En relación al Régimen de Personal de la
Policía Nacional, será competente para resolver sobre la solicitud de compatibilidad para un segundo puesto o actividad, tanto en el sector público como en el sector privado:
a) El Ministro de Interior, a través del Secretario de Estado de Seguridad.
b) El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a propuesta del Director General de la Policía.
c) El Director General de la
Policía, a través del Delegado bajo la autoridad del Secretario y Ministerio de Interior.
Esa es impugnable? Como respuesta puso un Ministerio antiguo, el nuevo se llama
Ministerio de Hacienda y Función Pública