Hola a todos. Soy nuevo en este foro, aunque llevo un tiempo leyendo.
Antes de nada, quería presentarme, y de paso, lanzar un mensaje de ánimo a los que como yo, están en la cuerda entre el aprobado y el suspenso.
Desde luego, son días duros, de larga espera y cierta frustración, pero debemos aprender a llevarlo como mejor podamos.
Al hilo de las dudas, me gustaría haceros una pregunta sobre el Habeas Corpus de un menor detenido por causas de terrorismo. En el
examen se dio por válida la opción de los juzgados centrales de instrucción, sin embargo, en otras detenciones similares que se han hecho recientemente, el encargado de esa tarea, fue el juzgado central de menores. Lo digo para ver si podéis aclararme esa duda.
1º ejemplo:
http://www.europapress.es/nacional/...iento-reclutar-yihadistas-20150424155152.html
2º ejemplo:
http://www.lavanguardia.com/interna...ntro-menores-nina-detenida-melilla-yihad.html
y hay decenas más de casos así. Por lo tanto, a efectos de impugnación.. No lo sé la verdad. Gracias de nuevo y un saludo.