Depende de por qué los tenga. Yo no he leido en las bases que ponga, quien tenga tornillos es excluido. Yo los tengo y puse en su momento el correo que le mandé a DFP e incluso llamé. Y me dijerón lo mismo mientras tengas la movibilidad perfecta y lleves tu informe y no ocultes nada, no te va a pasar nada. Sino siempre quedaran los recursos contencioso-administrativo. Tambien he hacer referencia que mis tornillos no son removibles y si los tuyos lo son, deberias de quitartelos ya que no te hacen falta tenerlos. Pongo el correo para no llevar la contraria como los tontos jejeje.
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RV: Duda antes de llegar al tribunal medico.
De: D.F.P. Pio XII Comunicaciones Ciudadanas (
cnp.dfp@policia.es)
Enviado: miércoles, 25 de febrero de 2009 19:12:34
Para: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
En relación con su correo electrónico y tras consultar con nuestro Servicio Médico, éste informa lo siguiente:
El Servicio Sanitario no es competente para realizar ni informar sobre las causas de exclusión médica de los procesos de ingreso al C.N.P. Son los facultativos médicos que con ocasión de dichos procesos son designados los que basándose en la legislación vigente (cuadro de exclusiones médicas) y su praxis emiten dictamen, siendo el Tribunal de las Oposiciones el que emite resultado del mismo (exclusión o no).
Como ya se especifica la actuación de dichos profesionales se hace con ocasión de las pruebas de ingreso y es el día del reconocimiento médico el único legalmente establecido para la comprobación de la idoneidad física de los opositores, no pudiendo adelantar ni prejuzgar la actuación libre de dichos profesionales.
Si es posible informar que los criterios de actuación, en base al cuadro de exclusiones médicas vigente, son los siguientes:
1º Causa directa de exclusión: Alteraciones de la movilidad, anatomía o funcionalidad articular.
2º Que la existencia de alteraciones anatómicas o físicas (no necesariamente patológicas o sintomáticas en el momento del reconocimiento) incidan en la menor capacidad para el desarrollo de funciones policiales.
3º Alteraciones, antecedentes médicos o patologías (sintomáticas o no en el momento del reconocimiento) que puedan verse agravadas por el desarrollo de las misiones encomendadas a los miembros del
CNP.
4º) En el caso que nos ocupa (operaciones quirúrgicas), se significa que las intervenciones quirúrgicas por sí mismas no son causa de exclusión, si bien sí pueden serlo las consecuencias o secuelas de éstas, en todo caso estimamos debe aportar informes de las intervenciones en al acto del reconocimiento.
Un saludo.
De: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Enviado el: jueves, 12 de febrero de 2009 14:41
Para:
cnp.dfp@policia.es
Asunto: Duda antes de llegar al tribunal medico.
Hola,
Me dirijo a ustedes ya que está próximo el tribunal. Y tenia una duda sobre una cicatriz en el tobillo por una operación que me hice de pequeño hace 12 años. Y hasta ahora estoy bien ni me molesta ni nada y los propios médicos de la seguridad social me dijerón que no tendría problemas. Pero ante todo era por saber si era excluyente esta operación de pies vagos y planos. O si por el contrario necesitaria llevar un informe de la operación. Gracias por su pronta contestación.