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Juego del Test. Escala BÁSICA.

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Unido
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@anton.K dilo otra vez, que no me ha quedado claro jajajajajaja

Has entendido bien, Juan Carlos no es Jefe de Estado. A no ser que yo también lo entendiera mal... Jajajaja.

...es que hay que repetirte las cosas..., jajajaja, ya borré uno, no sé por qué se duplicó. Besitos amigo, ya nos queda menos. Ánimo.
 
Me lo estoy pasando pipa con este tema, ahí va otra de mi cosecha:

Un extranjero no registrado ni autorizado como residente en España, ¿tiene derecho a asistencia sanitaria?
A) No
B) La misma que un español si se trata de un menor de edad.
C) Únicamente si se trata de embarazadas.
D) Únicamente asistencia de urgencia por enfermedad grave o accidente, hasta el alta médica.
 
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Unido
2 Feb 2015
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Me lo estoy pasando pipa con este tema, ahí va otra de mi cosecha:

Un extranjero no registrado ni autorizado como residente en España, ¿tiene derecho a asistencia sanitaria?
A) No
B) La misma que un español si se trata de un menor de edad.
C) Únicamente si se trata de embarazadas.
D) Únicamente asistencia de urgencia por enfermedad grave o accidente, hasta el alta médica.
Marco la D
 
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Unido
28 Oct 2014
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Me lo estoy pasando pipa con este tema, ahí va otra de mi cosecha:

Un extranjero no registrado ni autorizado como residente en España, ¿tiene derecho a asistencia sanitaria?
A) No
B) La misma que un español si se trata de un menor de edad.
C) Únicamente si se trata de embarazadas.
D) Únicamente asistencia de urgencia por enfermedad grave o accidente, hasta el alta médica.

B
 
Es B.


http://www.seg-social.es/Internet_1...egimenGeneral/BeneficiariosSituac30476/177501


Los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España, recibirán asistencia sanitaria en las siguientes modalidades:

- Asistencia sanitaria de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica.

- A partir de 01-09-2013, los extranjeros menores de dieciocho años residentes en España a los que se refiere el artículo 3 ter de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, tendrán derecho a la asistencia sanitaria pública por el SNS con la misma extensión reconocida a las personas que ostentan la condición de aseguradas, siendo el tipo de aportación del usuario para las prestaciones de la cartera de servicios del SNS que la exijan el correspondiente a los asegurados en activo.

- A partir de 01-09-2013, las mujeres extranjeras embarazadas a las que se refiere el artículo 3 ter de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, tendrán derecho a que el SNS les proporcione la asistencia al embarazo, parto y postparto con la misma extensión reconocida a las personas que ostentan la condición de aseguradas, siendo el tipo de aportación de la usuaria para las prestaciones de la cartera de servicios del SNS que la exijan el correspondiente a los asegurados en activo.
 
Por cierto, no afecta a la pregunta ni nada, pero como curiosidad, hay otro caso "raro" en el que se tiene derecho a asistencia sanitaria igual que un español: si eres un refugiado.

Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l12-2009.t2.html#a36 artículo 36, punto f)

(Bueno, es que prácticamente pasas a ser español, la lista de derechos es inmensa).
 
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Unido
24 Sep 2016
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Ahí va una:p

Según el RD 240/2007, de 16 de febrero, los ciudadanos de otros Estados miembro de la Unión Europea y de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, tienen derecho a acceder a cualquier actividad, tanto por cuenta ajena como cuenta propia, en las mismas condiciones que los españoles, exceptuando en todo caso:

a) A los descendientes mayores de veintiún años que vivan a cargo.
b) A los ascendientes directos de su cónyuge.
c) Las dos anteriores son correctas.
 
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Unido
25 Oct 2012
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@domca se ha movido su mensaje al mismo hilo a fin de tener en el mismo lugar pregunta y respuesta. Gracias.
 
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