No es por nada, pero el enlace que has consultado está algo desfasado, porque es del proyecto de Constitución para la UE, que quedó bien guardado en algún cajón. Más aún, si subes al apartado "Una Constitución para Europa" del enlace (índice de la izquierda), al final de la página aparece la siguiente frase: "Estas fichas no vinculan jurídicamente a la Comisión Europea, no pretenden ser exhaustivas y no tienen valor interpretativo del texto de la Constitución".
Aun así, es una referencia para lo que luego pasó, que viene más detallado en este enlace:
http://www.consilium.europa.eu/es/council-eu/voting-system/qualified-majority/
A día de hoy, y en términos generales (si las propuestas vienen de la Comisión o el Alto Representante y si están todos los países), se considera mayoría cualificada "el voto favorable del
55% de los Estados miembros [sale 15,4 y lo redondean a 16] que representen al menos al
65% de la población".
Si no te dicen más en el enunciado de la pregunta, se supone que esta debería ser la respuesta.
Pero ojo, porque existe una moratoria hasta el 31 de marzo de 2017 según la cual a los Estados se les puede pedir votar según el sistema de mayoría cualificada que estuvo vigente entre el 1-enero-2007 y el 31-octubre-2014, consistente en:
a)
mayoría de los Estados miembros (15)
b) mínino de 260 votos de los 352 a repartir, y estos deben abarcar al
62% de la población total de la UE.
Y podría ser pregunta, porque es el basado en el sistema de reparto de votos sobre el que se ha tratado en mensajes anteriores.
Después de la parrafada espero no haberte liado más