

C, con matices.¿Se puede expedir una licencia de armas a un español residente en Francia?
a) Sí
b) No
c) Sí, por ser un país de la UE

Yo usando la lógica diría también B. Yo creo que lo de español es para confundir, y ha de tener residencia, principalmente para el control de ese arma

Yo lo digo porque si viajas, no hay problema con la licencia europea, pero me huele que siendo residente de un país, dicho país es el que te debe de dar la licencia. Esto son conjeturas.


Pues entonces creo que C.
“1. Nadie podrá llevar ni poseer armas de fuego en territorio español sin disponer de la correspondiente autorización expedida por los órganos administrativos a quienes este Reglamento atribuye tal competencia. Si se tratara de personas residentes en un Estado miembro de la Comunidad Económica Europea distinto de España, la concesión de la autorización deberá ser comunicada a la autoridad competente de dicho Estado.”

Una cosa es autorización y otra licencia. A un español residente en Francia no se le puede dar licencia alguna

Una licencia es una autorización para portar armas, igual que un permiso de conducción es una autorización para llevar un coche.
Quizá lo veas mejor en este ejemplo, del reglamento de armas:
Artículo 49
1. Para adquirir armas de fuego en España será necesario haber obtenido una autorización previa a tal efecto.
2. No se podrá conceder dicha autorización a una persona residente en otro Estado miembro de la Comunidad Económica Europea cuando éste la exija en su territorio, salvo que conste fehacientemente en el procedimiento el consentimiento de las autoridades competentes de dicho Estado.

Vaya que si eres un español y vives en Francia por cojones debes de pedirla aquí, a menos que España le haga saber a Francia que no hay problema, ¿no?

Yo lo sigo viendo igual. Art. 102

El art. 102 habla de personas con residencia en España

Pues por eso, "solamente podrán ser expedidas a residentes en territorio español" por tanto si resides en Francia no te la dan.
Se nos había pasado ese jejeje.