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22 Jul 2008
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carloscop dijo:
Doble pregunta enlazada:

Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de los derechos y libertades reconocidos y comprendidos en:

a) El título I, Capítulo I, Sección II.
B) El Título I, Capítulo II, Secciones I y II.
c) El Título I, Capítulo II, Sección I.
d) El Título I, Capítulo I, Secciones I y II

...

Y su tutela podrá recabarse mediante:

a) Recurso de amparo.
b) Recurso de inconstitucionalidad.
c) Procedimiento ante Tribunal ordinario basado en principios de preferencia y sumariedad.
d) a y b son correctas.

1.C
2.D
Creo :lol:
 
carloscop dijo:
La respuesta correcta es b y b, por el artículo 52 o 53 de la CE está, ¡echadle un ojo!
Para mi la segunda no está correcta.

1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo II del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por Ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1.a.

2. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo II ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.
 
tikotazo dijo:
carloscop dijo:
La respuesta correcta es b y b, por el artículo 52 o 53 de la CE está, ¡echadle un ojo!
Para mi la segunda no está correcta.

1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo II del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por Ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1.a.

2. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo II ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.
EDITO:
Si está bien tiko..
Artículo 53.

1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo II del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por Ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1.a.

art.161.1a

1. El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer.

a)Del recurso de inconstitucionalidad contra Leyes y disposiciones normativas con fuerza de Ley. La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de Ley, interpretada por la jurisprudencia, afectara a esta, si bien la sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada.
 
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