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Simulacros de examen promoción XXXIII "Ni una más"

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19 Jun 2016
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Para mi el 30

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MrSparkle

Policía Alumno
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18 Sep 2014
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Sin corregir las preguntas que pongo abajo, a ver qué me decís de si están mal o no, 4.9. Estando como yo creo que deberían estar corregidas se me quedaría en 5.35. Son la 25, 42 y 54.
Examen mucho más asequible y yo creo que acorde a lo que nos van a pedir, ¡gran trabajo!


Espoiler:





25. Cuando perderá la nacionalidad de origen un español, respuesta correcta c) nunca. A mí entender la respuesta correcta es la a).
No se le puede privar de ella, no se le puede quitar, pero sí la puede perder por usar otra durante 3 años.

28. La de los neurolépticos: da como correcta que es un psicodisléptico (me ha liado que lo catalogasen como alucinógeno cuando es uno de los síntomas que tratan, me parecía raro), he estado mirando por google un poco y lo que he visto es que causa sedación, somnolencia y demás aunque también excitación, por lo que se podría catalogar más como psicoléptico o psicoanaléptico que como psicodisléptico (no he visto que produzca alucinaciones y tal) . Todo esto a efectos de conocer el tipo de medicamentos porque en realidad es la respuesta que más se acerca a la realidad aunque puede haber gente que la impugaría... @strelok357, ¿es de algun temario en especial?, ¿pone expresamente psicodisléptico?
Igual me he emparanoiado más de la cuenta con esta pregunta.

42. De los gastos del Subcomité de Prevención, yo tengo en mis apuntes que se encarga las Naciones Unidas, no los estados partes. ¿Lo tengo mal? También tengo que hay un fondo, también de las Naciones Unidas, para sufragar los gastos de educación de los mecanismos nacionales. ¿Alguno más con esta información así? Si es así la respuesta correcta sería la b) y no la a).

54. El término "seguridad conductiva" no lo tengo en mi temario, ¿alguien me lo explica o ha sido un error en la letra de la respuesta? Si están encaminados a evitar que se produzca el accidente lo catalogaría como activa. Pone correcta b) y sería a).

Parece que somos varios los que estamos en la horquilla del 4.9-5.3.
En la pregunta 25, creo que es por estar acostumbrados a ver las cosas difíciles aunque no lo sean, a mí me pasaba cuando pasé de test por temas de Acrapol a simulacros de Decuma, lo fácil pensaba que eran trampa. Aquí creo que habría que hacerse una pregunta, ¿y si la otra nacionalidad fuera la portuguesa?
Luego de las que has comentado la 42 y la 54 también he marcado lo mismo, la 42 la he hablado con su autora y ha sido un error.
 
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Unido
19 Jun 2016
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de_0

POLICÍA
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3 Dic 2015
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Hola! A ver qué opináis de la resolución a la pregunta 44, creo que es tuya @adroperito

44. Cuando un pueblo adquiere una cultura o nuevos aspectos de la misma, usualmente en detrimento de la cultura propia, estamos refiriéndonos a:

a) Enculturación.

b) Aculturación.

c) Transculturación.

En la solución pone que la correcta sería aculturación, pero yo creo que transculturación sería más acertada ya que en la misma pregunta dice que es en detrimento de la propia. Os dejo un extracto de los apuntes.

Aculturacion: Imposición de una cultura sobre otra, proceso a través del cual un grupo humano adquiere o asimila, usualmente de forma involuntaria, por contacto directo y permanente, determinados valores ajenos a su tradición

Transculturacion: No solo adquiere una cultura sino que el proceso implica pérdida o desarraigo de una cultura precedente, pérdida de elementos de la propia cultura a favor de otra externa.

No sé si soy un poco quisquillosa con esta pregunta pero es que siempre me lío con este tema :confused:
 
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Cris_Cen

Policía Alumno
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25 Mayo 2015
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Chicos intento explicaros la pregunta 25:

La correcta es la C, un español de origen nunca puede perder su nacionalidad. La A no es correcta porque correspondería a españoles con nacionalidad de NO origen. El caso al que os referís es cuando la pierden por voluntad propia, para lo cual han de residir en el extranjero utilizando una segunda y una vez transcurridos 3 años, no durante. Además como dice el compi, esto no será válido para países tasados (Iberoamericanos, Portugal, Andorra...)
 
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MrSparkle

Policía Alumno
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18 Sep 2014
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Hola! A ver qué opináis de la resolución a la pregunta 44, creo que es tuya @adroperito

44. Cuando un pueblo adquiere una cultura o nuevos aspectos de la misma, usualmente en detrimento de la cultura propia, estamos refiriéndonos a:

a) Enculturación.

b) Aculturación.

c) Transculturación.

En la solución pone que la correcta sería aculturación, pero yo creo que transculturación sería más acertada ya que en la misma pregunta dice que es en detrimento de la propia. Os dejo un extracto de los apuntes.

Aculturacion: Imposición de una cultura sobre otra, proceso a través del cual un grupo humano adquiere o asimila, usualmente de forma involuntaria, por contacto directo y permanente, determinados valores ajenos a su tradición

Transculturacion: No solo adquiere una cultura sino que el proceso implica pérdida o desarraigo de una cultura precedente, pérdida de elementos de la propia cultura a favor de otra externa.

No sé si soy un poco quisquillosa con esta pregunta pero es que siempre me lío con este tema :confused:
Yo he contestado lo mismo que tú, a ver si nos lo aclara el autor, por lo que veo de un 4.8 en la primera corrección me puedo poner en 5.4 aproximadamente.
En la pregunta 21, da como buena la opción B (aldea global), se lo he comentado al autor a ver que me dice, pero es que no sé porque no podría definir o ser una característica de C (internet)
 
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Unido
29 Oct 2015
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Chicos intento explicaros la pregunta 25:

La correcta es la C, un español de origen nunca puede perder su nacionalidad. La A no es correcta porque correspondería a españoles con nacionalidad de NO origen. El caso al que os referís es cuando la pierden por voluntad propia, para lo cual han de residir en el extranjero utilizando una segunda y una vez transcurridos 3 años, no durante. Además como dice el compi, esto no será válido para países tasados (Iberoamericanos, Portugal, Andorra...)
Un español de origen si puede perder la nacionalidad, lo que no pueden es privarle de ella, pero perderla sí. La C no es correcta


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MrSparkle

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Un español de origen si puede perder la nacionalidad, lo que no pueden es privarle de ella, pero perderla sí. La C no es correcta


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En tal caso, sería renunciar.
 
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MrSparkle

Policía Alumno
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18 Sep 2014
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Correcto, la perdería de manera voluntaria al renunciar a ella de manera expresa.
De todos modos, por eliminación A no es, pues si adquiere una nacionalidad con tratado no la perdería. B está claro que no es correcta. Por lo tanto, según el artículo 11 de la CE te quedaría la C.
 
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de_0

POLICÍA
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3 Dic 2015
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A ver otra en la que tengo dudas, esta vez es la 50
50. En caso de entrada ilegal al país se podrá acordar una prohibición de entrada como
máximo de:
a) 3 años.
b) 5 años.
c) 7 años.

Pone que es 3 años pero según la normativa 4/2000 art 58:

3. No será preciso expediente de expulsión para la devolución de los extranjeros en los siguientes supuestos:
  • a) Los que habiendo sido expulsados contravengan la prohibición de entrada en España.
  • b) Los que pretendan entrar ilegalmente en el país.
7.La devolución acordada en el párrafo a) del apartado 3 de este artículo conllevará la reiniciación del cómputo del plazo de prohibición de entrada que hubiese acordado la resolución de expulsión quebrantada. Asimismo, toda devolución acordada en aplicación del párrafo b) del mismo apartado de este artículo llevará consigo la prohibición de entrada en territorio español por un plazo máximo de tres años.

Los que contravengan la prohibición de entrar, son los que han entrado ilegalmente y a esos solo dice que se reinicia el plazo de prohibición, que como norma general es 5 años y los que pretenden entrar, apartado b, son los que tienen el máximo de tres años. Entiendo que se aplica a quien no consigue entrar lo de los tres años.

Y de todas formas por si no es suficiente lío luego se añade:

La Sentencia TC Pleno 17/2013, de 31 enero, declara inconstitucional y nulo el inciso «Asimismo, toda devolución acordada en aplicación del párrafo b) del mismo apartado de este artículo llevará consigo la prohibición de entrada en territorio español por un plazo máximo de tres años» del anterior número 6 del artículo 58, en la redacción dada al mismo por el artículo 1.31 de la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre y que actualmente se corresponde con el número 7 del mismo artículo.

Con lo que creo que ya no es válido lo de los 3 años.

Lo siento por el tocho. :oops:
 
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Unido
29 Oct 2015
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Correcto, la perdería de manera voluntaria al renunciar a ella de manera expresa.
De todos modos, por eliminación A no es, pues si adquiere una nacionalidad con tratado no la perdería. B está claro que no es correcta. Por lo tanto, según el artículo 11 de la CE te quedaría la C.
Que no que no, según el artículo 11 de la CE no te queda la C. La C no es correcta y está claro que las otras 2 tampoco. Pregunta sin respuesta correcta. 100% impugnable


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MrSparkle

Policía Alumno
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18 Sep 2014
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Que no que no, según el artículo 11 de la CE no te queda la C. La C no es correcta y está claro que las otras 2 tampoco. Pregunta sin respuesta correcta. 100% impugnable


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Muchas veces contestamos la pregunta más concreta, aquí podrías verlo como la pregunta menos mala. Si esta misma pregunta saliera el 14 de enero, ¿cuál contestarías?
 
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NeoLoki

XXXIV
Policía Alumno
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15 Jun 2015
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Que no que no, según el artículo 11 de la CE no te queda la C. La C no es correcta y está claro que las otras 2 tampoco. Pregunta sin respuesta correcta. 100% impugnable


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No te cierres en banda con esto, con la CE en mano la respuesta correcta es la C.
 
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29 Oct 2015
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Muchas veces contestamos la pregunta más concreta, aquí podrías verlo como la pregunta menos mala. Si esta misma pregunta saliera el 14 de enero, ¿cuál contestarías?
Tienes razón en que puede llevar a pensar que es la C, pero yo veo las 3 opciones igual de incorrectas. No es como en otras que hay una opción que es correcta pero incompleta, es que aquí son las 3 incorrectas. Yo hoy contesté A porque en cuanto vi el "nunca" sabía que esa no era y me tiré sin pensar a la A (fallo mío). El 14E seguramente hubiese marcado A otra vez o la hubiese dejado en blanco. Yo sinceramente la veo impugnable


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de_0

POLICÍA
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3 Dic 2015
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En las preguntas muchas veces tiran de vocabulario y a mí ya me pasó fallar en un test por lo mismo que tu dices pero me lo justificaron conque perder no es lo mismo que renunciar. Si lo viera así en el 14 E me tiraría a responder que nunca puede perder la nacionalidad, en caso de ser de origen claro.
 
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Dragonfly

Suerte, preparación + oportunidad se encuentran
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19 Nov 2016
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A ver otra en la que tengo dudas, esta vez es la 50
50. En caso de entrada ilegal al país se podrá acordar una prohibición de entrada como
máximo de:
a) 3 años.
b) 5 años.
c) 7 años.

Pone que es 3 años pero según la normativa 4/2000 art 58:

3. No será preciso expediente de expulsión para la devolución de los extranjeros en los siguientes supuestos:
  • a) Los que habiendo sido expulsados contravengan la prohibición de entrada en España.
  • b) Los que pretendan entrar ilegalmente en el país.
7.La devolución acordada en el párrafo a) del apartado 3 de este artículo conllevará la reiniciación del cómputo del plazo de prohibición de entrada que hubiese acordado la resolución de expulsión quebrantada. Asimismo, toda devolución acordada en aplicación del párrafo b) del mismo apartado de este artículo llevará consigo la prohibición de entrada en territorio español por un plazo máximo de tres años.

Los que contravengan la prohibición de entrar, son los que han entrado ilegalmente y a esos solo dice que se reinicia el plazo de prohibición, que como norma general es 5 años y los que pretenden entrar, apartado b, son los que tienen el máximo de tres años. Entiendo que se aplica a quien no consigue entrar lo de los tres años.

Y de todas formas por si no es suficiente lío luego se añade:

La Sentencia TC Pleno 17/2013, de 31 enero, declara inconstitucional y nulo el inciso «Asimismo, toda devolución acordada en aplicación del párrafo b) del mismo apartado de este artículo llevará consigo la prohibición de entrada en territorio español por un plazo máximo de tres años» del anterior número 6 del artículo 58, en la redacción dada al mismo por el artículo 1.31 de la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre y que actualmente se corresponde con el número 7 del mismo artículo.

Con lo que creo que ya no es válido lo de los 3 años.

Lo siento por el tocho. :oops:

Yo respondí 5 años, no entendí la opción de los 3 años.

En las preguntas muchas veces tiran de vocabulario y a mí ya me pasó fallar en un test por lo mismo que tu dices pero me lo justificaron conque perder no es lo mismo que renunciar. Si lo viera así en el 14 E me tiraría a responder que nunca puede perder la nacionalidad, en caso de ser de origen claro.

Aún así, en términos objetivos y absolutos sí puede perderla, es una opción valorable aunque sea español de origen como han comentado antes si se va fuera de España, 3 años, tal y tal...como perderla puede, la a es opción válida, es más completa que la c
 
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MrSparkle

Policía Alumno
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Vamos a centrarnos en la pregunta en cuestión.
¿Cuándo perderá la nacionalidad española un español de origen?
a) Por desuso, cuando por un periodo de 3 años utilicen otra nacionalidad: Incorrecta pues no dice qué nacionalidad, no especifica, pudiendo ser cualquiera, así pues, en caso de obtener la nacionalidad andorrana, portuguesa, etc., no la perdería.
b) Por sanción en sentencia judicial: Esta está bastante clara que es incorrecta.
c) Nunca: Aquí centrémonos en lo que el artículo 11.2 de la CE dice: "Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad". No pensemos en si puede renunciar a ella o demás supuestos que la pregunta no expone. Un español origen que sea condenado a cualquier pena no podrá ser privado de ella.
De todos modos, cada uno es libre de responder lo que crea oportuno.
 
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de_0

POLICÍA
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3 Dic 2015
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Yo respondí 5 años, no entendí la opción de los 3 años.
Si no tenemos en cuenta la sentencia del TS lo de los tres años sería válido en todo caso para quien quisiera entrar ilegalmente, no al que ya haya entrado entiendo yo que a este sí se le puede aplicar lo de los 5 años porque sólo se le reinicia el plazo de prohibición.
 
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Dragonfly

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Vamos a centrarnos en la pregunta en cuestión.
¿Cuándo perderá la nacionalidad española un español de origen?
a) Por desuso, cuando por un periodo de 3 años utilicen otra nacionalidad: Incorrecta pues no dice qué nacionalidad, no especifica, pudiendo ser cualquiera, así pues, en caso de obtener la nacionalidad andorrana, portuguesa, etc., no la perdería.
b) Por sanción en sentencia judicial: Esta está bastante clara que es incorrecta.
c) Nunca: Aquí centrémonos en lo que el artículo 11.2 de la CE dice: "Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad". No pensemos en si puede renunciar a ella o demás supuestos que la pregunta no expone. Un español origen que sea condenado a cualquier pena no podrá ser privado de ella.
De todos modos, cada uno es libre de responder lo que crea oportuno.
¿Privar = perder? Más bien no usar = perder, tal como especifica la ley. La pregunta dice cuando, en qué circunstancia puede perderse, no te pregunta cuándo es seguro que no, que evidentemente es no privarte de ella. A mí humilde modo de verlo vaya.
 

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