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Preguntas DERECHO (temas 1, 15 y 16)

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8 Feb 2011
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Chic@s a ver si algún compañero ya jurado me puede responder a esta duda personal que tengo, leyendo la instrucción 12/2007 de la secretaría de EStado de Eguridad sobre las personas detenidas, en su instrucción Octava, punto 6, relacionada con el cacheo pone textualmente " Los cacheos se llevarán a cabo, salvo urgencia, por personal del mismo sexo que la persona cacheada..." entonces bajo mi entender esto deja abierto que realmente un policia del género masculino podría cachear a una mujer? tenía entendido que bajo ningún caso...
 
kbacnp dijo:
Chic@s a ver si algún compañero ya jurado me puede responder a esta duda personal que tengo, leyendo la instrucción 12/2007 de la secretaría de EStado de Eguridad sobre las personas detenidas, en su instrucción Octava, punto 6, relacionada con el cacheo pone textualmente " Los cacheos se llevarán a cabo, salvo urgencia, por personal del mismo sexo que la persona cacheada..." entonces bajo mi entender esto deja abierto que realmente un policia del género masculino podría cachear a una mujer? tenía entendido que bajo ningún caso...
Yo tengo entendido, que rara vez cachean una persona de diferente género. Sería una situación límite. :wink:

P.D: yo soy jurado. :wink:
 
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8 Feb 2011
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La Ley del menor, ¿puede aplicarse también a mayores de 18 años?

A) Sí, siempre.
B) Sí cuando la infracción fuera cometida durante la minoría de edad. solución
C) No.

El corrector dá como válida la b, tengo mis dudas, alguien me puede dar una explicación del por qué. Creía que una vez cumplido la mayoría de edad ya no se acogía a la ley de responsabilidad del menor
 
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3 Mayo 2009
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Claro compi, si el delito se ha cometido cuando el delincuente tenía 17 años y 364 días por ejemplo y le queda un día para cumplir la mayoría de edad, a lo mejor el juicio se celebra pues no se, por ponerte otro ejemplo 15 días después de su detención, pero lo que cuenta es cuando cometió el delito, así que se le aplicaría la ley de responsabilidad penal del menor.
 
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2 Oct 2008
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kbacnp dijo:
La Ley del menor, ¿puede aplicarse también a mayores de 18 años?

A) Sí, siempre.
B) Sí cuando la infracción fuera cometida durante la minoría de edad. solución
C) No.

El corrector dá como válida la b, tengo mis dudas, alguien me puede dar una explicación del por qué. Creía que una vez cumplido la mayoría de edad ya no se acogía a la ley de responsabilidad del menor

Es como dicen los compañeros. Pero claro, todo está en la ley y exactamente en el art. 7, CP:

A los efectos de determinar la Ley penal aplicable en el tiempo, los delitos y faltas se consideran cometidos en el momento en que el sujeto ejecuta la acción u omite el acto que estaba obligado a realizar.

Saludos.
 
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26 Jul 2011
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Es la C, nadie puede ser juzgado por un "delito o falta" que estubiera despues tipificado en la Ley, cometiendo el delito o falta antes de que esta Ley saliera, que en su caso no puede ser en el momento un delito o falta puesto que no esta recojido en ninguna Ley, que lo regule en el momento. Por poner un ejemplo tonto, imaginaros que os pillan con 100 kilos de patatas, y en ese dia esa fecha y anteriormente no era ilegal tener, o llevar 100 kilos de patatas, pues a la semana siguiente, sale una Ley que dice que apartir de ahora llevar 25 kilos de patatas, es una falta y mas de 75 kilos, se considera delito. Pues a la persona que cojieron antes de que saliera la Ley, no le pasa absolutamente nada, por el principio de irrectroactividad de las Leyes y el derecho, y si pasara, si fuera algo en contra de la intregidad fisica moral, dignidad y esas cosas, a lo mejor te pueden juzgar, en casos muy muy excepcionales, y en ese caso favoreciendo al reo, es decir, utilizando todas las leyes que puedan beneficiar al imputado xDD
 
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26 Jul 2011
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por ciento, yo tambien tengo una dudilla estudiandome el temario, desarrollandose..pone.. Nose que nose cuento el Código civil...que apartir de ahora será.. cc, hasta y bien y ahora de pronto me veo ss, que no tengo ni idea de lo que es hay me he perdio jejeje, se que tambien esta, CE: contitución Española, CP.. Código Penal, pero ..ss me ha aparecido de pronto... y digo yo...será Seguridad Social?... como estoy tan familiarizado con esto y con el Inem, jajajaj pues es lo que s eme viene a la cabeza jejejej un saludo muchas gracias de ante mano xaooo
 
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19 Ene 2011
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Un Real Decreto Ley que regule la aplicacion y desarrollo de un derecho fundamental:
a. debe ser cinvalidado por el congreso en el plazo de 30 dias
b. no necesita convalidacion
c. es nulo de pleno derecho
d. ninguna es correcta
 
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19 Ene 2011
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Okis, lo que yo decia.
En el corrector me dio como buena la D pero yo habia puesto la C al hacer el ejercicio, busque en la C.E:
Artículo 86.

1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título Primero, al régimen de las Comunidades Autónomas, ni al derecho electoral general.

El uso de colores está permitido solo para el equipo de moderación. Si quieres resaltar algo en concreto puedes usar la "negrita".

Editado por tikotazo
 
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2 Oct 2008
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Sergioras dijo:
por ciento, yo tambien tengo una dudilla estudiandome el temario, desarrollandose..pone.. Nose que nose cuento el Código civil...que apartir de ahora será.. cc, hasta y bien y ahora de pronto me veo ss, que no tengo ni idea de lo que es hay me he perdio jejeje, se que tambien esta, CE: contitución Española, CP.. Código Penal, pero ..ss me ha aparecido de pronto... y digo yo...será Seguridad Social?... como estoy tan familiarizado con esto y con el Inem, jajajaj pues es lo que s eme viene a la cabeza jejejej un saludo muchas gracias de ante mano xaooo


Me parece que ss. es siguientes. P.ej: arts. 2 y ss, es arts. 2 y siguientes.

Saludos.
 
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26 Jul 2011
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xDavid dijo:
Sergioras dijo:
por ciento, yo tambien tengo una dudilla estudiandome el temario, desarrollandose..pone.. Nose que nose cuento el Código civil...que apartir de ahora será.. cc, hasta y bien y ahora de pronto me veo ss, que no tengo ni idea de lo que es hay me he perdio jejeje, se que tambien esta, CE: contitución Española, CP.. Código Penal, pero ..ss me ha aparecido de pronto... y digo yo...será Seguridad Social?... como estoy tan familiarizado con esto y con el Inem, jajajaj pues es lo que s eme viene a la cabeza jejejej un saludo muchas gracias de ante mano xaooo


Me parece que ss. es siguientes. P.ej: arts. 2 y ss, es arts. 2 y siguientes.

Saludos.

jajajjaja muchas gracias, y vaya tela de despiste tonto xD ajajaj
 
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8 Feb 2011
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Chic@s una duda que me surje y que no me aclara el art. 8 de la ley 6/1984 de 24 de mayo del habeas corpus.

Por ejemplo, se detiene a una persona y este pide el habeas corpus, se le lleva al juez de instrucción y este dicta que el procedimiento de detención se ha realizado correctamente y es legal y rechaza el habeas corpus, ¿al detenido se le vuelve a poner 72 horas, o el cómputo del tiempo que llevaba ya detenido le cuenta?

Me he explicado? :shock:
 
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12 Ago 2008
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kbacnp dijo:
Chic@s una duda que me surje y que no me aclara el art. 8 de la ley 6/1984 de 24 de mayo del habeas corpus.

Por ejemplo, se detiene a una persona y este pide el habeas corpus, se le lleva al juez de instrucción y este dicta que el procedimiento de detención se ha realizado correctamente y es legal y rechaza el habeas corpus, ¿al detenido se le vuelve a poner 72 horas, o el cómputo del tiempo que llevaba ya detenido le cuenta?

Me he explicado? :shock:
Si no hay razones para que el detenido se le conceda el habeas corpus y no hay indicios de que hubiera habido una detencion ilegal el plazo de la detencion seguirá contando a partir del momento de la detención.
Articulo 17 de la Ce:
2.La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos,y,en todo caso,en el plazo máximo de 72 horas,el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.
 
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8 Feb 2011
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Estoy hecho un lío con esto, y no me queda claro. Creía que el tiempo no se contaba sino que se empezaba de nuevo, el tiempo estrictamente necesario, o en todo caso, las 72 horas.

Hoy te estoy dando la tarde patrullero jejejeje
 
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12 Ago 2008
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kbacnp dijo:
Estoy hecho un lío con esto, y no me queda claro. Creía que el tiempo no se contaba sino que se empezaba de nuevo, el tiempo estrictamente necesario, o en todo caso, las 72 horas.

Hoy te estoy dando la tarde patrullero jejejeje
No hay problema asi repaso yo tambien como dices tu es EN TODO CASO,y hay es cuando entra el proceso de habeas corpus,desde el momento de la detencion hasta su puesta en libertad no debe pasar mas de 72 horas incluyendose en el procedimiento la comparecencia ante el Juez de instrucción en caso de detención ilegal,etc....
 
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23 Ene 2011
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Desde el momento de la detencion, Que tiempo tiene el detenido o aquellos que puedan interponer el habeas corpus, para hacerlo??
 
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