Ok, muchísimas gracias de nuevo.No, solo la instancia. Les dejé el DNI por si acaso, pero no te puedo asegurar si les hizo falta (creo que no).
Ok, muchísimas gracias de nuevo.No, solo la instancia. Les dejé el DNI por si acaso, pero no te puedo asegurar si les hizo falta (creo que no).

Nada [emoji6]Ok, muchísimas gracias de nuevo.


Hola, me examino del práctico del carnet B el jueves de la semana que viene, si aprobara estaría a tiempo de echar la instancia, ahora bien si suspendiera y, si no me equivoco por lo que he podido leer por el foro, no me diera tiempo de aprobar dicho examen quedaría fuera del plazo para poder echar la instancia. Hasta ahí todo bien, pero leyendo el BOE me encuentro con el siguiente párrafo:
"Subsanación de defectos o reclamaciones. Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» o, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión o para efectuar las reclamaciones que estimen oportunas."
Si entrego la instancia sin el carnet incumpliría dicho requisito por lo que quedaría fuera, mi duda tras leer el anterior párrafo es que tras la publicación de esa Resolución yo estaría excluida, pero ¿si en ese tiempo yo tuviera ya el carnet podría "subsanar el defecto que haya motivado la exclusión" o se refiere única y exclusivamente a otros motivos? Espero haberme
La instancia la puedes echar lo que ocurre es que debes de tener los carnets antes de no sé que fecha (creo que fin de año,no obstante,en la convocatoria lo pondrá) pero por echar la instancia puedes e incluso hacer todas las pruebas y aprobar la oposición lo que ocurre que si no cumples el requisito pues pa casa.

Pues lo mejor es que llames a la DFP y les preguntes, mejor que ellos para contestarte, nadie.Hola, me examino del práctico del carnet B el jueves de la semana que viene, si aprobara estaría a tiempo de echar la instancia, ahora bien si suspendiera y, si no me equivoco por lo que he podido leer por el foro, no me diera tiempo de aprobar dicho examen quedaría fuera del plazo para poder echar la instancia. Hasta ahí todo bien, pero leyendo el BOE me encuentro con el siguiente párrafo:
"Subsanación de defectos o reclamaciones. Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» o, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión o para efectuar las reclamaciones que estimen oportunas."
Si entrego la instancia sin el carnet incumpliría dicho requisito por lo que quedaría fuera, mi duda tras leer el anterior párrafo es que tras la publicación de esa Resolución yo estaría excluida, pero ¿si en ese tiempo yo tuviera ya el carnet podría "subsanar el defecto que haya motivado la exclusión" o se refiere única y exclusivamente a otros motivos? Espero haberme explicado bien![]()

No iba a ir hasta la semana que viene pero entro un poco más tarde a trabajar y he aprovechado para dejar listo el tema de la instancia. Cual es mi sorpresa cuando me acaba de pasar lo mismo. Me han dicho que firmase esa hoja en el banco! En un hueco que había en blanco. Así que nada, todo firmado...Desde luego, yo nunca la he firmado hasta ahora. Y tampoco tenía pensado hacerlo esta vez, pero como he dicho, me hicieron firmarla 'in situ'.
Supongo que dependerá de quién te atienda en el banco.

Perdonar la pregunta, pero ¿Cual es la famosa hoja en blanco? (Yo imprimí la instancia y solo fueron 3 hojas)![]()

Hola. ¿Alguien me puede explicar cual es exactamente la ventaja de opositar por la via militar?Porque por muchas vueltas que le doy a la convocatoria no le veo absolutamente ninguna ventaja y si varias desventajas. Gracias

Pues mira... vamos a suponer que queda una plaza y que para ocuparla, hay 60 personas, de las que tu eres una de ellas. Tú eres el único militar. Todas esas personas y tú habéis pasado la entrevista con 80 puntos y tienen que decidir quién se lleva el premio gordo. Y ahí lo tienes colega, tu eres el afortunado. Da igual que otros hayan sacado más nota que tú en el teórico o las físicas. Entras tú porque tienes plaza reservada. Si piensas que eso no es una ventaja, apaga y vámonos. Tienes que pensar que tu compites con tus compañeros militares, pero obviamente si no superáis los cortes establecidos, como cualquier otro opositor, no tenéis nada que hacer. Una vez superada la entrevista, los que sean militares en igualdad de condiciones con otros opositores, tienen prioridad.Hola. ¿Alguien me puede explicar cual es exactamente la ventaja de opositar por la via militar?Porque por muchas vueltas que le doy a la convocatoria no le veo absolutamente ninguna ventaja y si varias desventajas. Gracias


No pasa nada, a mí ya me pasó el año pasado (soy bastante despistado jaja).Una duda, hace un tiempo me empadrone en mi dirección ya que me compre un piso, y ahora me acabo de dar cuenta después de echar la instancia, que he puesto en domicilio, la dirección de mis padres. ¿Tendre algun problema? Muchas gracias!

También tienes tu próxima renovación del DNI gratis.Una duda, hace un tiempo me empadrone en mi dirección ya que me compre un piso, y ahora me acabo de dar cuenta después de echar la instancia, que he puesto en domicilio, la dirección de mis padres. ¿Tendre algun problema? Muchas gracias!

