
tati22 dijo:Ahora me toca a mí,jeje,¿la suspensión de funciones para un miembro del C.N.P por falta muy grave es de 3 a 6 años verdad?
tati22 dijo:Ahora me toca a mí,jeje,¿la suspensión de funciones para un miembro del C.N.P por falta muy grave es de 3 a 6 años verdad?
loes dijo:Todo lo de la mujer maltratada es de igualdad, nada de sanidad, a no ser que sea la junta sanitaria esa que hacen los de las CCAA para lo de la violencia de género.
drittz dijo:Pregunta de Mad...
¿Donde puede pedir una orden de proteccion una mujer victima de violencia de Genero?
A Ante la autoridad, Ministerio fiscal o dependencias policiales
B Ante las asociaciones de ayuda a la mujer o servicios sociales
C Antes cualquiera de los organos anteriores.
Pone la A...pero no seria la C?
Otra cosa todo lo de la violencia de genero a pasado al Ministerio de Igualdad, no?
Un saludo y gracias.
CNP111434 dijo:loes dijo:Todo lo de la mujer maltratada es de igualdad, nada de sanidad, a no ser que sea la junta sanitaria esa que hacen los de las CCAA para lo de la violencia de género.
En eso te equivocas, mira este enlace:
http://www.guardiacivil.org/bo/quesomos.jsp
tati22 dijo:Yo tengo entendido que es con la condena penal de inhabilitación absoluta con la que no se puede volver a recuperar la condición de funcionario,es así?

çloes dijo:Según yo sé la condición de funcionario se pierde por:
-renuncia
-pérdida de la nacionalidad
-pena principal o accesoria de inhabilitación especial o absoluta
-separación del servicio con sentencia firme
-jubilación voluntaria, forzosa o parcial.
Bien de estas cual de ellas no puedes volver a ser nunca funcionario???
según Mad, la renuncia no quita que puedas volver, la nacionalidad y la jubilación forzosa cuando desaparezcan las causas puedes volver y la inabilitación especial o absoluta también si lo pides y te lo aceptan no??? en cuanto a la separación creo que es la única con la que no se puede volver??? me equivoco?
