• Acreditación Policías Alumnos

    Los usuarios que han resultado APTO ya pueden solicitar el alta como Policías Alumnos dentro del foro.

    No se empezarán a dar las altas hasta que el BOE no esté publicado, teniendo preferencia las Altas rápidas sobre el resto.

    SOLICITAR ACCESO COMO POLICÍA ALUMNO

Preguntas LOFAGE y TRLEBEP (temas 5 y 6)

{xen:phrase moderator}
Unido
6 Mar 2015
Mensajes
395
Felicitaciones
669
Puntos
4
Hola a todos, expongo mi duda:

Si tras una “suspensión provisional de funciones” de 5 meses, se le impone a un funcionario una suspensión firme de otros 5 meses más, ¿perderá este funcionario su puesto de trabajo?:

A) Sí, porque el cómputo total de la suspensión de funciones es superior a 6 meses

B) No, por ser inferior a 6 meses la suspensión firme añadida a la suspensión provisional

C) Sí, porque la imposición de una suspensión firme siempre conlleva la pérdida del puesto

Da A. Tenía entendido que la suspensión provisional de funciones se "descontaría" en todo caso si luego recae una suspensión de funciones firme, es decir que será de abono para el cumplimiento de la suspensión firme. En ese caso, no superaría los 6 meses, no sería correcta B?
 
{xen:phrase moderator}

gonzalo_ct

XXXI
Unido
13 Abr 2011
Mensajes
492
Felicitaciones
180
Puntos
3
49. En el nombramiento de funcionarios, ¿se puede superar el número de plazas anunciadas y dotadas presupuestariamente?

a) No.
b) Sí.
c) Sólo si durante los procesos selectivos se produjera un número considerable de bajas funcionariales.

Me da la A, pero yo tenía entendido que si la convocatoria lo prevé se podrá proponer el acceso a la condición de funcionarios de un número superior de funcionarios al de plazas convocadas. Y me he puesto a buscar la A, pero me sale en un RD que está derogado.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
12 Nov 2011
Mensajes
1.600
Felicitaciones
469
Puntos
3
49. En el nombramiento de funcionarios, ¿se puede superar el número de plazas anunciadas y dotadas presupuestariamente?

a) No.
b) Sí.
c) Sólo si durante los procesos selectivos se produjera un número considerable de bajas funcionariales.

Me da la A, pero yo tenía entendido que si la convocatoria lo prevé se podrá proponer el acceso a la condición de funcionarios de un número superior de funcionarios al de plazas convocadas. Y me he puesto a buscar la A, pero me sale en un RD que está derogado.
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1995-8729
artículo 25
 
{xen:phrase moderator}
Unido
6 Mar 2015
Mensajes
395
Felicitaciones
669
Puntos
4
Hola Gonzalo, es cierto lo que dices, pero con un matiz. La respuesta me parece que sigue siendo A. Te explico: en cuanto a "nombramientos" no puede superarse, creo que te refieres a "número de aprobados por encima de las plazas convocadas", que en ese caso sí, más que nada para asegurar la cobertura de las mismas y poder cubrirlas todas, en caso de renuncias de los aspirantes, pero siempre antes del nombramiento o toma de posesión. Por tanto, creo que es A.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
6 Mar 2015
Mensajes
395
Felicitaciones
669
Puntos
4
Cabote podrías ayudarme con esta?

Si tras una “suspensión provisional de funciones” de 5 meses, se le impone a un funcionario una suspensión firme de otros 5 meses más, ¿perderá este funcionario su puesto de trabajo?:

A) Sí, porque el cómputo total de la suspensión de funciones es superior a 6 meses

B) No, por ser inferior a 6 meses la suspensión firme añadida a la suspensión provisional

C) Sí, porque la imposición de una suspensión firme siempre conlleva la pérdida del puesto

Da A. Tenía entendido que la suspensión provisional de funciones se "descontaría" en todo caso si luego recae una suspensión de funciones firme, es decir que será de abono para el cumplimiento de la suspensión firme. En ese caso, no superaría los 6 meses, no sería correcta B?
 
{xen:phrase moderator}
Unido
6 Mar 2015
Mensajes
395
Felicitaciones
669
Puntos
4
Pero precisamente por eso, porque cuenta el tiempo de suspensión provisional (5meses) y la sentencia firme es de 5 meses...al descontar la provisional en la firme seguiría sin superar los 6 meses, entonces el puesto de trabajo no se perdería a mi entender..no sé si me explico. :(
 
{xen:phrase moderator}
Unido
28 Oct 2014
Mensajes
2.316
Felicitaciones
2.351
Puntos
4
4. Cuando la suspensión provisional se eleve a definitiva, el funcionario deberá devolver lo percibido durante el tiempo de duración de aquélla. Si la suspensión provisional no llegara a convertirse en sanción definitiva, la Administración deberá restituir al funcionario la diferencia entre los haberes realmente percibidos y los que hubiera debido percibir si se hubiera encontrado con plenitud de derechos.

El tiempo de permanencia en suspensión provisional será de abono para el cumplimiento de la suspensión firme.

Cuando la suspensión no sea declarada firme, el tiempo de duración de la misma se computará como de servicio activo, debiendo acordarse la inmediata reincorporación del funcionario a su puesto de trabajo, con reconocimiento de todos los derechos económicos y demás que procedan desde la fecha de suspensión.

Segundo párrafo.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
6 Mar 2015
Mensajes
395
Felicitaciones
669
Puntos
4
ostras! eso es! lo de "5 más" no había caído en el detalle, leí mal la pregunta. Ya está!Gracias
 
{xen:phrase moderator}
Unido
23 Mar 2012
Mensajes
214
Felicitaciones
72
Puntos
1
Cabote podrías ayudarme con esta?

Si tras una “suspensión provisional de funciones” de 5 meses, se le impone a un funcionario una suspensión firme de otros 5 meses más, ¿perderá este funcionario su puesto de trabajo?:

A) Sí, porque el cómputo total de la suspensión de funciones es superior a 6 meses

B) No, por ser inferior a 6 meses la suspensión firme añadida a la suspensión provisional

C) Sí, porque la imposición de una suspensión firme siempre conlleva la pérdida del puesto

Da A. Tenía entendido que la suspensión provisional de funciones se "descontaría" en todo caso si luego recae una suspensión de funciones firme, es decir que será de abono para el cumplimiento de la suspensión firme. En ese caso, no superaría los 6 meses, no sería correcta B?

Yo no lo tengo muy claro. Entiendo que son dos suspensiones distintas por lo que en ningún caso superan los seis meses.

Además en la suspensión provisional no se pierde el puesto.

Es decir, si estoy en provisional, no sé si finalmente va a ser firme o se va a quedar en nada, y luego me imponen firme pero al ser de menos de 6 meses no se perdería el puesto.

Así lo entiendo yo, no sé si será lo correcto.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
15 Jul 2014
Mensajes
1.095
Felicitaciones
1.454
Puntos
7
Yo no lo tengo muy claro. Entiendo que son dos suspensiones distintas por lo que en ningún caso superan los seis meses.

Además en la suspensión provisional no se pierde el puesto.

Es decir, si estoy en provisional, no sé si finalmente va a ser firme o se va a quedar en nada, y luego me imponen firme pero al ser de menos de 6 meses no se perdería el puesto.

Así lo entiendo yo, no sé si será lo correcto.
Lo que dices está bien, pero desde mi punto de vista cabote lleva razón porque en el enunciado pone que se impondrán "otros" 5 meses, por lo que entiendo que la pena impuesta sería de 10 meses de suspensión firme, pero al haber cumplido ya 5 meses (los que estuvo en suspensión provisional) solo tiene que cumplir los 5 restantes.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
2 Feb 2009
Mensajes
1.379
Felicitaciones
1.013
Puntos
3
Yo no lo tengo muy claro. Entiendo que son dos suspensiones distintas por lo que en ningún caso superan los seis meses.

Además en la suspensión provisional no se pierde el puesto.

Es decir, si estoy en provisional, no sé si finalmente va a ser firme o se va a quedar en nada, y luego me imponen firme pero al ser de menos de 6 meses no se perdería el puesto.

Así lo entiendo yo, no sé si será lo correcto.

Yo creo que no son dos sanciones distintas, sino que primero lo sancionan provisionalmente a espera de 'juicio' 5 meses. Una vez dictada la sentencia firme le caen 10 meses, de los cuales 5 ya los ha cumplido con la provisional y por lo tanto le quedarían solo 5 meses de suspensión. No sé si me he explicado bien y sobretodo si está bien explicado, pero yo lo entiendo así.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
16 Jul 2014
Mensajes
770
Felicitaciones
808
Puntos
4
¿Alguien podría explicar de forma algo más evidente (no la teoría de la ley) la diferencia entre "desconcentración" y "descentralización"? Si alguien sabe poner algún ejemplo de cada caso... ¡¡No me entra!!
 
{xen:phrase moderator}
Unido
3 Ene 2012
Mensajes
150
Felicitaciones
144
Puntos
3
¿Alguien podría explicar de forma algo más evidente (no la teoría de la ley) la diferencia entre "desconcentración" y "descentralización"? Si alguien sabe poner algún ejemplo de cada caso... ¡¡No me entra!!

A ver si soy capaz jejeje, mira, en una desconcentración le das "competencias" a una entidad que, aunque puede tomar decisiones, depende de ti, por ejemplo: un ayuntamiento de una ciudad le da competencias al ayuntamiento de una pedanía suya, un ministro con el secretario de estado. Mientras que en la descentralización es dárselo a otro que es totalmente independiente de ti, por ejemplo: el estado al darle competencias a una comunidad autónoma.

Saludos.


P.D. Si estoy equivocado, por favor, que alguien me corrija, jejeje.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
9 Feb 2015
Mensajes
53
Felicitaciones
53
Puntos
1
Yo lo tengo así:
- La descentralización consiste en la traslación de competencias de una administración territorialmente superior a otra diferente con territorio más limitado, como por ejemplo de la Administración del Estado a una Administración Autonómica.
- La desconcentración supone la transferencia de competencias con carácter permanente (generalmente dentro de un órgano superior a uno inferior) dentro de la misma administración. Dicha desconcentración se adopta por una norma jurídica y en consecuencia, es permanente. Se diferencia de una simple delegación de competencias entre órganos de una misma administración, en que el titular de la competencia puede revocarla en cualquier momento.
Saludos.
 
Yo lo tengo así:
- La descentralización consiste en la traslación de competencias de una administración territorialmente superior a otra diferente con territorio más limitado, como por ejemplo de la Administración del Estado a una Administración Autonómica.
- La desconcentración supone la transferencia de competencias con carácter permanente (generalmente dentro de un órgano superior a uno inferior) dentro de la misma administración. Dicha desconcentración se adopta por una norma jurídica y en consecuencia, es permanente. Se diferencia de una simple delegación de competencias entre órganos de una misma administración, en que el titular de la competencia puede revocarla en cualquier momento.
Saludos.
Menos mal que había dicho que se le explicara de una forma sencilla...
 
{xen:phrase moderator}
Unido
9 Feb 2015
Mensajes
53
Felicitaciones
53
Puntos
1
Hombre le he puesto a la compañera lo que tenía en mis apuntes con el ánimo de ayudar, yo creo que se entiende y le he puesto un ejemplo en el primero. Del segundo caso, he puesto la definición que tenía sin ejemplo lo siento, se me fue. Por ejemplo, el Ministro de Interior desconcentra(transfiere o da de forma permanente) una competencia al Secretario de Estado de Seguridad.
 
Superior