
cadicop dijo:Me imagino que te refieres a la cancelación de antecedentes penales ¿no? Portigoles. Si es así sería lo siguiente:
- Penas Leves, 6 meses.
- Penas Menos Graves de duración inferior a 12 Meses y delitos imprudentes, dos años.
- Restantes Penas Menos Graves, 3 años.
- Penas Graves, 5 Años.
Saludos






Supongo que te refieres a los exentos del deber de denunciar. Si es así, por edad están exentos los impúberes, entendiendo por tales los que no han cumplido los 14 años.ROC dijo:Compi, la 65 si es la A) de hecho ahora estaba haciendo el test del tema 10 y tenia esta pregunta.
y la segunda si es correcta la a) o tambien si lo pillaras in fraganti...
yo tengo una duda...
me podeis poner por aqui quien está EXENTO en el tema de edad PENAL y CRIMINAL, siempre me hago un lio

ROC dijo:ays perdona, no habia puesto sobre que... me refiero a la Responsabilidad Penal y Criminal



tati22 dijo:11-¿A quién puede detener un particular?
A) A un preso fugado solucion
B) Al autor de una falta
C) Al procesado por delito grave
D) A la persona contra la que haya mandamiento de prisión
Un particular puede detener al delincuente in fraganti,a los fugados de los centros penitenciarios y al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.
La respuesta esta bien es la A,la b seria si te dijese al autor de una falta en el momento de cometerla,c estaría bien si te incluyese que esta en rebeldía y la d no puede ser porque un particular no puede saber si una persona u otra tiene o no un mandamiento de prisión :wink:


xDavid dijo:Hola:
¿Me podéis decir quién conoce de los recursos contra las sentencias de la Audiencia Provincial?
Gracias.
Acabo de encontrar esto:
-Procedimiento penal ordinario (sumario)
Sentencia dictada por Audiencia providencia es recurrible en CASACION que conoce la Sala Penal 2ª del TS
-Procedimiento penal abreviado
Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal o Juzgado Central de lo penal es recurrible en APELACION, que conoce la Sala Civil y Penal del TSJ
Sentencia dictada por la Audiencia Provicial es recurrible en CASACION, que conoce la Sala Penal 2ª del TS
- Procedimiento del Tribunal del Jurado
Sentencia dictada por la Audiencia en única instancia recurrible en APELACION que conoce la Sala Civil y Penal del TSJ.
Hay que llegar a tanto?

roadking dijo:xDavid dijo:Hola:
¿Me podéis decir quién conoce de los recursos contra las sentencias de la Audiencia Provincial?
Gracias.
Acabo de encontrar esto:
-Procedimiento penal ordinario (sumario)
Sentencia dictada por Audiencia providencia es recurrible en CASACION que conoce la Sala Penal 2ª del TS
-Procedimiento penal abreviado
Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal o Juzgado Central de lo penal es recurrible en APELACION, que conoce la Sala Civil y Penal del TSJ
Sentencia dictada por la Audiencia Provicial es recurrible en CASACION, que conoce la Sala Penal 2ª del TS
- Procedimiento del Tribunal del Jurado
Sentencia dictada por la Audiencia en única instancia recurrible en APELACION que conoce la Sala Civil y Penal del TSJ.
Hay que llegar a tanto?
El TS :wink:


Ojo, ¿para que examén prepara esas academias?¿Para el del año que viene o para el de este año?Dr. Justice dijo:Ya me ha dicho más de un compañero que en su academia le están dando la reforma del CP como si fuera materia de examen y yo ya le comentado más de una vez que eso no va a entrar porque en le BOE entra en vigor el 23 de Diciembre de 2010. Lo pongo más que nada a título informativo porque veo que a veces las academias están más perdidas que nosotros.