¡Y dale! Eso no hace más que poner de manifiesto que con la nota que se exige en la convocatoria se es apto, pero rebajarlo no supone que quien tenga esa nota de la convocatoria sea apto. El que tiene un 5 es apto, y el que tiene un 4 puede apto y no exime que el que ha sacado un 5 siga siendo apto. En este caso, había gente que defendía que con 25 puntos se debía ser apto, pero la nota de corte establecida era 28 y no se rebajó. Por Dios santo, que bajar la nota de corte no supone que el que tenga un 5 no lo vaya a ser. No temáis. Si yo tengo un 5,5 sé que voy a estar dentro porque lo dice la convocatoria, pero si deciden bajar la nota a un 4,5; sé que igualmente seré apto porque un 5 es mayor que un 4,5.
Imaginemos que quieren que pasen 3000 a la siguiente prueba, si se da el caso DE que la última mejor nota de todos esos 3000 es un 4,7, ESA ES LA NOTA DE CORTE. Sin embargo, si hay 4000 que tienen un 5 o más, pasan esos 4000. Yo de verdad no lo veo tan difícil de comprender. En la ejecutiva este año la nota de corte fue un 4,2, y ello no impidió que quien tuviera un 5, pasara. Y la convocatoria decía lo mismo que en esta (como en todas, ya que esa parte es un corta y pega). Otra cosa es que lo vayan a hacer o no, que puedan cortar con la ortografía o no, o que haya aprobados más que suficientes o no. Pero poderse hacer, se puede y no es "ilegal". De todas formas, me retiro de esta discusión.