Te adjunto causas de exclusiones médicas:
Cuadro de exclusiones médicas para ingreso en el Cuerpo
Nacional de PolicÃa (Orden de 11 de enero de 1988)
1. Talla: Estatura mÃnima: 1,65 metros los hombres; 1,60
metros las mujeres.
2. Obesidad-Delgadez: Obesidad o delgadez manifiestas que
dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del
cargo.
3. Exclusiones circunstanciales: Enfermedades o lesiones agudas,
activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir
19754 Martes 8 mayo 2007 BOE núm. 110
secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones
policiales.
En estos casos, el Tribunal Médico podrá fijar un nuevo plazo
para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual los
Servicios de Sanidad de la Dirección General de la PolicÃa certificarán
si han desaparecido los motivos de la exclusión circunstancial.
4. Exclusiones definitivas:
4.1 Ojo y visión:
4.1.1 Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de
la visión normal en ambos ojos.
4.1.2 QueratotomÃa radial.
4.1.3 Desprendimiento de retina.
4.1.4 Estrabismo.
4.1.5 Hemianopsias.
4.1.6 Discromatopsias.
4.1.7 Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal
Médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.
4.2 OÃdo y audición: Agudeza auditiva que suponga una perdida
entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios
a 45 decibelios.
4.3 Otras exclusiones:
4.3.1 Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor
que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan
agravarse, a juicio del Tribunal Médico, con el desempeño del
puesto de trabajo. (PatologÃa ósea de extremidades, retracciones o
limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de
columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).
4.3.2 Aparato digestivo: Ulcera gastro-duodenal y cualquier
otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte el
desempeño del puesto de trabajo.
4.3.3 Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier
causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145
mm/Hg en presión sistólica, y los 90 mm/Hg en presión diastólica;
varices o insuficiencia venosa periférica, asà como cualquier otra
patologÃa o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal Médico,
pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.
4.3.4 Aparato Respiratorio: El asma bronquial, la broncopatÃa
crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión),
la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato
respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.
4.3.5 Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor
de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanÃas y otros procesos
patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
4.3.6 Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan
limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o
limiten el desarrollo de la función policial.
4.3.7 Otros procesos patológicos. Diabetes, enfermedades
transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual,
enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas,
hemopatÃas graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier
otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico limite o
incapacite para el ejercicio de la función policial
La verdad es que han tirado a gente por juanetes o pies planos, yo me los operaria para ir alli sin ningun temor pero ya eso es cosa de cada uno.