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Preguntas Derecho II (Temas del 6 al 11)

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4 Ago 2008
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Beavis dijo:
No existen juntas de seguridad en las CCAA que tienen cuerpos adscritos y se debe a la dependencia, si recordais dependían funcionalmente de las CCAA, pero orgánicamente del M. del interior, mientras que las policías autonomicas no era así, dependian directamente de las CCAA.
En cuanto a ls unidades adscritas a las CCAA, adems de las que habeis comentado de Galicia, Andalucía y Valencia, también está la de Canarias.

Ok, entonces cuerpos de policia propios (cataluña,andalucia y valencia) son los que tienen junta de seguridad. Y si, Gran Canarias tb, vaya, lo tiene previsto en la ley, pero aun no ha ejercido dicho derecho.
 
albertomoralm dijo:
Beavis dijo:
No existen juntas de seguridad en las CCAA que tienen cuerpos adscritos y se debe a la dependencia, si recordais dependían funcionalmente de las CCAA, pero orgánicamente del M. del interior, mientras que las policías autonomicas no era así, dependian directamente de las CCAA.
En cuanto a ls unidades adscritas a las CCAA, adems de las que habeis comentado de Galicia, Andalucía y Valencia, también está la de Canarias.

Ok, entonces cuerpos de policia propios (cataluña,andalucia y valencia) son los que tienen junta de seguridad. Y si, Gran Canarias tb, vaya, lo tiene previsto en la ley, pero aun no ha ejercido dicho derecho.

Tienes un cacao de 3 pares de narices. Mira:

Policías Autónomas: Cataluña, País Vasco, Navarra. Juntas de Seguridad tienen los 3, para coordinación operativa de esos cuerpos con las FSE.

Cuerpos de policías adscritos a las CCAA: Valencia, Andalucía, Galicia. Y tienen posibilidad de crearlo Canarias y Madrid. Estas CCAA no tienen Junta de Seguridad ya que esas policías adscritas son del CNP.

Y luego existe el COnsejo de política de seguridad en el que entran todos los Consejeres de Seguridad de TODAS las CCAA.

Si tienes dudas dilo.
 
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11 Ene 2009
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loes dijo:
albertomoralm dijo:
Beavis dijo:
No existen juntas de seguridad en las CCAA que tienen cuerpos adscritos y se debe a la dependencia, si recordais dependían funcionalmente de las CCAA, pero orgánicamente del M. del interior, mientras que las policías autonomicas no era así, dependian directamente de las CCAA.
En cuanto a ls unidades adscritas a las CCAA, adems de las que habeis comentado de Galicia, Andalucía y Valencia, también está la de Canarias.

Ok, entonces cuerpos de policia propios (cataluña,andalucia y valencia) son los que tienen junta de seguridad. Y si, Gran Canarias tb, vaya, lo tiene previsto en la ley, pero aun no ha ejercido dicho derecho.

Tienes un cacao de 3 pares de narices. Mira:

Policías Autónomas: Cataluña, País Vasco, Navarra. Juntas de Seguridad tienen los 3, para coordinación operativa de esos cuerpos con las FSE.

Cuerpos de policías adscritos a las CCAA: Valencia, Andalucía, Galicia. Y tienen posibilidad de crearlo Canarias y Madrid. Estas CCAA no tienen Junta de Seguridad ya que esas policías adscritas son del CNP.

Y luego existe el COnsejo de política de seguridad en el que entran todos los Consejeres de Seguridad de TODAS las CCAA.

Si tienes dudas dilo.

Creo recordar que Asturias también tiene Unidad adscrita y que por su parte, Madrid (creo) que no tiene la posibilidad de crear cuerpo de policía autonómico, porque la Espe lo intentó pero le echaron en cara que los estatutos de la Comunidad de Madrid no lo recogía (creo que era así, aunque puede que me equivoque).

Un saludo :wink:
 
Josele XXV dijo:
loes dijo:
albertomoralm dijo:
Beavis dijo:
No existen juntas de seguridad en las CCAA que tienen cuerpos adscritos y se debe a la dependencia, si recordais dependían funcionalmente de las CCAA, pero orgánicamente del M. del interior, mientras que las policías autonomicas no era así, dependian directamente de las CCAA.
En cuanto a ls unidades adscritas a las CCAA, adems de las que habeis comentado de Galicia, Andalucía y Valencia, también está la de Canarias.

Ok, entonces cuerpos de policia propios (cataluña,andalucia y valencia) son los que tienen junta de seguridad. Y si, Gran Canarias tb, vaya, lo tiene previsto en la ley, pero aun no ha ejercido dicho derecho.

Tienes un cacao de 3 pares de narices. Mira:

Policías Autónomas: Cataluña, País Vasco, Navarra. Juntas de Seguridad tienen los 3, para coordinación operativa de esos cuerpos con las FSE.

Cuerpos de policías adscritos a las CCAA: Valencia, Andalucía, Galicia. Y tienen posibilidad de crearlo Canarias y Madrid. Estas CCAA no tienen Junta de Seguridad ya que esas policías adscritas son del CNP.

Y luego existe el COnsejo de política de seguridad en el que entran todos los Consejeres de Seguridad de TODAS las CCAA.

Si tienes dudas dilo.

Creo recordar que Asturias también tiene Unidad adscrita y que por su parte, Madrid (creo) que no tiene la posibilidad de crear cuerpo de policía autonómico, porque la Espe lo intentó pero le echaron en cara que los estatutos de la Comunidad de Madrid no lo recogía (creo que era así, aunque puede que me equivoque).

Un saludo :wink:

Nunca mejor explicado que como lo comentó Loes, y en acuanto a lo de asturias no lo se, y lo de Madrid tal y como lo comenta el compañero josele, pero la típica pregunta de examen era:
¿que condiciones se requieren para la creacion de unidades del CNP adscritas a la CCAA?
Y la correcta era que debía de presentarse la posibilidad en el estatuto. Sino lo pone en el estatuto nada de nada, así que supongo que ese será el caso de Madrid.
 
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23 Feb 2009
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Re:

Ravenna dijo:
Yo si no recuerdo mal creo que Madrid no estaba entre la que podían crear unidades adscritas, sólo las otras 4 mencionadas (Valencia, Andalucía, Galicia y Canarias )

El Estatuto de Asturias permite la creacion de Unidades Adscritas y la tiene, se creo en 2006.Y si no recuerdo mal, Aragon tambien.
 
Policias que poseen Cuerpos propios:
- Pais Vasco ( ertzaintza )
- Cataluña ( mossos )
- Navarra ( foral )

Comunidades en las que se preven en su Estatuto la creacion de su Policia Autonomica
- Donde ya existen: Galicia, Andalucia y Valencia
- Reciente creacion : Aragon y Asturias
- Proximamente : Canarias

Comunidades donde solo se preven Policias Locales.
- Cantabria
- La Rioja
- Castilla- Leon
- Castilla la Mancha
- Murcia
- Extremadura
- Baleares
- Madrid

las unidades no hay que confundirlas con las policías autonómicas cuyas funciones principales son menores, juego y medio ambiente y las de vigilancia y proteccion de edificios y personalidades de las CCAA, etc...

Sólamente cuentan con policías autonómicas: Cataluña, Navarra y País Vasco que dependen exclusivamente de las CCAA respectivas

otra cosa son las unidades adscritas del CNP a determinadas comunidades autónomas, que actualmente solo existen tres comunidades con dichas unidades: Galicia, Valencia y Andalucía, Asturias y Aragon recientemente .

Bien, pues las unidades adscritas tienen generalmente las mismas funciones que las centrales, aunque también ejercen funciones de policías autonómicas (menores, juego y medio ambiente)únicamente están descentralizadas, con lo cual, dependen orgánicamente del ministerio del interior y funcionalmente de las CCAA a la que estén adscritas, actuando siempre bajo el mando de sus jefes naturales que deberán de ser miembros de la escala superior.

La subsidiariedad aconseja la descentralización para adaptarse a las necesidades específicas de los diversos ámbitos territoriales y lograr una mejor respuesta a las demandas de los ciudadanos, compatible con el principio de coordinación jerárquica, ejercida mediante las directrices emanadas de los órganos directivos superiores, evaluación de la actuación y la inspección de los distintos servicios

En cuanto al sueldo es el mismo que cualquier funcionario del CNP, lo único que existen otros tipos de plus debidos al destino, peligrosidad, etc, pero el sueldo base es el mismo.


espero que salgais de dudas , jajaj, es correcto asi ya definitivamente o falta algo.
 
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23 Feb 2009
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Bueno, pues planteo una duda que tengo: la ley 2/86 en principio es organica, pero tanto en la parte preliminar como en una disposicion final habla de que solo tendra consideracion de LO una parte de ella. Eso que significa, que puede ser modificar por una ley ordinaria mientras no afecte a la parte organica?
 
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26 Ago 2008
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Lokutus dijo:
Bueno, pues planteo una duda que tengo: la ley 2/86 en principio es organica, pero tanto en la parte preliminar como en una disposicion final habla de que solo tendra consideracion de LO una parte de ella. Eso que significa, que puede ser modificar por una ley ordinaria mientras no afecte a la parte organica?


las dado en el clavo, la ley 2/86 es en su mayor parte organica, pero no toda
 
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15 Jul 2008
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Buenas compañer@s estoy aquí viendo el tema 9 y estoy un poco liado.La Dirección General de personal y servicios a quien pertenece? En el temario que tengo actualizado me viene que forma parte del secretario de estado de seguridad,pero en unos esquemas que me pasó un compañero los incluía en la subsecretearia del interior.Supuestamente tanto el temario que tengo como los esquemas están actualizados,pero no coinciden,alguien sabría aclararme esto? O decirme que está mal? Un saludo
 
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15 Jul 2008
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Cierto,depende de la Subsecretería del Interior,ya está comprobado,en el esquema que tenia estaba bien,donde está mal es en el temario,es por eso la confusión que al tenerlo en dos sitio y difenter pues no sabía cual era el correcto.Muchas gracias.Un saludo
 
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21 Oct 2008
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Hola, tengo una duda sobre el nombramiento del Presidente del Consejo de Estado y los consejeros????
En el temario solo tengo que el Presi se nombra por RD del Consejo de Ministros por cuatro años pero nada más, alguien puede ampliarme esto un poco mas?
 
Orim dijo:
Hola, tengo una duda sobre el nombramiento del Presidente del Consejo de Estado y los consejeros????
En el temario solo tengo que el Presi se nombra por RD del Consejo de Ministros por cuatro años pero nada más, alguien puede ampliarme esto un poco mas?

Te dejo el link de la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de Abril, del Cosejo de Estado, para que la leas y amplies más el temario si quieres:

http://www.datadiar.com/actual/legislac ... 3_1980.htm

Espero que te sirva de ayuda.

Un saludo.
 
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28 Feb 2008
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hola compis,pues nada como ya estoy con el temario me surgen dudas,
¿el defensor del pueblo puede ser reelegido?
¿la segunda actividad es para los 58 o 60?
espero que me contesteis pronto jejejejeje,ya dare la lata con mas preguntas
bessssssssssssssoooooooooooooooossssssssssssssssssss :fumar:
 
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