El motivo de mi mensaje va referido a la impugnación de la pregunta nº4 de la parte de "técnicas"(f8 en word) que , efectivamente, ha sido impugnada pero no por la razón de más peso, y me explico.
En el
examen que nos entregaron el dia 14 de enero las opciones a esa pregunta eran las siguientes: a)4 b)6 c)8
En la plantilla de respuestas proporcionada por la DFP las opciones a esa preguntas eran: a)4 b)5 c)6
Para aumentar, si cabe, la controversia, han marcado como correcta la respuesta b)5 la cual ni siquiera era una de las opciones que se daban en el
examen. Es por ello que al verlo creí que sería un error tan palpable que no haría falta que fuera yo quien lo evidenciara, pero me ha extrañado ver tanta gente que no hacía mención a éste y que no se haya llevado la impugnación por este cauce.
Mi seguridad sobre lo que les estoy comentando es absoluta e, incluso, al salir del
examen comentamos esa pregunta y recuerdo las respuestas como si las tuviera delante.
Me parece, por lo que he visto, que ésto sólo sucede en la modalidad B.
Sé que ya no estamos en plazo de impugnaciones pero se trata aquí de que dar como correcta una respuesta que ni siquiera aparecía entre las opciones sería atentar, como mínimo, a la seguridad jurídica, por no conceptuarlo de una manera más grave.