• Acreditación Policías Alumnos

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Entrevistas XXXIV NO APTOS

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Unido
6 Jun 2017
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Buenas tardes, se de buena mano, por experiencia con mi pareja, que aunque estén cancelados, ellos tienen acceso perfectamente, incluso aunque esos antecedentes fuesen siendo menor de edad.. indicaros que es la quinta entrevista no apta. Ninguna ha sido superior a 50 puntos. Y al respecto a decirlo o no, recomiendo decir siempre la verdad, eso sí..tendréis que defenderlo todo lo posible, sintiéndolo mucho, y sinceramente, venderos en el sentido de demostrar en ese momento al tribunal que habéis cambiado y demás.. aunque..en el caso de mi pareja, no les convence parece ser..
Un saludo
Se supone que si los cancelas, se borran. Al echar la instancias solo deberían miran el REGISTRO CENTRAL DE REBELDES Y PENADOS (lo pone en la misma instancia). Por lo que al consultar esa única base de datos, no debería de constar nada. (Requisito: carecer de antecedentes penales).

Ahora, como bien dice Lobo3, pienso que esta gente hace lo que quiere y miran otros ficheros policiales (cosa que no es legal) en las que sí puedes constar.

A ver si algún entendido o alguien que tenga mayor experiencia te puede aclarar más el asunto.
 
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30 Dic 2014
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Buenas tardes, se de buena mano, por experiencia con mi pareja, que aunque estén cancelados, ellos tienen acceso perfectamente, incluso aunque esos antecedentes fuesen siendo menor de edad.. indicaros que es la quinta entrevista no apta. Ninguna ha sido superior a 50 puntos. Y al respecto a decirlo o no, recomiendo decir siempre la verdad, eso sí..tendréis que defenderlo todo lo posible, sintiéndolo mucho, y sinceramente, venderos en el sentido de demostrar en ese momento al tribunal que habéis cambiado y demás.. aunque..en el caso de mi pareja, no les convence parece ser..
Un saludo


¿Llevas 5 entrevistas "no apta"?


Eso mismo le comentaba al compañero, que seguro que tienen acceso aún cancelados. El problema radica pues, en las bases de la convocatoria, las cuales debería poner: "no haber cometido nunca delito alguno, en la vida" en lugar de "carecer de antecedentes penales". Ese rastro o esa visión que siguen teniendo no debería ser legal o al menos no deberían valorarla, ¿si no, cuál es la diferencia entre que prescriban y los canceles y el no hacerlo?

Edito: tras volver a leer tu mensaje comprendo que escribes en nombre de tu pareja, la cual lleva ese número de entrevistas "no aptas" por el motivo aparente de haber tenido antecedentes.
 
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29 Oct 2011
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Se supone que si los cancelas, se borran. Al echar la instancias solo deberían miran el REGISTRO CENTRAL DE REBELDES Y PENADOS (lo pone en la misma instancia). Por lo que al consultar esa única base de datos, no debería de constar nada. (Requisito: carecer de antecedentes penales).

Ahora, como bien dice Lobo3, pienso que esta gente hace lo que quiere y miran otros ficheros policiales (cosa que no es legal) en las que sí puedes constar.

A ver si algún entendido o alguien que tenga mayor experiencia te puede aclarar más el asunto.

Y ¿en qué te basas para afirmar que no es legal que consulten otros ficheros POLICIALES?
Vamos, lo que faltaba por leer es que los propios policías no puedan consultar una base de datos del CNP...

Se te pide autorización para consultar el registro central de penados porque no puede consultarse sin tu autorización pero pueden consultar tantas bases de datos como les salga de sus azules partes en las que no necesiten una autorización previa.
Es como si me dices que no es legal que hagan unas búsqueda en Google con tu nombre y apellidos... Pues igual.

Y sí, si cancelas los antecedentes penales por supuesto que se borran del registro central. Faltaría más.
Pero no se borran de otros sitios.

Y diré más, no hubieras cometido un delito y no habría problema ahora (te lo digo a ti pero es un comentario general para cualquier interesado). Puede sonar duro e injusto decir algo así pero creo que todos somos dueños de nuestros actos y responsables de ellos.
 
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24 Mayo 2014
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Y ¿en qué te basas para afirmar que no es legal que consulten otros ficheros POLICIALES?
Vamos, lo que faltaba por leer es que los propios policías no puedan consultar una base de datos del CNP...

Se te pide autorización para consultar el registro central de penados porque no puede consultarse sin tu autorización pero pueden consultar tantas bases de datos como les salga de sus azules partes en las que no necesiten una autorización previa.
Es como si me dices que no es legal que hagan unas búsqueda en Google con tu nombre y apellidos... Pues igual.

Y sí, si cancelas los antecedentes penales por supuesto que se borran del registro central. Faltaría más.
Pero no se borran de otros sitios.

Y diré más, no hubieras cometido un delito y no habría problema ahora (te lo digo a ti pero es un comentario general para cualquier interesado). Puede sonar duro e injusto decir algo así pero creo que todos somos dueños de nuestros actos y responsables de ellos.

Por favor, acabo de leer su comentario y me ha dado vergüenza ajena.

Si Ud. me permite, creo que esas no son las formas y le recuerdo que usted también fue opositor si es que aún no lo sigue siendo.

Me gustaría que siendo un administrador tuviese más empatía con los demás.

Que esta persona haya cometido un error en el pasado no se merece tal contestación.

A veces, por estas cosas me dan ganas de no volver a entrar más en el foro y eso que no lo hago mucho.

Cada uno tiene sus historias y Ud. tampoco ha estado exento, ¡seguro!

Espero lo sepas encajar...
 
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30 Dic 2014
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Y ¿en qué te basas para afirmar que no es legal que consulten otros ficheros POLICIALES?
Vamos, lo que faltaba por leer es que los propios policías no puedan consultar una base de datos del CNP...

Se te pide autorización para consultar el registro central de penados porque no puede consultarse sin tu autorización pero pueden consultar tantas bases de datos como les salga de sus azules partes en las que no necesiten una autorización previa.
Es como si me dices que no es legal que hagan unas búsqueda en Google con tu nombre y apellidos... Pues igual.

Y sí, si cancelas los antecedentes penales por supuesto que se borran del registro central. Faltaría más.
Pero no se borran de otros sitios.

Y diré más, no hubieras cometido un delito y no habría problema ahora (te lo digo a ti pero es un comentario general para cualquier interesado). Puede sonar duro e injusto decir algo así pero creo que todos somos dueños de nuestros actos y responsables de ellos.

No me voy ni a rebajar a tu nivel, el cual por cierto, es muy bajo. Simplemente te diré varias cosas: la primera que yo no he tenido ningún problema, la segunda que esto es un foro y aquí se dan opiniones (te pueden gustar más o menos), la tercera es que lo que yo comento, es que si lo que piden es no tener antecedentes penales...tú vas y los cancelas y se supone que esa causa no debería tenerse en cuenta, si no de qué sirve cancelarlos.

Enserio, me pareces un auténtico personaje. Si quieres que te respeten, respeta.
 
¿Llevas 5 entrevistas "no apta"?


Eso mismo le comentaba al compañero, que seguro que tienen acceso aún cancelados. El problema radica pues, en las bases de la convocatoria, las cuales debería poner: "no haber cometido nunca delito alguno, en la vida" en lugar de "carecer de antecedentes penales". Ese rastro o esa visión que siguen teniendo no debería ser legal o al menos no deberían valorarla, ¿si no, cuál es la diferencia entre que prescriban y los canceles y el no hacerlo?

Edito: tras volver a leer tu mensaje comprendo que escribes en nombre de tu pareja, la cual lleva ese número de entrevistas "no aptas" por el motivo aparente de haber tenido antecedentes.
Se supone que si los cancelas, se borran. Al echar la instancias solo deberían miran el REGISTRO CENTRAL DE REBELDES Y PENADOS (lo pone en la misma instancia). Por lo que al consultar esa única base de datos, no debería de constar nada. (Requisito: carecer de antecedentes penales).

Ahora, como bien dice Lobo3, pienso que esta gente hace lo que quiere y miran otros ficheros policiales (cosa que no es legal) en las que sí puedes constar.

A ver si algún entendido o alguien que tenga mayor experiencia te puede aclarar más el asunto.
la consulta de antecedentes policiales no tiene nada de ilegal, pero voy más lejos ni siquiera hace falta consultar dichos antecedentes... Os digo siempre que existe diferencia entre antecedentes y registros.
Otra aclaración, lo que se conoce como “cancelación” de antecedentes no es un borrado de los mismos, es un bloqueo de acceso, de ahí que al realizar una consulta no aparezcan, pero los datos no se borran, sería algo así como el derecho al olvido por el que le pides a google que tu nombre no aparezca en los buscadores.
 
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29 Oct 2011
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@Krocopp @cnpXXXI

Lo primero de todo, gran parte de mi mensaje es explicando el tema de si pueden o no consultar ciertas bases de datos.
El final era un comentario general, algo que ambos no parece que hayais entendido y mira que lo indico claramente... Pero interpretáis las cosas como os da la gana.

Ni falta de respeto, ni vergüenza ajena ni pollas en vinagre. Que últimamente en el foro estais con unos tonos, unas salidas y unas confianzas... (Y eso es otro mensaje general)

Y ahora voy a acabar de explicar este asunto porque parece que no queremos entenderlo. Antes de nada, es su proceso y si no quieren que cierta persona entre porque cometiese cierto delito en un momento están en todo si derecho, a mí no me gustaría tener de compañero a un condenado por violencia de género, por homicidio o por agresión sexual...

Pero vamos más allá, ¿qué dicen las bases? "No haber sido condenado".
Fin.
Creo que no cuesta trabajo entender eso.
No es que no tengas antecedentes. No. Es que nunca hayas sido condenado. Que tú los canceles sería la forma de intentar cumplir ese requisito. Pero, cancelarlos, no hace que no hayas sido condenado, tan solo borra un registro pero ¿Has sido condenado alguna vez? Sí. Ergo, si tienen forma de averiguarlo, sintiéndolo mucho, te jodes porque no cumples los requisitos.

Porque el requisito no es: Que no figure en el registro antecedentes penales.
No, es no haber sido condenado.

Es que, de verdad... Queremos ir de listos y de que sabemos más...

Y repito lo mismo, es tan sencillo como no cometer ningún delito.
Si no os gusta lo que escribo tan fácil como no leerlo.

Hale, adiós
 
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24 Mayo 2014
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@Krocopp @cnpXXXI

Lo primero de todo, gran parte de mi mensaje es explicando el tema de si pueden o no consultar ciertas bases de datos.
El final era un comentario general, algo que ambos no parece que hayais entendido y mira que lo indico claramente... Pero interpretáis las cosas como os da la gana.

Ni falta de respeto, ni vergüenza ajena ni pollas en vinagre. Que últimamente en el foro estais con unos tonos, unas salidas y unas confianzas... (Y eso es otro mensaje general)

Y ahora voy a acabar de explicar este asunto porque parece que no queremos entenderlo. Antes de nada, es su proceso y si no quieren que cierta persona entre porque cometiese cierto delito en un momento están en todo si derecho, a mí no me gustaría tener de compañero a un condenado por violencia de género, por homicidio o por agresión sexual...

Pero vamos más allá, ¿qué dicen las bases? "No haber sido condenado".
Fin.
Creo que no cuesta trabajo entender eso.
No es que no tengas antecedentes. No. Es que nunca hayas sido condenado. Que tú los canceles sería la forma de intentar cumplir ese requisito. Pero, cancelarlos, no hace que no hayas sido condenado, tan solo borra un registro pero ¿Has sido condenado alguna vez? Sí. Ergo, si tienen forma de averiguarlo, sintiéndolo mucho, te jodes porque no cumples los requisitos.

Porque el requisito no es: Que no figure en el registro antecedentes penales.
No, es no haber sido condenado.

Es que, de verdad... Queremos ir de listos y de que sabemos más...

Y repito lo mismo, es tan sencillo como no cometer ningún delito.
Si no os gusta lo que escribo tan fácil como no leerlo.

Hale, adiós

Disculpa, pero vuelvo a insistir, esas no son las formas y menos con lo de te "jodes", sigues dando vergüenza. Que otro moderador tome medidas con su vocabulario.

Cuando opositabas no tenías esos comentarios, eras más asertivo, pero debe de ser que el servicio no es el que esperabas, suele pasar.

Y penasar que en su momento pensé otra cosa de Ud., vergüenza...
 
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29 Oct 2011
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Disculpa, pero vuelvo a insistir, esas no son las formas y menos con lo de te "jodes", sigues dando vergüenza. Que otro moderador tome medidas con su vocabulario.

Cuando opositabas no tenías esos comentarios, eras más asertivo, pero debe de ser que el servicio no es el que esperabas, suele pasar.

Y penasar que en su momento pensé otra cosa de Ud., vergüenza...

Si tiene alguna queja respecto a algún comentario no hace falta que escriba un mensaje que no aporta nada a la temática del hilo (cosa que contraviene la normativa del foro), use la opción de Denunciar y la moderación se hará cargo.
 
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24 Mayo 2014
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Si tiene alguna queja respecto a algún comentario no hace falta que escriba un mensaje que no aporta nada a la temática del hilo (cosa que contraviene la normativa del foro), use la opción de Denunciar y la moderación se hará cargo.
Realmente, sigo pensando que no ha tenido un buen día y que debe de recapacitar.

Debería de diferencia entre delito doloso y un juicio de faltas ya extinto que hay gente que no sabe que eso ha cambiando con la 4/2015, no dé por hecho sin saber... Todos los casos no son iguales.

Además, creo que usted poco ha aportado también.

Saludos.
 
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Realmente, sigo pensando que no has tenido un buen día y que debes de recapacitar.

Deberías de diferenciar entre delito doloso y un juicio de faltas ya extinto que hay gente que no sabe que eso ha cambiando con la 4/2015, no dé por hecho sin saber... Todos los casos no son iguales.

Además, creo que usted poco ha aportado también.

Saludos.
 
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Si tiene alguna queja respecto a algún comentario no hace falta que escriba un mensaje que no aporta nada a la temática del hilo (cosa que contraviene la normativa del foro), use la opción de Denunciar y la moderación se hará cargo.[/QUOTE
Realmente, sigo pensando que no ha tenido un buen día y que debe de recapacitar.

Debería de diferenciar entre delito doloso y un juicio de faltas ya extinto, que hay gente que no sabe que eso ha cambiando con la 4/2015, no dé por hecho sin saber... Todos los casos no son iguales.

Además, creo que usted poco ha aportado también.

Saludos.
 
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Realmente, sigo pensando que no ha tenido un buen día y que debe de recapacitar.

Debería de diferencia entre delito doloso y un juicio de faltas ya extinto que hay gente que no sabe que eso ha cambiando con la 4/2015, no dé por hecho sin saber... Todos los casos no son iguales.

Además, creo que usted poco ha aportado también.

Saludos.

Mira, lo primero es que no me conoces de absolutamente nada así que deja de inventarte cosas sobre mi vida... Manda huevos..

Y, lo segundo, lee las bases y aprende derecho. Las antiguas faltas no son excluyentes porque las bases dice DELITOS, una cosa son delitos y otra faltas.
Ya queremos ser más papistas que el Papa y estás diciendo cosas sin sentido.

No tengo nada más que hablar contigo, hasta aquí llego.
 
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Mira, lo primero es que no me conoces de absolutamente nada así que deja de inventarte cosas sobre mi vida... Manda huevos..

Y, lo segundo, lee las bases y aprende derecho. Las antiguas faltas no son excluyentes porque las bases dice DELITOS, una cosa son delitos y otra faltas.
Ya queremos ser más papistas que el Papa y estás diciendo cosas sin sentido.

No tengo nada más que hablar contigo, hasta aquí llego.

A pastar.

Bueno, mire usted, siguiendo su criterio, voy a proceder a lo siguiente:

En primer lugar, sí que lo conozco de hace años respecto al foro, en el cual mostraba una cara amable, afable y cordial, cualquiera que coincidió en nuestras micropromociones lo reconocería, entre otras cosas por orquestar preguntas de exámenes para tal caso.

En segundo lugar, jamás, solo por ética me inventaría nada de nadie que no supusiera la verdad, bajo ningún concepto, lo de manda huevos bajo mi humilde opinión, sobra.

En tercer lugar, es cierto que no soy abogado, ni quiero serlo, al menos de momento, pero le recuerdo, que las faltas no son delito doloso y me acabo de informar ahora mismo, otra cosa es que usted no sepa que existe la Ley 4/2015, que es muy probable al ver su cambio de actitud. Usted mismo se contradice, copio y pego: "Las antiguas faltas no son excluyentes porque las bases dice DELITOS, una cosa son delitos y otra faltas", según este argumento banal, me estás dando la razón.

En cuarto lugar, impuber, no soy ni papa ni papista, para mí en minúsculas porque son cargos o profesiones que debería de saberlo.

En quinto lugar, tengo un gran respeto por las personas que pastan o ayudan con eso al sustento de sus familias.

En sexto lugar, espero comprenda mis argumentos, aunque sinceramente, no lo creo...
 
Dos puntualizaciones:
La primera es que con la ley en la mano las antiguas faltas, hoy delitos leves, son excluyentes.
La segunda es que @migue_coco tiene Razón, el requisito es textualmente “No haber sido condenado por delito doloso”. El problema es que al proceder a la “cancelación” (bloqueo) de antecedentes, dicha consulta para la DGP saldrá siempre negativa (el registro es de Justicia y requieren autorización para consultarlo porque no es de la DGP), por tanto para el Tribunal es físicamente imposible dar el no apto en la oposición a alguien que hay cancelado sus antecedentes penales, pero teóricamente, si por ejemplo esa cancelación se anulara por motivos legales (no todos los antecedentes se pueden cancelar, ojo), esa persona podría ser excluida del proceso selectivo inclusive estando en la ENP o en prácticas (porque el proceso dura hasta la firma del PF cuando te incorporas a tu primer destino.
En este trabajo os daréis cuenta de que muchísimas veces la textualidad es clave.
 
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30 Dic 2014
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Dos puntualizaciones:
La primera es que con la ley en la mano las antiguas faltas, hoy delitos leves, son excluyentes.
La segunda es que @migue_coco tiene Razón, el requisito es textualmente “No haber sido condenado por delito doloso”. El problema es que al proceder a la “cancelación” (bloqueo) de antecedentes, dicha consulta para la DGP saldrá siempre negativa (el registro es de Justicia y requieren autorización para consultarlo porque no es de la DGP), por tanto para el Tribunal es físicamente imposible dar el no apto en la oposición a alguien que hay cancelado sus antecedentes penales, pero teóricamente, si por ejemplo esa cancelación se anulara por motivos legales (no todos los antecedentes se pueden cancelar, ojo), esa persona podría ser excluida del proceso selectivo inclusive estando en la ENP o en prácticas (porque el proceso dura hasta la firma del PF cuando te incorporas a tu primer destino.
En este trabajo os daréis cuenta de que muchísimas veces la textualidad es clave.


Saldrá negativa en cuanto a antecedentes penales, pero miran otro registro distinto y te "cazan por ahí", ¿me equivoco?


Edito: mensaje dirigido al usuario cnpXXI, no discutas con el usuario migue_coco que de nada sirve, solo para malgastar tú tiempo.

Yo prefiero tener de compañero a un policía que en su día haya cometido "algún error" en el pasado, que a un insatisfecho de la vida. Que aquí ninguno somos inmaculados.
 
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Saldrá negativa en cuanto a antecedentes penales, pero miran otro registro distinto y te "cazan por ahí", ¿me equivoco?


Edito: mensaje dirigido al usuario cnpXXI, no discutas con el usuario migue_coco que de nada sirve, solo para malgastar tú tiempo.

Yo prefiero tener de compañero a un policía que en su día haya cometido "algún error" en el pasado, que a un insatisfecho de la vida. Que aquí ninguno somos inmaculados.
Te suspenden por mentir, y hay muchas maneras de saber que mientes, pasar por una comisaría deja muchos registros, hasta aquí puedo leer.
 
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11 Sep 2016
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Comprendo que no guste que miren otros registros, pero están en su derecho de mirar donde ellos crean conveniente, solo te piden permiso para ese registro porque no están autorizados para verlo.

Si yo tuviera que elegir , tampoco elegía a nadie que tuviera cualquier antecedente y no me lo explicara, si lo oculta... Yo pensaría que sería por algo...

Hay compañeros con ciertos antecedentes cancelados y están dentro , fueron valientes y lo afrontaron , explicaron el caso y convencieron al tribunal.

Las formas alomejor de @migue_coco no son las mejores, pero estoy deacuerdo con él... La gente se queja por gusto... Si no cumples requisitos y te pillan... Hay que aguantarse.
Saldrá negativa en cuanto a antecedentes penales, pero miran otro registro distinto y te "cazan por ahí", ¿me equivoco?


Edito: mensaje dirigido al usuario cnpXXI, no discutas con el usuario migue_coco que de nada sirve, solo para malgastar tú tiempo.

Yo prefiero tener de compañero a un policía que en su día haya cometido "algún error" en el pasado, que a un insatisfecho de la vida. Que aquí ninguno somos inmaculados.

Enviado desde mi Aquaris X5 mediante Tapatalk
 
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8 Oct 2014
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Y tanto que se miran..., además es lo suyo, quieres entrar en la policía, tienen que saber qué clase de persona entra en su casa y por mucho que pueda haber cambiado es importante saber a quien se está dando acceso, y si hay algo, es mejor que la persona lo diga y no entre mintiendo de primeras porque mentir = a no apto. No hace falta haber sido un delincuente juvenil solo haber estado en el momento inadecuado en el sitio equivocado; así que a defenderlo y dar explicaciones.
 
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23 Jun 2017
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Y tanto que se miran..., además es lo suyo, quieres entrar en la policía, tienen que saber qué clase de persona entra en su casa y por mucho que pueda haber cambiado es importante saber a quien se está dando acceso, y si hay algo, es mejor que la persona lo diga y no entre mintiendo de primeras porque mentir = a no apto. No hace falta haber sido un delincuente juvenil solo haber estado en el momento inadecuado en el sitio equivocado; así que a defenderlo y dar explicaciones.
Si el problema es que no te den la opción de defenderlo...
 
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