A ver, respecto al delito de sexting, el jueves nos lo explicaron en la academia por aquello de ser nuevo.
El delito de sexting consiste en tomar imagenes o videos CON CONSENTIMIENTO de la TERCERA persona y difundirlas SIN SU CONSENTIMIENTO.
Respecto a que dañe gravemente su intimidad, en la pregunta del
examen no ponia eso literalmente, pero lo inidicaba de otra menera, pues son imagenes de contenido SEXUAL, lo que ya daña gravemente la intimidad.
Para muestra, un boton: No daña gravemente la intimidad mandar fotos de tu novia en las que ella se vea fea, pero si la daña que ella este desnuda y no consienta difundirlas.
Por lo tanto, aunque yo ni pinche ni corte en el
examen, es correcta la respuesta A, pues es un delito de sexting difundir imagenes de terceros, de contenido sexual, sin consentimiento de estos.
De igual forma, el delito es a instancia de parte. Pero puestos a elegir respuesta correcta, la A indicaba EXACTAMENTE el delito del que hablaba el enunciado.
Yo la impugnaría.
Espero haberme explicado bien.