado.
 
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Spetsnaz

Amat Victoria Curam
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28 Oct 2014
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Pues es verdad que no es lo mismo, aunque estén en el mismo capítulo, "licencias en general". Pero requisito de residencia no veo. ¿Cómo va la cosa?
 
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Spetsnaz

Amat Victoria Curam
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28 Oct 2014
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Una licencia es una autorización para portar armas, igual que un permiso de conducción es una autorización para llevar un coche.

Quizá lo veas mejor en este ejemplo, del reglamento de armas:
Artículo 49

1. Para adquirir armas de fuego en España será necesario haber obtenido una autorización previa a tal efecto.

2. No se podrá conceder dicha autorización a una persona residente en otro Estado miembro de la Comunidad Económica Europea cuando éste la exija en su territorio, salvo que conste fehacientemente en el procedimiento el consentimiento de las autoridades competentes de dicho Estado.

Vaya que si eres un español y vives en Francia por cojones debes de pedirla aquí, a menos que España le haga saber a Francia que no hay problema, ¿no?
 
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8 Sep 2014
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Vaya que si eres un español y vives en Francia por cojones debes de pedirla aquí, a menos que España le haga saber a Francia que no hay problema, ¿no?

Si resides en Francia tendrás el mismo tratamiento que un francés, entiendo yo, y tendrás que irte al artículo que pusiste tú antes.
 
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Spetsnaz

Amat Victoria Curam
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28 Oct 2014
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El art. 102 habla de personas con residencia en España

Pues por eso, "solamente podrán ser expedidas a residentes en territorio español" por tanto si resides en Francia no te la dan.

Se nos había pasado ese jejeje.
 
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8 Sep 2014
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Pues por eso, "solamente podrán ser expedidas a residentes en territorio español" por tanto si resides en Francia no te la dan.

Se nos había pasado ese jejeje.

Vamos a ver:

CAPITULO V

Licencias, autorizaciones especiales y tarjetas de armas

SECCION 1

Licencias en general y tarjetas

Licencias en general

Artículo 96

1. Nadie podrá llevar ni poseer armas de fuego en territorio español sin disponer de la correspondiente autorización expedida por los órganos administrativos a quienes este Reglamento atribuye tal competencia. Si se tratara de personas residentes en un Estado miembro de la Comunidad Económica Europea distinto de España, la concesión de la autorización deberá ser comunicada a la autoridad competente de dicho Estado.

2. La tenencia y el uso de las armas de las categorías 1.ª, 2.ª y 3.ª precisará de licencia de armas.

3. La licencia de armas A, con la eficacia de las licencias B, D y E, reguladas en los artículos 99 a 104 de este Reglamento documentará las armas de las categorías 1.ª, 2.ª y 3.ª de propiedad privada del personal de los Cuerpos Específicos de los Ejércitos, de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y del Servicio de Vigilancia Aduanera.

4. Las demás licencias para armas de las categorías 1.ª, 2.ª y 3.ª serán:

  • a) La licencia de armas B para armas de fuego cortas de particulares.
  • b) La licencia C, para armas de dotación del personal de vigilancia y seguridad no comprendido en el apartado 3.
  • c) La licencia D de arma larga rayada para caza mayor.
  • d) Los poseedores de armas de las categorías 3.ª y 7.ª, 2 y 3, precisarán licencia de armas E.

Y para mi cuando habla de autorización se refiere a licencia.
 

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