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- 21 Mar 2010
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CNP" data-source="post: 555647" class="bbCodeBlock bbCodeBlock--expandable bbCodeBlock--quote js-expandWatch">Compañero, ¿cuál será la nota de corte en el teórico? Varios estamos en un 4.7, 4.8, 4.9,...La del sexting rectificaran la respuesta al igual que la de senadores segurísimo, y la de los 500km NO la van a impugnar la dejarán como está me han dicho que está bien redactada e incluso la respuesta.
Han puesto el reconocimiento médico de 3 prueba ya que van a llamar a más opositores y harán otra criba importante.

El año pasado no dieron la razón a NI UNA SOLA IMPUGNACIÓN.

Llevas toda la razón en esa pregunta.A la atención de la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policia:
Yo con DNI y numero de opositor propongo la impugnación de la siguiente pregunta respecto al Examen realizado el día 6 de Febrero para la Escala Básica perteneciente al Cuerpo Nacional de Policía de España:
23. El nacional perteneciente a un Estado del Espacio Económico Europeo:
a) Podrá acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles y los ciudadanos de la Unión Europea a los empleos públicos.
b) Puede ser contratado como personal laboral al servicio de la Administración, sin restricciones. X
c) Precisa de residencia legal en España para optar a un empleo público.
En el articulo 57 del EBEP dice:
Artículo 57 Acceso al empleo público de nacionales de otros Estados
1. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.
A tal efecto, los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas determinarán las agrupaciones de funcionarios contempladas en el artículo 76 a las que no puedan acceder los nacionales de otros Estados.
2. Las previsiones del apartado anterior serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
3. El acceso al empleo público como personal funcionario, se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 de este artículo.
4. Los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.
5. Sólo por ley de las Cortes Generales o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas podrá eximirse del requisito de la nacionalidad por razones de interés general para el acceso a la condición de personal funcionario.
Y teniendo en cuenta el apartado 3 se extendería el acceso al empleo público en los términos establecidos en el apartado 1 a las personas de los países del Espacio Económico Europeo en los cuales hay libre circulación de trabajadores, el cual sería, como personal funcionario que correspondería a la respuesta A.
Mi carta de impugnación.
Reciban un cordial saludo.
Ni idea.Compañero, ¿cuál será la nota de corte en el teórico? Varios estamos en un 4.7, 4.8, 4.9,...
Gracias de antemano!

El año pasado no dieron la razón a NI UNA SOLA IMPUGNACIÓN.
Tened muy bien fundamentado lo que reclaméis.
Senadores se elegirán 3 por provincia peninsular en Elecciones Generales si o si...otra Cosa es lo que interprete cada uno y que por la redacción confunda a marcar 4, porque en total son 4 según Constitución y Ley electoral, pero no olvidéis el matiz...DESPUÉS DE LAS ELECCIONES Serán 4, pero dice claramente en ELECCIONES GENERALES...
Sexting la clave es GRAVEMENTE, la opción A dice que es delito, pero en ningún momento en la redacción de la pregunta aparece que menoscabe gravemente...y la C es totalmente correcta
Mi consejo es que hagáis las cuentas con esas preguntas corregidas según DGP


También ponía "Fuerzas y Cuerpos de Seguridad", me uno a la impugnaciónBueno pues orto impugnada no?? por la portada C.N.P
PD: a ver la plantilla que nos aclaremos un poco... SUERTE!!![]()

El año pasado Sí impugnaron preguntas por estar mal redactadas y otra porque se equivocaron en la corrección, de hecho salieron en las notas definitivas.El año pasado no dieron la razón a NI UNA SOLA IMPUGNACIÓN.
Tened muy bien fundamentado lo que reclaméis.
Senadores se elegirán 3 por provincia peninsular en Elecciones Generales si o si...otra Cosa es lo que interprete cada uno y que por la redacción confunda a marcar 4, porque en total son 4 según Constitución y Ley electoral, pero no olvidéis el matiz...DESPUÉS DE LAS ELECCIONES Serán 4, pero dice claramente en ELECCIONES GENERALES...
Sexting la clave es GRAVEMENTE, la opción A dice que es delito, pero en ningún momento en la redacción de la pregunta aparece que menoscabe gravemente...y la C es totalmente correcta
Mi consejo es que hagáis las cuentas con esas preguntas corregidas según DGP


Joder, aquí el que no se consuela es porque no quiere... ¿Y en las "provincias insulares" cuántos se eligen? ¿Te cambian la papeleta para que votes a menos senadores?La de los tres senadores es correcta, iba con trampa, no te están diciendo según la Constitución cuántos senadores corresponden por provincia, te están diciendo cuántos son ELEGIBLES, vosotros en las elecciones generales, cuántos votasteis? Sí, tres, el cuarto lo elige el Parlamento.


A la atención de la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policia:
Yo con DNI y numero de opositor propongo la impugnación de la siguiente pregunta respecto al Examen realizado el día 6 de Febrero para la Escala Básica perteneciente al Cuerpo Nacional de Policía de España:
23. El nacional perteneciente a un Estado del Espacio Económico Europeo:
a) Podrá acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles y los ciudadanos de la Unión Europea a los empleos públicos.
b) Puede ser contratado como personal laboral al servicio de la Administración, sin restricciones. X
c) Precisa de residencia legal en España para optar a un empleo público.
En el articulo 57 del EBEP dice:
Artículo 57 Acceso al empleo público de nacionales de otros Estados
1. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.
A tal efecto, los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas determinarán las agrupaciones de funcionarios contempladas en el artículo 76 a las que no puedan acceder los nacionales de otros Estados.
2. Las previsiones del apartado anterior serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
3. El acceso al empleo público como personal funcionario, se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 de este artículo.
4. Los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.
5. Sólo por ley de las Cortes Generales o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas podrá eximirse del requisito de la nacionalidad por razones de interés general para el acceso a la condición de personal funcionario.
Y teniendo en cuenta el apartado 3 se extendería el acceso al empleo público en los términos establecidos en el apartado 1 a las personas de los países del Espacio Económico Europeo en los cuales hay libre circulación de trabajadores, el cual sería, como personal funcionario que correspondería a la respuesta A.
Mi carta de impugnación.
Reciban un cordial saludo.


Pero no ves que hay una excepción??? La salvaguarda....A la atención de la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policia:
Yo con DNI y numero de opositor propongo la impugnación de la siguiente pregunta respecto al Examen realizado el día 6 de Febrero para la Escala Básica perteneciente al Cuerpo Nacional de Policía de España:
23. El nacional perteneciente a un Estado del Espacio Económico Europeo:
a) Podrá acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles y los ciudadanos de la Unión Europea a los empleos públicos.
b) Puede ser contratado como personal laboral al servicio de la Administración, sin restricciones. X
c) Precisa de residencia legal en España para optar a un empleo público.
En el articulo 57 del EBEP dice:
Artículo 57 Acceso al empleo público de nacionales de otros Estados
1. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.
A tal efecto, los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas determinarán las agrupaciones de funcionarios contempladas en el artículo 76 a las que no puedan acceder los nacionales de otros Estados.
2. Las previsiones del apartado anterior serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
3. El acceso al empleo público como personal funcionario, se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 de este artículo.
4. Los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.
5. Sólo por ley de las Cortes Generales o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas podrá eximirse del requisito de la nacionalidad por razones de interés general para el acceso a la condición de personal funcionario.
Y teniendo en cuenta el apartado 3 se extendería el acceso al empleo público en los términos establecidos en el apartado 1 a las personas de los países del Espacio Económico Europeo en los cuales hay libre circulación de trabajadores, el cual sería, como personal funcionario que correspondería a la respuesta A.
Mi carta de impugnación.
Reciban un cordial saludo.


Porque tú lo digas, se anularon 3 y en otra se cambió la alternativa correcta.El año pasado no dieron la razón a NI UNA SOLA IMPUGNACIÓN.
