• Acreditación Policías Alumnos

    Los usuarios que han resultado APTO ya pueden solicitar el alta como Policías Alumnos dentro del foro.

    No se empezarán a dar las altas hasta que el BOE no esté publicado, teniendo preferencia las Altas rápidas sobre el resto.

    SOLICITAR ACCESO COMO POLICÍA ALUMNO

Preguntas Derecho II (Temas del 6 al 11)

  • Empezar tema Empezar tema DVD
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
Estado
No esta abierto a más respuestas.
{xen:phrase moderator}

tati22

POLICÍA
Unido
21 Dic 2007
Mensajes
9.238
Felicitaciones
658
Puntos
32
Ahora me toca a mí,jeje,¿la suspensión de funciones para un miembro del C.N.P por falta muy grave es de 3 a 6 años verdad?
 
{xen:phrase moderator}

Incubos

POLICÍA
Unido
29 Ago 2007
Mensajes
1.416
Felicitaciones
13
Puntos
0
tati22 dijo:
Ahora me toca a mí,jeje,¿la suspensión de funciones para un miembro del C.N.P por falta muy grave es de 3 a 6 años verdad?

En Mad pone inhabilitacion de 3 a 6 años falta muy grave, imagino que te refieres a eso.
 
{xen:phrase moderator}

CNP111434

POLICÍA
Unido
14 Sep 2008
Mensajes
665
Felicitaciones
3
Puntos
0
Quien efectua el nombramiento de los facultativos y tecnicos, segun corresponda, una vez que haya concluido el proceso selectivo?

a) D.G. Policia.
b) Secretario de Estado de Seguridad.
c) Ministro del Interior.
d) Subsecretario de Interior.

A mi me suena la A, pero no he encontrado la norma que lo indique.
 
{xen:phrase moderator}

CNP111434

POLICÍA
Unido
14 Sep 2008
Mensajes
665
Felicitaciones
3
Puntos
0
tati22 dijo:
Ahora me toca a mí,jeje,¿la suspensión de funciones para un miembro del C.N.P por falta muy grave es de 3 a 6 años verdad?

Claro, a partir de 6 años ya es separacion del servicio.
 
{xen:phrase moderator}

drittz

POLICÍA
Unido
29 Oct 2008
Mensajes
1.360
Felicitaciones
2
Puntos
0
Pregunta de Mad...

¿Donde puede pedir una orden de proteccion una mujer victima de violencia de Genero?

A Ante la autoridad, Ministerio fiscal o dependencias policiales

B Ante las asociaciones de ayuda a la mujer o servicios sociales

C Antes cualquiera de los organos anteriores.


Pone la A...pero no seria la C?


Otra cosa todo lo de la violencia de genero a pasado al Ministerio de Igualdad, no?

Un saludo y gracias.
 
{xen:phrase moderator}

CNP111434

POLICÍA
Unido
14 Sep 2008
Mensajes
665
Felicitaciones
3
Puntos
0
drittz dijo:
Pregunta de Mad...

¿Donde puede pedir una orden de proteccion una mujer victima de violencia de Genero?

A Ante la autoridad, Ministerio fiscal o dependencias policiales

B Ante las asociaciones de ayuda a la mujer o servicios sociales

C Antes cualquiera de los organos anteriores.


Pone la A...pero no seria la C?

Otra cosa todo lo de la violencia de genero a pasado al Ministerio de Igualdad, no?

Un saludo y gracias.


Sin lugar a dudas la C.

Ley 27/2003 de 31 de Julio. Regulacion Orden de Proteccion

Art2.3: La orden de protección podrá solicitarse directamente ante la autoridad judicial o el Ministerio Fiscal, o bien ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, las oficinas de atención a la víctima o los servicios sociales o instituciones asistenciales dependientes de las Administraciones públicas.
 
{xen:phrase moderator}

Loes

POLICÍA
Unido
19 Nov 2007
Mensajes
10.760
Felicitaciones
90
Puntos
14
Según yo sé la condición de funcionario se pierde por:
-renuncia
-pérdida de la nacionalidad
-pena principal o accesoria de inhabilitación especial o absoluta
-separación del servicio con sentencia firme
-jubilación voluntaria, forzosa o parcial.

Bien de estas cual de ellas no puedes volver a ser nunca funcionario???
según Mad, la renuncia no quita que puedas volver, la nacionalidad y la jubilación forzosa cuando desaparezcan las causas puedes volver y la inabilitación especial o absoluta también si lo pides y te lo aceptan no??? en cuanto a la separación creo que es la única con la que no se puede volver??? me equivoco?
 
{xen:phrase moderator}

Loes

POLICÍA
Unido
19 Nov 2007
Mensajes
10.760
Felicitaciones
90
Puntos
14
CNP111434 dijo:
loes dijo:
Todo lo de la mujer maltratada es de igualdad, nada de sanidad, a no ser que sea la junta sanitaria esa que hacen los de las CCAA para lo de la violencia de género.

En eso te equivocas, mira este enlace:

http://www.guardiacivil.org/bo/quesomos.jsp

Hombre es el observatorio de la mujer en las FCSE, obviamente dependerá del ministerio del interior, me refería al Observatorio estatal, a la delegación especial del gobierno para violencia de genero, al instituto de la mujer etc...
 
{xen:phrase moderator}

tati22

POLICÍA
Unido
21 Dic 2007
Mensajes
9.238
Felicitaciones
658
Puntos
32
Yo tengo entendido que es con la condena penal de inhabilitación absoluta con la que no se puede volver a recuperar la condición de funcionario,es así?
 
{xen:phrase moderator}

tati22

POLICÍA
Unido
21 Dic 2007
Mensajes
9.238
Felicitaciones
658
Puntos
32
Otra duda:
S.A.M,S.A.F, Y G.R.U.M.E dependen de la Comisaria General de Policia Judial,pero dependen de alguna de las unidades especiales o directamente de la comisaria?
 
{xen:phrase moderator}

Loes

POLICÍA
Unido
19 Nov 2007
Mensajes
10.760
Felicitaciones
90
Puntos
14
tati22 dijo:
Yo tengo entendido que es con la condena penal de inhabilitación absoluta con la que no se puede volver a recuperar la condición de funcionario,es así?

No tati, una inhabilitación dura un tiempo determinado. Luego se puede pedir la recuperación de la condición de funcionario, otra cosa es que la concedan o no.
 
{xen:phrase moderator}

Loes

POLICÍA
Unido
19 Nov 2007
Mensajes
10.760
Felicitaciones
90
Puntos
14
La diferencia entre absoluta y especial no es el tiempo, es el tipo de sanción.
La absoluta te quita de todos lso cargos que tengas.
La especial te quita de los cargos que diga el juez, solo los que se crea oportunos.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
18 Feb 2008
Mensajes
5.226
Felicitaciones
5
Puntos
0
loes dijo:
Según yo sé la condición de funcionario se pierde por:
-renuncia
-pérdida de la nacionalidad
-pena principal o accesoria de inhabilitación especial o absoluta
-separación del servicio con sentencia firme
-jubilación voluntaria, forzosa o parcial.

Bien de estas cual de ellas no puedes volver a ser nunca funcionario???
según Mad, la renuncia no quita que puedas volver, la nacionalidad y la jubilación forzosa cuando desaparezcan las causas puedes volver y la inabilitación especial o absoluta también si lo pides y te lo aceptan no??? en cuanto a la separación creo que es la única con la que no se puede volver??? me equivoco?
ç

Separación del servicio con sentencia firme, porque la pena de inhabilitación, una vez cumplida la pena podrías volver a ser funcionario, de nuevo.
 
{xen:phrase moderator}

Incubos

POLICÍA
Unido
29 Ago 2007
Mensajes
1.416
Felicitaciones
13
Puntos
0
Una duda que ya se comento pero no me quedo clara porque tengo 2 cosas...

Los organos directivos son creados por real decreto del consejo de ministros.

Y luego tengo eso, más; a iniciativa del ministro interesado y a propuesta del ministro de Adm. Publicas.

¿Exactamente cual es?


Y luego tengo que los subdirectores generales los crea el ministro o el secretario de estado del que dependan.
 
Estado
No esta abierto a más respuestas.
Superior