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tema 3

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27 Ago 2008
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una cosa que me trae un poco loco de cabeza . porque en mis apuntes de ejecutiva pne que la audiencia nacional tiene 4 salas (incluida apelacion) , y en los punest de un amigfo de basica pone que tiene 3 salas , la de apelacion no .. ¿que decíes vosotros?

creo que son 4 ,pero os lo dejo aki para que me lo digais.

graciasss
 
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jardi

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25 Jun 2008
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inspsanchez, si tiene 4 salas: apelción, de lo penal, contencioso-administrativo y civil. suerte para la ejecutiva
 
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jardi

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25 Jun 2008
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perdon civil no, que se me ha ido de lo social
 
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MaNuCNP

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11 Jul 2008
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inspsanchez dijo:
una cosa que me trae un poco loco de cabeza . porque en mis apuntes de ejecutiva pne que la audiencia nacional tiene 4 salas (incluida apelacion) , y en los punest de un amigfo de basica pone que tiene 3 salas , la de apelacion no .. ¿que decíes vosotros?

creo que son 4 ,pero os lo dejo aki para que me lo digais.

graciasss

Efectivamente son 4 salas, como han comentado ya, yo tengo una duda-discusión con mi profesor de jurídicas... a ver si alguien me puede confirmas mis sospechas o le da la razón al profesor:


¿Cuántos juzgados centrales hay?

Gracias de ante mano!! 8)
 
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jardi

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25 Jun 2008
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cuatro: de instrucción, de lo penal, de menores, y de vigilancia penintenciaria
 
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11 Jul 2008
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esos 4 seguro y ahora an creado un juzdago de violenciade genero que puede ser central tambien no lo se fijo
 
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jardi

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25 Jun 2008
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maxton dijo:
esos 4 seguro y ahora an creado un juzdago de violenciade genero que puede ser central tambien no lo se fijo

no ahi juzgados centrales de la violencia de genero, por lo menos yo no lo he encontrado. Haber si algun compañero sabe algo
 
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MaNuCNP

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11 Jul 2008
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Para que nadie se haga lios, dejo este enlace de la ley 38/88:

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 88.t1.html

Mirar el artículo 1 y contar los juzgados centrales.... 8)

No es por presumir pero mi profesor se equivocaba... :lol:

En cuanto al tema del juzgado de violencia de género, lo que se ha creado es el juzgado de violencia sobre la mujer, y tiene como competencia territorial el partido judicial, al igual que los juzgados de instrucción.
 
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2 Oct 2008
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buenas:
este tema lo veo muy complicado de momento de entenderlo, entre juzgados, jurisdiccion, competencias, salas etc no se que es cada cosa y no me entero bien. Pero bueno, a ver si consigo llevarlo adelante...
un saludo
 
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Loes

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19 Nov 2007
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La audiencia nacional 4 salas.
Juzgados centrales: de vigilancia penitenciarias, penal, de menores y de i nstrucción y punto otros 4.

De violencia de género no hay central
 
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MaNuCNP

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11 Jul 2008
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xDavid dijo:
buenas:
este tema lo veo muy complicado de momento de entenderlo, entre juzgados, jurisdiccion, competencias, salas etc no se que es cada cosa y no me entero bien. Pero bueno, a ver si consigo llevarlo adelante...
un saludo

Bueno no te preocupes compañero, lo primero que tienes que hacer es leerte el tema, intentar comprender el máximo de cosas posibles y el resto puedes comentarlas por aquí, y ente todos te intentaremos aclarar los términos en la medida de nuestras posibilidades, o si vas a alguna academia, preguntar a el profesor que en principio debería de saber explicartelo mejor que nosotros, no obstante, si tienes dudas intentaremos explicarte, aunque te aviso que es un tema básicamente memoristico, más que de comprensión.

En cuanto a lo que dice Loes de que son solo 4 los juzgados centrales me remito a la Ley que colgué un par de mensajes más arriba, el juzgado central de lo contencioso-administrativo existe, con sede en Madrid perteneciente a la Audiencia Nacional, como el resto de los juzgados centrales, que a nivel penal no sea útil, no significa que no exista.

Mírate el artículo 1 de la ley 33/88, (el enlace esta un poco más arriba) y cuentalos, sólo añadir que esa Ley está vigente.
 
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Loes

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19 Nov 2007
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MaNuCNP dijo:
xDavid dijo:
buenas:
este tema lo veo muy complicado de momento de entenderlo, entre juzgados, jurisdiccion, competencias, salas etc no se que es cada cosa y no me entero bien. Pero bueno, a ver si consigo llevarlo adelante...
un saludo

Bueno no te preocupes compañero, lo primero que tienes que hacer es leerte el tema, intentar comprender el máximo de cosas posibles y el resto puedes comentarlas por aquí, y ente todos te intentaremos aclarar los términos en la medida de nuestras posibilidades, o si vas a alguna academia, preguntar a el profesor que en principio debería de saber explicartelo mejor que nosotros, no obstante, si tienes dudas intentaremos explicarte, aunque te aviso que es un tema básicamente memoristico, más que de comprensión.

En cuanto a lo que dice Loes de que son solo 4 los juzgados centrales me remito a la Ley que colgué un par de mensajes más arriba, el juzgado central de lo contencioso-administrativo existe, con sede en Madrid perteneciente a la Audiencia Nacional, como el resto de los juzgados centrales, que a nivel penal no sea útil, no significa que no exista.

Mírate el artículo 1 de la ley 33/88, (el enlace esta un poco más arriba) y cuentalos, sólo añadir que esa Ley está vigente.

Ya Manu pero yo 2335234pregunta que me han salido del tema de los juzgados todos eran en el orden penal...
Te preguntarían...en el orden penal, cuantos juzgadoscentrales hay...porque no tienes que saberte los otros
 
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MaNuCNP

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11 Jul 2008
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loes dijo:
MaNuCNP dijo:
xDavid dijo:
buenas:
este tema lo veo muy complicado de momento de entenderlo, entre juzgados, jurisdiccion, competencias, salas etc no se que es cada cosa y no me entero bien. Pero bueno, a ver si consigo llevarlo adelante...
un saludo

Bueno no te preocupes compañero, lo primero que tienes que hacer es leerte el tema, intentar comprender el máximo de cosas posibles y el resto puedes comentarlas por aquí, y ente todos te intentaremos aclarar los términos en la medida de nuestras posibilidades, o si vas a alguna academia, preguntar a el profesor que en principio debería de saber explicartelo mejor que nosotros, no obstante, si tienes dudas intentaremos explicarte, aunque te aviso que es un tema básicamente memoristico, más que de comprensión.

En cuanto a lo que dice Loes de que son solo 4 los juzgados centrales me remito a la Ley que colgué un par de mensajes más arriba, el juzgado central de lo contencioso-administrativo existe, con sede en Madrid perteneciente a la Audiencia Nacional, como el resto de los juzgados centrales, que a nivel penal no sea útil, no significa que no exista.

Mírate el artículo 1 de la ley 33/88, (el enlace esta un poco más arriba) y cuentalos, sólo añadir que esa Ley está vigente.

Ya Manu pero yo 2335234pregunta que me han salido del tema de los juzgados todos eran en el orden penal...
Te preguntarían...en el orden penal, cuantos juzgadoscentrales hay...porque no tienes que saberte los otros

Yo sé lo que me quieres decir, pero por esa misma regla porque tendriamos que saber que existen juzgados como el mercantil, el contenciosos-administrativo, el social, o salas como la civil o social de los diferentes tribunales, total, es uno más.

Y en caso de que nos pongan esa pregunta, digo yo que se remiten a la Ley, y la ley dice que son 5.

De todas maneras... dudo que te pregunte esa cuestión, es demasiado fácil, yo preguntaría por alguna sala... (aunque reconozco que yo sería un miembro del tribunal mamoncete jejej)
 
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11 Oct 2008
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Buenas peña, yo tengo una duda de este tema, supongo q alguna vez se ha preguntado pero soy nuevo en el foro y no lo vi en su momento:

Si un tio es enjuiciado por la Audicencia Provincial y pone un recurso, a que organo va ese recurso?al tribunal supremo? a la audiencia nacional? (a este creo q no, pq aquí se supone que van los recursos de los juzgados centrales solamente no?)

Otra cosa relacionada con el tema el otro dia en la tele me pareció oir algo de una sentencia "firme" de la audiencia provincial sobre la q no cabia recurso. Es esto cierto?

Gracias adelantadas!!
 
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Unido
14 Oct 2008
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Buenas.

Los recursos a la audiencia provincial los resuelven los tribunales superiores de justicia (art. 73. 3. c de la 6/85)

En cuanto a lo de la sentencia firme de la audiencia provincial supongo que solo es posible si pasan los plazos establecidos para interponer recursos. Tampoco hay que fiarse mucho de la tele....

Un saludo
 
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11 Oct 2008
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gracias x la respuesta, aqui va otra duda:

Estudiando el temario de la academia XXXX pone q una de las causas de la extincion de la responsabilidad penal es el perdon del ofendido "en los casos q diga la ley" (o algo asi xD).
Mas adelante dice sobre la Imputabilidad que "la accion penal no se extingue por la renuncia del ofendido, salvo en los delitos semipublicos y privados"
Luego segun este temario se puede deducir q el perdon del ofendido vale para los delitos privados y semipublicos.

Bien, mirando luego el temario de la academia YYYY en la clasificacion de delitos vienen aparte de los privados, publicos y semipublicos (q aparecian en la academia XXXX) los delitos "semiprivados" q pone q se diferencian de los semipublicos en q el perdon del ofendido SI extingue la responsabilidad criminal y a parte en los semipublicos dice "su perdon NO extingue la responsabilidad criminal (Abusos y agresiones sexuales)

Esto me da a entender ke en los semipublicos NO se extingue la responsabilidad por el perdon del ofendido (al menos en esos dos casos), pero mi duda es:
1- q si es un delito semipublico por ACOSO...en ese caso si ke se extingue x el perdon del ofendido??
2-los delitos semiprivados q son??

Siento haber puesto este pedazo de ladrillo...gracias adelantadas otra vez!!
 
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Loes

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19 Nov 2007
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Delitos semipúblicos son los que tratan sobre acoso sexual, agresión sexual, etc...

No extingue la responsabilidad el perdón del ofendido.

Creo que solo extingue en los delitos privados.
 
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MaNuCNP

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11 Jul 2008
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Querubo dijo:
gracias x la respuesta, aqui va otra duda:

Estudiando el temario de la academia XXXX pone q una de las causas de la extincion de la responsabilidad penal es el perdon del ofendido "en los casos q diga la ley" (o algo asi xD).
Mas adelante dice sobre la Imputabilidad que "la accion penal no se extingue por la renuncia del ofendido, salvo en los delitos semipublicos y privados"
Luego segun este temario se puede deducir q el perdon del ofendido vale para los delitos privados y semipublicos.

Bien, mirando luego el temario de la academia YYYY en la clasificacion de delitos vienen aparte de los privados, publicos y semipublicos (q aparecian en la academia XXXX) los delitos "semiprivados" q pone q se diferencian de los semipublicos en q el perdon del ofendido SI extingue la responsabilidad criminal y a parte en los semipublicos dice "su perdon NO extingue la responsabilidad criminal (Abusos y agresiones sexuales)

Esto me da a entender ke en los semipublicos NO se extingue la responsabilidad por el perdon del ofendido (al menos en esos dos casos), pero mi duda es:
1- q si es un delito semipublico por ACOSO...en ese caso si ke se extingue x el perdon del ofendido??
2-los delitos semiprivados q son??

Siento haber puesto este pedazo de ladrillo...gracias adelantadas otra vez!!

Nunca he oído hablar de los delitos semiprivados...

Yo tengo una clasificación que distingue entre varios tipos de delitos semipúblicos, con interes público, puros y con interes privado, solo en estos últimos se acepta el perdón del ofendido. Luego están los privados y publicos.

Lo importante es saber que el acoso y todo eso, no acepta el perdón del ofendido, delitos semipúblicos con interes público.
 
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Loes

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19 Nov 2007
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Pues en mi temario solo tengo:
-Privados: tipo injurias, calumnias ( lo de la ana obregón y esa morralla).
-Semipúblicos: todo lo de acoso y agrsión sexual.
-Públicos: el resto
 
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11 Oct 2008
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Ok muchas gracias, es q en ese temario como ponia solo entre parentesis el abuso y la agresion, pensaba q en el caso del acoso si se permitia el perdon.
 

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