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20 Abr 2020
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16 Mar 2021
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Esta pregunta no la veis impugnable? Veo tan válida a) como b).

Según nuestro Código Penal, la conspiración existe cuando se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo:

a) Más de dos personas.
b) Más de una persona.
c) Con una persona es suficiente.
 
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7 Sep 2015
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Esta pregunta no la veis impugnable? Veo tan válida a) como b).

Según nuestro Código Penal, la conspiración existe cuando se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo:

a) Más de dos personas.
b) Más de una persona.
c) Con una persona es suficiente.
No porque con 2 personas ya se puede, no hace falta que sean mas de 2
 
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7 Mayo 2020
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Esta pregunta no la veis impugnable? Veo tan válida a) como b).

Según nuestro Código Penal, la conspiración existe cuando se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo:

a) Más de dos personas.
b) Más de una persona.
c) Con una persona es suficiente.
En el cp pone 2 o mas personas, mínimo 2, la c se descarta y la a también por que no se requiere 3 mínimo, yo me la comí con patatas…
 
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18 Jun 2017
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A ver si alguien me explica lo del Robo y Hurto de uso de vehículos. Yo puse como buena Charlie" Robo y Hurto de uso de vehículos" dando por hecho que no es un robo con fuerza pero según el artículo 244 del CP el delito que recoge esta acción es el " Robo y Hurto de uso de vehículos a motor. Me puede decir alguien el motivo de que sea errónea?
Pues a la espera de impugnaciones 5.15 teórico y 5.02 psicos..En la cuerda floja...
 
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7 Sep 2015
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En relación al Régimen de Personal de la Policía Nacional, será competente para resolver sobre la solicitud de compatibilidad para un segundo puesto o actividad, tanto en el sector público como en el sector privado:
a) El Ministro de Interior, a través del Secretario de Estado de Seguridad.
b) El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a propuesta del Director General de la Policía.
c) El Director General de la Policía, a través del Delegado bajo la autoridad del Secretario y Ministerio de Interior.

Esa es impugnable? Como respuesta puso un Ministerio antiguo, el nuevo se llama Ministerio de Hacienda y Función Pública
 
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Jdax888

Veterano
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12 Ene 2021
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Esta pregunta no la veis impugnable? Veo tan válida a) como b).

Según nuestro Código Penal, la conspiración existe cuando se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo:

a) Más de dos personas.
b) Más de una persona.
c) Con una persona es suficiente.
No. En el primer caso son tres, cuatro, cinco... En el segundo, dos, tres, cuatro...
 
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12 Abr 2023
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Hay jurisprudencia del TS que llevarte un vehículo aunque lo fuerces, es un hurto. Robo con fuerza se cataloga cuando fuerzas ese vehículo para robar algo del interior del vehículo (un móvil) pero al llevarte ese vehículo se entiende que es el propio objeto lo que hurtas. Caso distinto sería que ese coche estuviera en un garaje y forzaras la entrada para entrar a por él.
[/QUOTE
]
Entonces si te dejas el coche con las llaves puestas por un descuido y se lo llevan, sería hurto como si forcejeas o rompes la ventanilla del coche?
No tiene sentido.
 
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26 Oct 2015
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Oi
A ver si alguien me explica lo del Robo y Hurto de uso de vehículos. Yo puse como buena Charlie" Robo y Hurto de uso de vehículos" dando por hecho que no es un robo con fuerza pero según el artículo 244 del CP el delito que recoge esta acción es el " Robo y Hurto de uso de vehículos a motor. Me puede decir alguien el motivo de que sea errónea?
Pues a la espera de impugnaciones 5.15 teórico y 5.02 psicos..En la cuerda floja...
Porque al pasar más de 48h el delito deja de ser hurto robo de vehículo y pasa a ser hurto
 
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5 Oct 2020
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En relación al Régimen de Personal de la Policía Nacional, será competente para resolver sobre la solicitud de compatibilidad para un segundo puesto o actividad, tanto en el sector público como en el sector privado:
a) El Ministro de Interior, a través del Secretario de Estado de Seguridad.
b) El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a propuesta del Director General de la Policía.
c) El Director General de la Policía, a través del Delegado bajo la autoridad del Secretario y Ministerio de Interior.

Esa es impugnable? Como respuesta puso un Ministerio antiguo, el nuevo se llama Ministerio de Hacienda y Función Pública

En mi opinión no. La DFP siguió dando por válida UIT cuando su denominación ya había cambiado a UCC. Es lo mismo.
 
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1 Mayo 2016
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Y como te explicas que de 1100 notas metidas por usuarios de la plataforma aunque alguno mienta, hay 750 con un 5.... y yo con un 4,5 el 980....
Tú sabes que suele pasar con los aficionados de un partido de fútbol que están viendo como a su equipo le han metido 5 goles en el descanso? Se piran para no ver más sufrimiento...pues aquí pasa lo mismo los que se ven en la pelea ponen sus notas y los que están con un 3 esos ya están desconectando porque saben que ya no va con ellos la fiesta...no desesperes esto no ha acabado y de momento solo salen lo que tienen buena nota
 
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