señores, os dejo el texto para los que queráis impugnar la pregunta 70. Está revisado por dos academias que me han dado luz verde. Solo tenéis que copiar y pegar en el email y mandarlo a DFP. Recordad que las impugnaciones se tienen en cuenta mientras más gente lo haga, el que se vea afectado que ni lo dude.
Apellido, Nombre:
DNI:
N.º opositor:
Estimado tribunal calificador:
Me pongo en contacto con ustedes a fin de dar cuenta de los posibles fallos en las correcciones de la prueba de conocimientos del proceso selectivo de acceso a la escala básica del Cuerpo Nacional de
Policía, celebrada el 06/03/2021
A continuación cito las referidas preguntas, pasando a detallar el porqué de la queja:
70.- Según el RD 2/2006, por el que se establece normas de prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios de la
Policía Nacional, el sistema de prevención de riesgos se someterá a control periódico, mediante auditorías y evaluaciones, que serán realizadas por la Inspección de Personal y Servicios de Seguridad de la Secretaría de Estado de Seguridad, que a dichos efectos podrá requerir el asesoramiento y colaboración:
A) De los Comités de Seguridad y Salud Laboral
B) De la Comisión de Seguridad y Salud Laboral Policial
C) Del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
En la corrección de dicha pregunta, la opción válida proporcionada es la respuesta C.
-Motivo de la impugnación: Anteriormente conocido como Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), a propuesta de la titular de Empleo y Seguridad Social, procedió a modificarse mediante un Real Decreto por el que se desarrolla la nueva estructura básica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se modificó el RD 424/2016, de 11 de noviembre por el que se estableció la estructura orgánica básica de los Departamentos Ministeriales. Su nueva nomenclatura es: Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, por la Disposición Adicional Décima, del RD 903/2018, de 20 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del actual Ministerio de Trabajo y Economía Social, correspondiéndole igualmente, dichas funciones mencionadas de asesoramiento y colaboración a la Inspección de Personal y Servicios de Seguridad de la Secretaría de Eatado de Seguridad, quedando obsoleto el correspondiente nombre de la respuesta ofrecida como correcta (respuesta C).
Quedando a la espera de su respuesta en los próximos días.
Cordialmente, un saludo.
enviarlo a:
secretariaprocesos.dfp@policia.es