4. Exclusiones definitivas:
4.1 Ojo y visión:
4.1.1 Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de
la visión normal en ambos ojos.
4.1.2 Queratotomía radial.
4.1.3 Desprendimiento de retina.
4.1.4 Estrabismo.
4.1.5 Hemianopsias.
4.1.6 Discromatopsias.
4.1.7 Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal
Médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.
4.2 Oído y audición: Agudeza auditiva que suponga una perdida
entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios
a 45 decibelios.
4.3 Otras exclusiones:
4.3.1 Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor
que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan
agravarse, a juicio del Tribunal Médico, con el desempeño del
puesto de trabajo. (Patología ósea de extremidades, retracciones o
limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de
columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).
4.3.2 Aparato digestivo: Ulcera gastro-duodenal y cualquier
otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte el
desempeño del puesto de trabajo.
4.3.3 Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier
causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145
mm/Hg en presión sistólica, y los 90 mm/Hg en presión diastólica;
varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra
patología o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal Médico,
pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.
4.3.4 Aparato Respiratorio: El asma bronquial, la broncopatía
crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión),
la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato
respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.
4.3.5 Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor
de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos
patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
4.3.6 Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan
limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o
limiten el desarrollo de la función policial.
4.3.7 Otros procesos patológicos. Diabetes, enfermedades
transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual,
enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas,
hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier
otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico limite o
incapacite para el ejercicio de la función policial.