
Otra que me he quedado con cara de..., ¿qué he hecho durante 2 años y medio?Acaban de modificar las notas, cambiaron la respuesta en una pregunta....
Spoiler....
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Esta pregunta, respuesta correcta cambiada. ¿Dónde tendrán sus sedes las Delegaciones de Gobierno?
No le des más vueltas. Son cosas que pasan y, hazme caso, no significan nada. Recuerdo a un tal Álvaro que suspendió un simulacro de RdP (creo) a una semana o dos del oficial. En el oficial pasó sin problemas y ahora esta pasando frío en Ávila.Otra que me he quedado con cara de..., ¿qué he hecho durante 2 años y medio?
La verdad que estoy rayado con esta nota que he sacado, el año pasado aprobando holgadamente el oficial y ahora esto...

Ni te las calientes. Más importante que aprobar o suspender estas mi**** es ser un poco listo y no permitir que influya en tu ánimo y seguridad. Es un examen hecho para obtener una media de todos los participantes de 2-2,5. ¡Ale, todos suspendidos, a matricularnos que no estamos preparados! Ni caso..Otra que me he quedado con cara de..., ¿qué he hecho durante 2 años y medio?
La verdad que estoy rayado con esta nota que he sacado, el año pasado aprobando holgadamente el oficial y ahora esto...
Yuosssss horrible!!! Me comí una también, casi rompo algo... En finNi te las calientes. Más importante que aprobar o suspender estas mi**** es ser un poco listo y no permitir que influya en tu ánimo y seguridad. Es un examen hecho para obtener una media de todos los participantes de 2-2,5. ¡Ale, todos suspendidos, a matricularnos que no estamos preparados! Ni caso..
Pd: empiezo a pensar que mi ojo no es capaz de ver las palabras "señale la INcorrecta". Me las como todas. Siempre![]()

Sí, la han cambiado. Nota final 4.65 y la del mar impugnada.Acaban de modificar las notas, cambiaron la respuesta en una pregunta....
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Esta pregunta, respuesta correcta cambiada. ¿Dónde tendrán sus sedes las Delegaciones de Gobierno?

De todos los simulacros gratuitos que suben las academias, este sin dudas es el que menos se asemeja a un examen real, demasiadas preguntas extensas, no solo la pregunta sino las respuestas, ahora lo revisaré, algo bueno le sacaré. Mis notas 5,5 ORTOGRAFÍA 5.95 TEST4.5 con, efectivamente, la del mar impuganda, con algunas a muy mala hostia.
La del tipo de disparo en función de la distancia con otras medidas en mi temario (a quemarropa se supone que tiene que llegar la llama de la combustión al cuerpo y dudo mucho que llegue a la distancia que ellos marcan, no la pongo por no condicionaros).
También he de decir que he tenido unos cuantos fallos imperdonables y que se puede aprobar aún estando hecho como está (algunas preguntas fáciles hechas totalmente a propósito para fallarlas y preguntas kilométricas de buscar las 7 diferencias).
A mí también me ha encantado que estén aquí para ayudar, voy a comprarles todo lo que pueda por lo buenos que son...
Ahora voy a por el cruji IV a ver si me dáis por todos los lados.



Ojo que no me parecería raro una pregunta de ese estilo para la Constitución. A veces cuando preguntan la literalidad, al menos a mí, me descuadra. Si te preguntan por el artículo del derecho al trabajo de la CE, como les de por preguntar la literalidad del orden de "deber de trabajar y el derecho al trabajo" o "derecho de trabajar y el deber al trabajo"...Exámenes de academia con preguntas del artículo 235 de tal RD que cambian solo una "y" por una "o" que nos hacen pensar que no estamos preparados y, por tratar de profundizar lo innecesario, acabamos fallando la elección de los miembros de TC. Típico. De poco o nada sirven esos exámenes, sólo para hacerte dudar de ti mismo.


Me da que hay otra pregunta impugnable...
Spoiler a continuación...
¿Cuál de los siguientes derechos requiere puesta en conocimiento de la autoridad para su ejercicio?
A. Reunión.
B. Asociación.
C. Manifestación. X
Artículo 21.2 :"En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes".
Diría que está mal por dos cosas:
1. Con carácter general las reuniones y manifestaciones NO se tienen que poner en conocimiento de la autoridad. SOLO se hará si se van a realizar en lugares de tránsito público.
2. En el caso de que fueran en lugares de tránsito público tanto las reuniones como las manifestaciones necesitan ser puestas en conocimiento de la autoridad.
(Creo que la diferencia entre reunión y manifestación es que la primera es estática y la segunda dinámica)
¿Qué opinan? ¿Impugnable?

Es que las reuniones como dices pueden ser en un local u otro sitio similar. La manifestación se entiende que es siempre en un lugar públicoMe da que hay otra pregunta impugnable...
Spoiler a continuación...
¿Cuál de los siguientes derechos requiere puesta en conocimiento de la autoridad para su ejercicio?
A. Reunión.
B. Asociación.
C. Manifestación. X
Artículo 21.2 :"En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes".
Diría que está mal por dos cosas:
1. Con carácter general las reuniones y manifestaciones NO se tienen que poner en conocimiento de la autoridad. SOLO se hará si se van a realizar en lugares de tránsito público.
2. En el caso de que fueran en lugares de tránsito público tanto las reuniones como las manifestaciones necesitan ser puestas en conocimiento de la autoridad.
(Creo que la diferencia entre reunión y manifestación es que la primera es estática y la segunda dinámica)
¿Qué opinan? ¿Impugnable?
Edito: Mmm espera... que la CE creo que da a entender que reuniones solo en lugares de tránsito público... y las manifetaciones SIEMPRE...![]()

Has editado bienMe da que hay otra pregunta impugnable...
Spoiler a continuación...
¿Cuál de los siguientes derechos requiere puesta en conocimiento de la autoridad para su ejercicio?
A. Reunión.
B. Asociación.
C. Manifestación. X
Artículo 21.2 :"En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes".
Diría que está mal por dos cosas:
1. Con carácter general las reuniones y manifestaciones NO se tienen que poner en conocimiento de la autoridad. SOLO se hará si se van a realizar en lugares de tránsito público.
2. En el caso de que fueran en lugares de tránsito público tanto las reuniones como las manifestaciones necesitan ser puestas en conocimiento de la autoridad.
(Creo que la diferencia entre reunión y manifestación es que la primera es estática y la segunda dinámica)
¿Qué opinan? ¿Impugnable?
Edito: Mmm espera... que la CE creo que da a entender que reuniones solo en lugares de tránsito público... y las manifetaciones SIEMPRE...![]()
Yo lo entiendo por separado, es decir, si las reuniones se realizan en lugar público si se comunican a la autoridad, mientras que por otra parte las manifestaciones se comunican siempre a la autoridad, no sé si me he explicado bien :S
Gracias!!Es que las reuniones como dices pueden ser en un local u otro sitio similar. La manifestación se entiende que es siempre en un lugar público

Me da que hay otra pregunta impugnable...
Spoiler a continuación...
¿Cuál de los siguientes derechos requiere puesta en conocimiento de la autoridad para su ejercicio?
A. Reunión.
B. Asociación.
C. Manifestación. X
Artículo 21.2 :"En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes".
Diría que está mal por dos cosas:
1. Con carácter general las reuniones y manifestaciones NO se tienen que poner en conocimiento de la autoridad. SOLO se hará si se van a realizar en lugares de tránsito público.
2. En el caso de que fueran en lugares de tránsito público tanto las reuniones como las manifestaciones necesitan ser puestas en conocimiento de la autoridad.
(Creo que la diferencia entre reunión y manifestación es que la primera es estática y la segunda dinámica)
¿Qué opinan? ¿Impugnable?
Edito: Mmm espera... que la CE creo que da a entender que reuniones solo en lugares de tránsito público... y las manifetaciones SIEMPRE...![]()