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Lo de los SGD resuelto, graciasActuación en Materia de Menores
Instruye los procedimientos, dirigiendo la investigación para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas. de los hechos. Se constituye en garante del respeto de los derechos fundamentales de los menores infractores y de las víctimas.
Lo siguiente no es de la pregunta en sí pero es muy importante, el MF no puede adoptar las medidas cautelares con los menores, las pide al Juez:
Solicita del Juez de Menores la adopción de medidas cautelares durante la tramitación del procedimiento. En la solicitud de medidas definitivas siempre actúa orientado a la satisfacción del interés superior del menor, velando por que se modifiquen o sustituyan, si es preciso, las impuestas en sentencia.
Y cuidado ahí @Alexphyact que el terrorismo con menores es el Juzgado Central de MEnores, no la AN.Feliz Navidad a todos!En el ámbito de la Administración General del Estado, la facultad de proveer los puestos de libre designación corresponde a los Ministros de los Departamentos de los que dependan y a los Secretarios de Estado en el ámbito de sus competencias.
Sólo pueden cubrirse por este sistema los puestos de Subdirector general, Delegados y Directores territoriales, provinciales o Comisionados de los Departamentos ministeriales, de sus Organismos autónomos y de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, Secretarías de Altos Cargos de la Administración y aquellos otros de carácter directivo o de especial responsabilidad para los que así se determine en las relaciones de puestos de trabajo.
En cuanto a los subsecretarios:
art 63:
Nombrar y cesar a los Subdirectores y asimilados dependientes de la Subsecretaría, al resto de personal de libre designación y al personal eventual del Departamento.![]()


Lo del MF es así seguro ya que tiene esa dualidad con los menores de proteger y acusar que era lo de la pregunta del cruji, pero me refería a quien se encarga de juzgar en ese caso era el Juzgado Central de Menores no la AN. Tú lo has explicado mucho mejor y superdetallado, aunque me queda una duda con tu mensaje porque yo creía que los Juzgados Centrales de Instrucción se encargaban de instruir las causas que competen a la Sala de lo penal de la AN o JCP y cuando había que instruir en caso de delito de banda armada con menores lo hacía el Juzgado Central de Menores.Lo de los SGD resuelto, gracias.
En el tema de los menores... el Juzgado Central del Instrucción "es parte" de la Audiencia Nacional. La que instruye los delitos de menores relacionados con terrorismo es la Fiscalía de Menores de la Audiencia Nacional y el que enjuicia y falla es el Juzgado Central de Menores. No sé si te referías a eso... Yo tengo entendido, y creo que seguro al 100 %, que cualquier delito por menores lo instruye el Ministerio Fiscal, y si es por terrorismo la Fiscalía de Menores de la Audiencia Nacional. @de_0
¿Más opiniones?

En teoría se están colgando en testpolicia pero no han dado el aviso de que ya estén, las fechas son las que son también, pero cuando ya los hayan podido subir seguro que avisarán. Ahora, para los siguientes crujis, si lo quieres en pdf y tenerlo en cuanto salga del horno, tienes que apuntarte en la lista y participar en el haciendo dos o tres preguntas, en la primera página te vienen las instrucciones para hacerlo.Hola a todos, me presento soy Torobufas y también soy opositor!! He estado leyendo este hilo y he visto habéis restringido el acceso a los crujilacros.Que tendría que hacer para poder realizarlos? Un saludo.
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Yo creo que toca doblar de nuevo. El punto álgido de los crujis ya ha pasado...Preguntas enviadas del tema 35.
Me da que esta semana tampoco no se va a completar la lista a tiempo...