6.5 Lugar de realización de las pruebas.
La primera prueba se realizará en las siguientes sedes:
Ávila, Tenerife y Baleares.
La segunda prueba en las siguientes:
A Coruña, Baleares, Granada, Las Palmas de Gran Canaria, Madrid, Sevilla, Valencia, y Zaragoza.
A estos efectos, los opositores deberán consignar en su solicitud la sede de
examen, de entre las citadas, en cada caso, en que deseen realizar las citadas pruebas, quedando vinculados por esta elección para su realización en dicha sede. Los opositores que no ejerciten la referida opción, serán adscritos a la sede de Ávila para la realización de las pruebas físicas y en la sede de Madrid para la realización de las restantes pruebas.
Previo el oportuno anuncio, el Tribunal podrá añadir a las anteriores relaciones otras sedes de examen, o eliminar alguna de las indicadas, cuando así lo aconseje el número de peticionarios o razones de economía de medios, eficacia o funcionalidad, asignando de oficio a los opositores a cada una de ellas.
Igualmente el Tribunal, teniendo en cuenta el número de aspirantes que superen la primera y segunda prueba, determinará la sede o las sedes de
examen para la realización de la parte a) de la tercera prueba y del ejercicio voluntario de idioma.
La parte b) de la tercera prueba (entrevista personal) y la cuarta prueba (reconocimiento médico) se celebrarán en Madrid; si bien el Tribunal podrá, en su caso, determinar otras sedes de
examen para la realización de estas pruebas.