Te lo voy a explicar un poco de memoria sin los apuntes delante, espero explicarlo bien:
La capacidad jurídica es la capacidad para adquirir derechos y deberes. Se tiene desde el nacimiento.
La capacidad de obrar es la que se tiene para actuar conforme a esos derechos.
Ejemplo: un menor tiene capacidad jurídica (también se llama de goce) por lo que tiene todos los derechos humanos. En cambio sólo una persona con capacidad de obrar puede ejercer derechos como la adopción.
Espero quede claro..... :roll: